La empresa de telecomunicaciones ETECSA no permitirá traslados de teléfono fijo para los nuevos contratos a partir del 8 de enero del 2020.
La noticia fue dada a conocer por la propia empresa cubana mediante la Resolución 176/2019 del Ministerio de Comunicaciones publicada en la Gaceta Oficial.
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Con esta nueva regulación se modifican las condiciones del contrato de Servicio de Telefonía Básica, manifestándose que el teléfono fijo va a estar vinculado a la residencia dónde se instale y no al usuario o cliente del servicio.
Por tanto, los usuarios que contraten este servicio a partir del 8 de enero del próximo año no podrán solicitar traslado del mismo.
Asimismo, la titularidad del servicio de telefonía fija se efectuará de acuerdo a las personas que residan en la vivienda donde será instalado.
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¿Los teléfonos fijos con contrato antes del 8 de enero del 2020 se podrán permutar?
El cliente con un teléfono fijo a su nombre, cuyo contrato se efectuó antes del 8 de enero del 2020 podrá efectuar el cambio en caso de permuta, siempre y cuando se encuentren las condiciones técnicas para su instalación en la nueva residencia y no ceda la titularidad del contrato.
En este sentido, el servicio de telefonía fija de la vivienda anterior no se le dará de baja y continuará disponible para quien ocupe el domicilio.
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