Cuba Permitirá Importar Mercancías con Carácter Comercial por Pasajeros y Envíos: Qué Cambia con el Nuevo Decreto

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Las nuevas reglas abren una vía para que personas naturales introduzcan determinadas mercancías con fines comerciales mediante equipajes y envíos, aunque los límites y requisitos dependerán de la normativa correspondiente.

Cuba aprobó nuevas reglas que permitirán a personas naturales importar determinadas mercancías con carácter comercial mediante el equipaje de pasajeros y los envíos.

La medida supone un cambio importante en las normas de importación, porque abre una nueva posibilidad para introducir mercancías en el país con fines comerciales sin que esa operación sea considerada, en sí misma, una actividad de comercio exterior.

El nuevo marco modifica las reglas relacionadas con las importaciones y contempla que estas operaciones puedan realizarse utilizando los canales aduaneros establecidos para las importaciones no comerciales. Sin embargo, esto no significa que cualquier persona pueda traer cualquier producto para venderlo en Cuba.

El alcance de la medida dependerá de las condiciones que establezca la normativa, incluidos los productos autorizados, las cantidades, los valores, los aranceles y los procedimientos que deberán cumplir los pasajeros y quienes realicen envíos.

Por tanto, el principal cambio es que las personas naturales tendrán una nueva vía para importar determinadas mercancías con carácter comercial a través de equipajes y envíos, aunque todavía deben conocerse varios detalles para saber cómo funcionará en la práctica.

La disposición forma parte de un grupo de nuevas medidas económicas aprobadas por el Consejo de Estado en agosto de 2026, dentro del proceso de transformaciones que también incluye modificaciones para las mipymes, las cooperativas no agropecuarias y los trabajadores por cuenta propia.

¿Qué aprobó Cuba sobre las importaciones con carácter comercial?

El nuevo decreto introduce cambios en las reglas de importación y permite que determinadas mercancías puedan ingresar a Cuba con carácter comercial mediante equipaje de pasajeros y envíos.

La principal novedad es que esta posibilidad se extiende a las personas naturales, bajo las condiciones y procedimientos que establezca la normativa correspondiente.

Hasta ahora, las importaciones destinadas a actividades comerciales estaban sujetas a un marco más limitado y vinculadas principalmente con los actores económicos autorizados para realizar operaciones de comercio exterior.

Con el nuevo esquema, una persona natural podrá realizar determinadas operaciones de importación comercial utilizando dos vías:

  • Equipaje de pasajeros: mercancías transportadas por una persona que viaja hacia Cuba.
  • Envíos: mercancías remitidas al país mediante los operadores y mecanismos autorizados.

Esto no significa que desaparezcan los controles aduaneros ni que todas las mercancías puedan entrar libremente al país. Las operaciones continuarán sujetas a las disposiciones establecidas por las autoridades cubanas.

También será necesario conocer las normas complementarias para determinar aspectos esenciales como qué productos podrán importarse, cuáles serán las cantidades permitidas, cómo se determinará su valor y qué aranceles deberán pagarse.

Por tanto, el cambio principal puede resumirse así: Cuba crea un marco para permitir determinadas importaciones con carácter comercial realizadas por personas naturales a través de pasajeros y envíos, pero su aplicación concreta dependerá de las reglas que regulen este nuevo procedimiento.

¿Qué cambia para los pasajeros que viajan a Cuba?

Uno de los cambios más importantes está relacionado con las personas que viajan a Cuba y transportan mercancías en su equipaje.

La nueva normativa contempla la posibilidad de que determinados productos puedan ingresar al país con carácter comercial, lo que establece una diferencia importante respecto al equipaje destinado exclusivamente al uso personal o familiar.

Hasta ahora, cuando un pasajero llegaba a Cuba con mercancías, la Aduana debía determinar si estas correspondían a efectos personales, a productos de uso doméstico o a artículos que, por sus características, cantidades o finalidad, podían considerarse una importación con otros fines.

Con el nuevo marco, se abre la posibilidad de utilizar el equipaje de pasajeros como una vía para realizar determinadas importaciones comerciales.

Esto puede resultar especialmente relevante para las personas que viajan al extranjero y compran productos destinados posteriormente a su comercialización en Cuba.

Sin embargo, la nueva medida no significa que el pasajero pueda introducir cualquier cantidad de mercancías sin restricciones. La operación seguirá sometida al control aduanero y deberá cumplir las condiciones que establezcan las disposiciones correspondientes.

Entre los aspectos que deberán quedar definidos se encuentran:

  • Qué mercancías podrán importarse con carácter comercial.
  • Qué cantidades o límites se establecerán.
  • Cómo se determinará el valor de los productos.
  • Qué aranceles deberán pagarse.
  • Qué documentos deberán presentar los pasajeros.
  • Qué mercancías estarán prohibidas o sujetas a condiciones especiales.
  • Cómo se diferenciará una importación comercial de una importación para uso personal.

Por ello, quienes viajen próximamente a Cuba no deberían asumir que las nuevas reglas ya permiten introducir mercancías comerciales bajo cualquier condición. Hasta que se conozcan todos los detalles del procedimiento, continuarán siendo fundamentales las disposiciones aduaneras vigentes y los requisitos que establezca la nueva normativa.

En términos prácticos, el cambio abre una nueva posibilidad para los pasajeros, pero los límites y condiciones serán los que determinen realmente hasta dónde podrán utilizarse estas importaciones con fines comerciales.

¿También se podrán enviar mercancías con carácter comercial a Cuba?

Sí. El nuevo marco también contempla la posibilidad de realizar importaciones con carácter comercial mediante envíos, lo que amplía las opciones para introducir determinadas mercancías en Cuba sin necesidad de que el interesado viaje personalmente con los productos.

Esta modalidad puede resultar especialmente importante para personas que se encuentran en el exterior y desean enviar mercancías a Cuba para su posterior comercialización, siempre que los productos y la operación cumplan las condiciones establecidas por las autoridades.

La diferencia principal es que, en este caso, las mercancías no ingresan al país como parte del equipaje de un pasajero, sino a través de los mecanismos establecidos para los envíos internacionales.

El proceso continuará sujeto al control de la Aduana y a los procedimientos establecidos para este tipo de operaciones. Por tanto, el hecho de que una mercancía sea enviada desde otro país no significa que quede exenta de revisión, declaración o pago de los derechos correspondientes.

También será necesario conocer las disposiciones que determinen:

  • Qué productos podrán enviarse con carácter comercial.
  • Qué cantidades estarán permitidas.
  • Si existirán límites de peso o valor.
  • Qué aranceles deberán pagarse.
  • Qué documentación deberá acompañar los envíos.
  • Qué operadores estarán autorizados para gestionar estas operaciones.
  • Qué mercancías quedarán excluidas o tendrán restricciones.

Para quienes reciben productos desde el extranjero, este cambio puede ser especialmente relevante porque abre una segunda vía para las importaciones comerciales, independiente del traslado de mercancías mediante equipaje acompañado.

No obstante, hasta que se publiquen todos los detalles de la nueva regulación, no puede asumirse que cualquier mercancía pueda enviarse a Cuba con fines comerciales ni que todas las operaciones tendrán las mismas condiciones.

En resumen, los envíos pasan a formar parte de las vías contempladas para las importaciones con carácter comercial, pero su aplicación dependerá de los productos, límites, procedimientos y requisitos que establezca la normativa.

¿Qué mercancías se podrán importar con fines comerciales?

Una de las principales dudas tras la aprobación del nuevo decreto es qué productos podrán importarse a Cuba con carácter comercial.

La medida establece el nuevo marco para este tipo de operaciones, pero para conocer con precisión qué mercancías podrán entrar al país será necesario atender a las disposiciones que desarrollen el decreto y establezcan las condiciones específicas.

Esto es importante porque la autorización para realizar importaciones comerciales no significa que todos los productos estén automáticamente permitidos.

Las mercancías podrán estar sujetas a diferentes condiciones dependiendo de su naturaleza, cantidad, valor y finalidad. Algunas podrían estar autorizadas bajo determinados límites, mientras que otras podrían mantenerse restringidas o prohibidas.

Entre los aspectos que deberán precisarse están:

  • Tipo de mercancías autorizadas: qué productos podrán introducirse con fines comerciales.
  • Cantidad permitida: si existirá un límite por persona, operación, envío o período.
  • Valor máximo: cuánto podrá alcanzar el valor de las mercancías importadas.
  • Peso: si se establecerán límites específicos para el equipaje o los envíos.
  • Restricciones: qué productos quedarán excluidos o requerirán autorizaciones especiales.
  • Documentación: qué comprobantes deberán presentar los interesados.
  • Tributos y aranceles: cuánto deberán pagar los importadores por las mercancías.

Por ahora, uno de los puntos más importantes para los interesados es no confundir la autorización general para importar con carácter comercial con una autorización ilimitada para introducir mercancías en Cuba.

El nuevo régimen deberá aplicarse dentro de los límites establecidos por las autoridades aduaneras y económicas. Por eso, conocer la lista de productos, cantidades, valores y condiciones será fundamental antes de realizar cualquier operación.

En la práctica, el alcance real de esta flexibilización dependerá en gran medida de las normas complementarias que determinen qué se puede importar, cuánto se puede importar y bajo qué condiciones.

¿Cuánto se podrá importar y cuánto habrá que pagar?

Otro de los aspectos que más interés genera es conocer cuánto podrá importar cada persona y cuánto deberá pagar por las mercancías que entren a Cuba con carácter comercial.

La aprobación del nuevo decreto establece el marco para estas operaciones, pero los detalles sobre cantidades, valores y aranceles serán determinantes para conocer cómo funcionará el nuevo sistema en la práctica.

¿Habrá un límite de valor?

La posibilidad de importar mercancías con carácter comercial no debe interpretarse como una autorización para introducir productos sin límite de valor.

Deberá establecerse cómo se determinará el valor de las mercancías y qué límites serán aplicables a cada operación, ya sea mediante equipaje de pasajeros o a través de envíos.

Este dato será especialmente importante para quienes compren productos en el extranjero con la intención de comercializarlos posteriormente en Cuba.

¿Habrá un límite de peso o cantidad?

También deberán precisarse las cantidades y los límites de peso que podrán aplicarse.

En el caso del equipaje, será necesario conocer cómo se combinarán las nuevas reglas de importación comercial con las condiciones establecidas para el equipaje de los pasajeros.

En los envíos, por su parte, podrían establecerse condiciones específicas relacionadas con el peso, el número de unidades o el valor de las mercancías.

¿Cuánto habrá que pagar en la Aduana?

El costo final de una importación comercial dependerá de los aranceles y demás obligaciones que establezca la normativa.

Por ello, no es recomendable calcular actualmente cuánto costará importar un determinado producto basándose únicamente en las reglas anteriores.

Será necesario conocer cómo se aplicarán los nuevos procedimientos y qué tarifas corresponderán a cada tipo de mercancía.

¿Qué deben esperar los interesados?

Para quienes estén pensando en viajar a Cuba con mercancías o realizar un envío comercial, los datos más importantes serán:

  • El límite de valor permitido.
  • El peso máximo autorizado.
  • La cantidad de unidades por producto.
  • Los aranceles correspondientes.
  • Los documentos necesarios.
  • Las mercancías que estarán excluidas.
  • El procedimiento de declaración ante la Aduana.

Por tanto, la aprobación del decreto abre la puerta a las importaciones con carácter comercial, pero todavía no permite determinar cuánto podrá importar cada persona ni cuánto tendrá que pagar por ello.

Estos detalles serán esenciales para saber si la nueva medida representa una alternativa viable para pequeños comerciantes y otras personas interesadas en importar mercancías a Cuba.

Mientras se conocen las disposiciones específicas de este nuevo procedimiento, también pueden consultarse las regulaciones de la Aduana de Cuba en 2026 y las reglas actuales para enviar paquetes a Cuba en 2026. La medida se produce además dentro de un proceso más amplio de cambios económicos que incluye nuevas medidas para las mipymes en Cuba.

¿Qué significa para los cubanos en el exterior?

Para los cubanos que viven fuera de la isla, el cambio podría abrir nuevas posibilidades para enviar o transportar mercancías destinadas posteriormente a su comercialización en Cuba. Su alcance real, sin embargo, dependerá de las regulaciones que definan los productos autorizados, cantidades, valores, aranceles y documentos exigidos.

Quienes viajen a Cuba o envíen mercancías desde Estados Unidos, España u otros países no deberían interpretar la aprobación del nuevo marco como una autorización inmediata para introducir productos comerciales sin límites. Antes de organizar una operación de este tipo será necesario conocer las disposiciones específicas y comprobar cómo se diferenciarán las importaciones comerciales de las destinadas al uso personal o familiar.

Preguntas frecuentes sobre las nuevas importaciones comerciales en Cuba

¿Cuba permitirá importar mercancías con carácter comercial?

Sí. El nuevo marco aprobado contempla la posibilidad de realizar determinadas importaciones con carácter comercial mediante equipaje de pasajeros y envíos, bajo las condiciones que establezca la normativa. Esto supone un cambio respecto al régimen anterior, aunque todavía deben conocerse detalles importantes sobre productos, cantidades, valores y aranceles.

¿Quiénes podrán importar mercancías con carácter comercial a Cuba?

La medida contempla la participación de personas naturales, aunque deberán cumplirse los requisitos y procedimientos establecidos para este tipo de operaciones. La autorización no significa que cualquier persona pueda importar cualquier mercancía sin límites.

¿Se podrán traer mercancías comerciales en el equipaje?

Sí. El nuevo régimen contempla el equipaje de pasajeros como una de las vías para realizar determinadas importaciones con carácter comercial. Sin embargo, continuarán existiendo controles aduaneros y deberán respetarse los límites y condiciones que establezca la normativa.

¿Se podrán enviar mercancías comerciales a Cuba?

Sí. Los envíos también están contemplados dentro de las vías para realizar importaciones con carácter comercial. Los productos deberán cumplir los requisitos correspondientes y estarán sujetos a los procedimientos de declaración y control establecidos.

¿Qué productos se podrán importar para vender en Cuba?

Todavía será necesario conocer las disposiciones que especifiquen las mercancías autorizadas. La nueva medida no significa que todos los productos puedan importarse automáticamente con fines comerciales. Algunas mercancías podrían estar sujetas a límites, restricciones o autorizaciones especiales.

¿Cuánto se podrá importar?

Los límites de cantidad, peso y valor serán determinantes para la aplicación práctica de la nueva normativa. Estos detalles deberán quedar establecidos en las regulaciones correspondientes. Por ello, no conviene asumir que existirá una autorización ilimitada para introducir mercancías comerciales.

¿Cuánto habrá que pagar en la Aduana por las mercancías comerciales?

El importe dependerá de los aranceles y demás condiciones que establezca la normativa para estas operaciones. Hasta que se conozcan las tarifas y procedimientos definitivos, no es posible determinar cuánto costará importar cada tipo de mercancía.

¿La nueva medida elimina los controles de la Aduana?

No. Las mercancías que entren a Cuba mediante equipaje o envíos continuarán sujetas al control aduanero. La flexibilización del régimen de importaciones no supone la eliminación de las declaraciones, restricciones, controles ni demás obligaciones establecidas por las autoridades.

Nota del editor: Este artículo será actualizado cuando se conozcan las disposiciones que definan los productos, límites, aranceles y procedimientos aplicables a estas importaciones con carácter comercial. Última actualización: 21 de agosto de 2026, 11:00h (hora de Cuba).

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Redacción D-CUBA

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