La catástrofe incendiaria de Los Ángeles ha dejado múltiples pérdidas, víctimas mortales, dolor, viviendas destruidas, tragedia y millones de dólares en daños. Las donaciones y ayudas han sido un punto clave en la necesaria recuperación, y actualmente los desempleados pueden obtener un bono monetario.
Indice
Ayuda financiera a damnificados por los incendios
La Agencia Federal Para el Manejo de Emergencias (FEMA) puso en práctica desde el primer momento las vías de protección comunitaria frente eventos de esta índole, tanto para damnificados como para voluntarios de ayuda.
A través de organizaciones autorizadas se recibieron colaboraciones financieras y varias entidades han puesto en marcha un plan de emergencia económica para contribuir a las necesidades de reparación de viviendas, asistencia de alquileres, etc.
Por su parte, el Departamento de Desarrollo del Empleo de Estados Unidos contempla la distribución de un bono económico dirigido especialmente a aquellas personas que perdieron su trabajo y que son víctimas de tan lamentable suceso.
Asistencia de Desempleo por Desastre
Las ayudas se otorgan a través de la Asistencia de Desempleo por Desastre (DUA), que es una estrategia federal para trabajadores desempleados y trabajadores de actividades por cuenta propia, como resultado de un potencial desastre natural.
Esta iniciativa no solo es desarrollada por el Departamento del Trabajo, sino también por las Agencias Estatales de Seguridad Laboral, amparada por la ley Disaster Relief and Emergency.
Requisitos para solicitar los beneficios de la DUA
Los requerimientos para clasificar como beneficiario de la asistencia por desastre son los siguientes:
- Ser víctima de los incendios acontecidos en California.
- Estar desempleado desde el 8 de enero de 2025.
- Haber trabajado o ser propietario de alguna empresa ubicada en la zona de desastre, o haber estado programado para iniciar empleo durante la fecha de los acontecimientos.
- Imposibilidad de llegar al trabajo con motivo del desastre, o imposibilidad de ejecutar servicios debido a los perjuicios o destrucción del lugar a causa directa de los incendios.
- Imposibilidad de trabajar debido a lesiones físicas causadas directamente por el desastre.
- Haberse convertido en jefe de familia a raíz de alguna muerte causada por la tragedia.
- El empleo que no se puede ejecutar debido a daños directos del desastre deberá figurar como la principal fuente de ingresos del trabajador afectado.
Detalles sobre el pago de beneficios
Los beneficios económicos que se distribuyen entre los perjudicados se realizan con una frecuencia semanal, y se calculan del mismo modo que los pagos del Seguro de Desempleo (UI).
Se basan, por tanto, en los sueldos ganados durante el periodo reglamentario de acuerdo a lo que prescribe la ley estatal del Seguro de Desempleo.
De acuerdo a la información oficial que emite el Departamento de Desarrollo del Empleo de Estados Unidos, el periodo reglamentario de la DUA “es el año fiscal concluido más recientemente previo a la última fecha en que se trabajó. Para la mayoría de los solicitantes este es el año calendario anterior”.
Por su parte, los desempleados que fungían como trabajadores por cuenta propia, pueden basar su solicitud en los ingresos netos del empleo.
El monto mínimo de pago semanal es el 50 por ciento de la cantidad promedio de pagos por desempleo en California durante el trimestre anterior a la fecha de la catástrofe.
Por tanto, los beneficios pueden variar desde los $186 dólares a los $450 dólares, por un periodo vigente de hasta 26 semanas.
Aquellas personas que deseen obtener información adicional sobre la DUA, podrán comunicarse con el número 1 800 326 8937 (español) o al 1 800 300 5616 (inglés).
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