Es noticia de última hora que Cuba aprobó la importación de algunos artículos que históricamente ha sido prohibida su entrada al país.
El Centro Nacional de Sanidad Animal (Cenasa) anunció recientemente que viajeros y personas naturales pueden importar a Cuba más alimentos de origen animal y con mayor flexibilidad.
Si te interesa conocer cuáles son los alimentos que podrán ser importados, de que países y más detalles sobre el tema, síguenos hasta el final, pues estaremos compartiendo toda la información que necesitas saber.
Indice
¿Qué alimentos se podrá importar a Cuba?
A partir de la decisión del Ministerio de la Agricultura, se otorgaron las siguientes facilidades:
Pueden importarse conservas cárnicas (enlatadas) de porcinos, bovinos y aves, debidamente identificadas y de marcas comerciales reconocidas.
Deben proceder de países en que los acuerdos bilaterales establecidos entre servicios veterinarios oficiales y cuya situación zoosanitaria actual les permita ser elegibles para Cuba. Sobre este tema estaremos explicando en detalle más adelante.
Los embutidos están autorizados de manera temporal, siempre de países en con acuerdos bilaterales establecidos entre servicios veterinarios oficiales y cuya situación zoosanitaria actual les permita ser elegibles para Cuba.
Conservas de productos marinos, procedentes de cualquier área geográfica.
Leche fluida UHT, evaporada, condensada, y postres lácteos producidos en cualquier área geográfica.
Leche en polvo procedentes de cualquier área geográfica.
Quesos maduros pasteurizados que provengan de cualquier área geográfica, o producidos a partir de leches ultrapasteurizadas.
Debe tenerse en cuenta que estas facilidades y la lista de países elegibles están sujetos a modificaciones teniendo en cuenta en la situación zoosanitaria de los países donde se origina el producto (el país que aparece en la etiqueta).
Estos productos deben arribar al país envasados adecuadamente y provenir de marcas reconocidas. Deben estar etiquetados correctamente y sin roturas en su embalaje.
Aquellos productos que no cumplan esos requisitos y puedan constituir un riesgo etiológico serán decomisados e incinerados por las autoridades aduaneras.
¿Qué alimentos no pueden ser importados a Cuba?
De igual modo, existen un número importante de prohibiciones absolutas a la importación y estas son:
- Carnes frescas, congeladas, deshidratadas o saladas, con o sin huesos; igualmente, vísceras comestibles; productos cárnicos semielaborados como hamburguesas, picadillos, albóndigas, conformados como palitos de carne, nuggets y otros productos empanados.
- Tampoco pueden importarse chorizos crudos, salamis, pastas untables, jamón crudo, salchichones y tocinetas crudos, fermentados, sobreasada, peperoni, cervelat, productos similares crudos fermentados y productos semicocidos.
- Productos o indistintamente subproductos que sean de origen animal con huesos.
- Leche fluida y otros derivados lácteos que no estén pasteurizados.
Al igual que para las facilidades de importación, estas prohibiciones dependen de la situación zoosanitaria del país de origen y los acuerdos internacionales firmados por Cuba.
¿Cuáles son los países elegibles para la importación de alimentos a Cuba?
Las regulaciones de Cenasa tienen como base impedir la introducción de agentes biológicos que puedan resultar perjudiciales a la fauna, la flora o la población cubanas.
Las normativas están estrechamente vinculadas con las zonas geográficas de dónde proceden los alimentos importados.
Siendo así, resultan elegibles para Cuba países como :
- Estados Unidos
- Uruguay
- España
- Nicaragua
- Brasil
- Portugal
- Italia
- Argentina
- Chile
- Canadá
- México
- Panamá
- Costa Rica
En tal sentido, el país tiene como legislaciones base el Decreto Ley 137 de 1993, De la Medicina Veterinaria, y la Resolución 537 de 2020 del Ministro de la Agricultura, Reglamento del Decreto Ley 137 De la Medicina Veterinaria, publicadas en su versión más reciente el 19 de enero de 2021 en la Gaceta Oficial de la República.
Las importaciones de tipo donativo y para personas naturales es diferente a las de carácter comercial, pues estas últimas responden a requisitos y procedimientos sanitarios de mayor rigor.
El Ministerio de Agricultura señala además que, en caso de existir dudas, sea necesario consultar u obtener información, pueden contactarse estas personas:
- Dr. Juan Carlos Alvarez Balmaseda
Especialista principal Cuarentena y Control del Comercio Internacional
[email protected] Tlf: +5378337330, +5352098021
- Dr. José Antonio Hernández Rabelo
Jefe Dpto. Cuarentena e Inocuidad de los Alimentos
[email protected] Tlf: +5378337229, +5352114947
- Centro Nacional De Sanidad Animal
Dirección: Centro Nacional de Sanidad Animal. Calle 12 No. 355 e/ 15 y 17. Vedado. Plaza de la Revolución. La Habana.
TELF: 78306615 – 52792788| [email protected] / [email protected]
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