Cinco jóvenes atacaron a seis residentes de Pinar del Río en las avenidas Borrego y Colón en la madrugada del cuatro al cinco del mes de abril del año 2023. Los atacados resultaron ser estudiantes universitarios, quienes se vieron violentados por cinco personas con sus rostros cubiertos y con la posesión de palos y machetes. El asalto fue para quitarle a los estudiantes sus bienes de valor provocando también terror en los atacados.
La Sala Penal del Tribunal Provincial de Pinar del Río desarrolló el 30 de abril del 2024 el juicio oral y público que corresponde a la causa número 201 del pasado año 2023 contra estos cinco jóvenes.
En el juicio oral de los atacantes quedaron demostrados los hechos delictivos, los jueces que se encontraban al tanto del asalto, en ejecución del correcto proceso de las garantías y derechos de los asaltantes, atendieron las declaraciones realizadas, analizaron documentos probatorios, testificaciones, así como los argumentos de la defensa y de los fiscales. Luego de estas intervenciones, las evidencias determinaron la participación de los cinco jóvenes en el delito.
Los jueces, fiscales y abogados para tomar una decisión analizaron la magnitud de los hechos realizados, los cuales desataron terror en el pueblo, principalmente a los estudiantes universitarios. “Estas acciones no son aceptadas como parte de la tranquilidad ciudadana que caracteriza a Cuba”, expusieron los medios oficiales de la isla.
Se tuvo en cuenta la vulnerabilidad del pueblo ante lo que representaron estos actos delictivos y más bajo la situación de crisis en la economía que atraviesa el país.
El código penal en su artículo 415 apartado 1 y 3d, expone que este tipo de delitos de robo con violencia establece sanciones de 8 a 20 años. También según lo establecido en el artículo 613 de la Ley 143 del año 2021 Del Proceso Penal, tanto el fiscal como los acusados sancionados, poseen el derecho a aplicar para apelación ante el Tribunal que dictaminó, en el plazo de 10 días, este recurso de casación será resuelto por la sala del Tribunal Supremo Popular.
En el momento de los delitos ilícitos los acusados tenían entre 16 y 19 años de edad, factor que junto a las actividades desarrolladas se tuvieron en cuenta a la hora de la sanción, determinando con cinco años de privación de libertad a uno de los acusados, a tres de ellos se les determinaron sentencias de siete años, y al último de ocho años.
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