Créditos Bancarios para la Compra de Bienes del Hogar y Efectos Personales en Cuba

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Desde el 15 de octubre, se aprobó en Cuba la capacidad de sus entidades bancarias para otorgar créditos bancarios para la compra de bienes del hogar y efectos personales.

En este artículo te detallaremos todo lo que debes saber sobre los Créditos Bancarios para la Compra de Bienes del Hogar y Efectos Personales en Cuba, en qué consisten, sus requisitos, entidades que los otorgarán y más.

¿En qué consisten los Créditos Bancarios para la Compra de Bienes del Hogar y Efectos Personales?

La Gaceta Oficial publicó la Resolución 276/2021, en la que estipula que mediante el contrato de crédito al consumo, los bancos cubanos concederán un crédito bajo la forma de pago aplazado por las diferentes modalidades utilizadas en la práctica bancaria. 

El importe y el plazo de la amortización del crédito es el que resulte del análisis de riesgo que realicen los bancos a partir de la capacidad de pago del solicitante, las características del bien a financiar, vida útil y las garantías que se ofrezcan.

Una vez aprobada la solicitud por el comité de crédito que corresponda, según el procedimiento establecido, el banco firmará un contrato con el solicitante del crédito, de acuerdo con la modalidad y condiciones que se pacten.

¿Qué requisitos se deben cumplir para solicitar estos créditos?

Para acceder a un crédito de este tipo, las personas deberán cumplir con los siguientes requisitos

  • Demostrar ingresos personales lícitos.
  • Poseer al menos una cuenta bancaria en un banco del sistema, donde se acreditará el importe del crédito, de ser aprobado.

¿Qué entidades bancarias otorgarán dichos créditos?

Las entidades Bancarias que están autorizadas a otorgar los créditos bancarios para la compra de bienes del hogar y efectos personales en Cuba son:

¿Qué cantidades se podrán solicitar en dicho crédito?

El crédito se otorgará en pesos cubanos con un importe mínimo a financiar de cinco mil pesos (CUP) para ejecutar en el mercado minorista que aún opera con esos billetes.

Lo que si no refiere la gaceta es en cuáles establecimientos se expenderán estos bienes ya que prácticamente dejaron de existir las tiendas en pesos cubanos para dar paso a las tiendas comercializadoras en MLC. 

De ser aprobado el crédito se pondrá a disposición del deudor mediante tarjetas magnéticas u otro instrumento de pago establecido en la legislación vigente, distinto al dinero en efectivo.

Estos créditos entrarán en vigor 20 días después de ser publicada la resolución en la Gaceta Oficial. Por lo que deberían estar activos en la primera semana de Noviembre.

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