Una nueva norma jurídica publicada recientemente protegerá al creativo de la comunicación social, informaron autoridades oficiales cubanas.
Según la más reciente publicación de la Gaceta Oficial de la República de Cuba Ordinaria en su número 15 entra en vigor la Resolución No. 27 del 2 de febrero de 2024, del Ministro de Finanzas y Precios.
En esta gaceta se hace referencia a las formas de tributación del Régimen Especial de la Seguridad Social para Creativos en la Esfera de la Comunicación Social.
Esta aprobación resulta muy importante para esos profesionales que ven reconocida su actividad formalmente a partir de la publicación.
Otro aspecto relevante es la incorporación de los mismos a la Contribución Especial a la Seguridad Social como sistema de pago, un hecho que como al resto de trabajadores en el país los protege ante los “riesgos que trascurren en su vida laboral y ante los casos de muerte y jubilación”, indica la gaceta.
De esta forma se dispone que los creativos de la comunicación social puedan abonar de forma voluntaria y con efecto retroactivo de 10 años esta contribución especial, siempre que demuestren que durante el plazo han ejercido la actividad.
Esta prueba debe ser aportada con una certificación emitida por la Asociación Cubana de Comunicadores Sociales que los representa.
Así mismo los afiliados tendrán la posibilidad de modificar la base de contribución que seleccionen dentro del último trimestre del año natural.
A partir de entonces comenzarán a contribuir por la nueva base, en el mes de enero del siguiente año.
El Decreto Ley 57 “De la Condición Laboral y el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Creativos en la Esfera de la Comunicación Social”, establece en su Artículo 4.1, la protección del creativo ante la vejez, la invalidez total, temporal o permanente.
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