¿Cesarán para siempre los vuelos desde Cuba a Argentina? Conoce aquí los motivos de la suspensión de vuelos entre naciones.
Cancelaciones para el alquiler de aviones, clausuras de cuentas bancarias, daños en el comercio, el no acceso a créditos bancarios a nivel internacional para la reparación de sus estructuras aéreas, son solo algunas de las denuncias que el gobierno cubano afirma que ha sufrido la aerolínea Cubana de Aviación a través de los años, situación que agrava la inclusión del mismo en la llamada lista de países terroristas, todo ello a causa del bloqueo de los Estados Unidos al país caribeño.
Para la República de Cuba, las reticencias anómalas a una de las compañías estatales del país es en efecto una prueba de las repercusiones del Bloqueo económico, comercial y financiero implantado por la potencia estadounidense.
El Ministerio de Relaciones Exteriores (Minrex) ha expresado su descontento con Argentina por proclamar la liberación total del Bloqueo y en realidad ser partícipe de las restricciones libertarias a una entidad cubana que ejecuta cada una de las normas de la Organización de la Aviación Civil Internacional y de Argentina.
En marzo de este año Yacimientos Petrolíferos Fiscales S.A. (YPF) compañía de Argentina le negó a la aerolínea cubana el suministro de combustible a sus aviones, en justificación del bloqueo de Estados Unidos contra Cuba.
Aunque la empresa aérea buscó varias acciones para desarrollar los vuelos acordados por la Administración Nacional de la Aviación Civil de Argentina, evitando afectaciones a los viajeros, fue imposible encontrar una alternativa a pesar de la reunión de la directora de la Unidad de Cubana de Aviación en Buenos Aires con los altos mandos del transporte aéreo.
Por lo que este gesto provocó la cancelación de las aeronaves desde la isla hasta Argentina, borrando 39 años de vuelos entre ambas naciones. Con esta decisión de YPF de Argentina de apoyar el Bloqueo de EE.UU viola la Ley No. 24.871, vigente desde 20 de agosto de 1997 y expedida durante el 5 de septiembre de 1997, la cual menciona en su primer artículo del párrafo segundo que no tendrá valía alguna las leyes de otros países que quieran establecer dilemas extraterritoriales mediante el establecimiento del bloqueo, limitando inversiones extranjeras, limitaciones en el traslado de personas, servicios, capitales con el objetivo de sabotear el gobierno de un país o la afectación de su autodeterminación libre.
Además de los daños a Cubana de Aviación, debido al incumplimiento del contrato por la entidad argentina, el daño a los tripulantes, en su mayoría argentinos y habitantes de otros países es lo que más lamenta la aerolínea cubana.
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