¿Es necesario portar una visa para la entrada a México? ¿Cuáles son los requisitos de entrada y estancia en este país? ¿Qué documentación debo presentar en el punto de entrada? ¿Debo certificar alguna constancia de vacunación? ¿Puedo viajar con mi mascota?
Si estás planificando un viaje a México y te asaltan estas interrogantes, te sugerimos leer este artículo para que aclares tus dudas y tengas todo en orden previo a tu vuelo a este país.
Como primer elemento de importancia que debes conocer es que los ciudadanos cubanos requieren visado para poder ingresar a México, salvo en cuestiones puntuales que referiremos a continuación.
Las visas sin permiso para actividades remuneradas incluyen actividades de turismo, estudiantes por corto periodo de tiempo, ministros de culto, corresponsales, entre otras acciones que no impliquen retribución financiera, para lo que se establece un periodo máximo de estancia de 180 días, a excepción de que se cuente con residencia o algún trámite migratorio.
El tipo de visa que se requiere según sea el caso (visitante por razones humanitarias, visitante con fines de adopción, residente temporal, residente temporal estudiante, etc.) se tramita en la sede consular mexicana ubicada en La Habana, tras agendar la cita correspondiente y someterse a entrevista personal para sus razones de visita al país.
Indice
¿Qué personas están exentas de visa mexicana?
- Aquellas personas que certifiquen documentos de residencia permanente en Estados Unidos, Canadá, Japón, Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte, o en cualquiera de los países que pertenecen al espacio Schengen, así como los países miembros de la Alianza del Pacífico (Chile, Colombia y Perú).
- Portadores de visa válida y vigente de Estados Unidos, Canadá, Japón, Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte, o de cualquiera de los países que pertenecen al espacio Schengen.
- Tarjeta de Viajero de Negocios de APEC (ABTC) aprobada por México (solamente aplicable para el ingreso por vía aérea y con motivo de viaje de negocios).
- Certificado que lo acredite como miembro de la tripulación de la aeronave en que arriba.
¿Qué documentos debo presentar en el punto de entrada a México?
Ha de tenerse en cuenta que, aunque hayas obtenido tu visa en el Consulado de México en Cuba -que autoriza la posibilidad de viaje al país- esto no garantiza por sí solo la entrada al territorio mexicano, puesto que existen muchos factores a juzgar y comprobar por las autoridades migratorias.
Uno de los elementos fundamentales es acreditar toda la documentación pertinente, ya que de tener en falta algún certifico puede derivar en denegación de acceso al país. Los visitantes sin permiso para realización de actividades remuneradas, han de cumplir con los siguientes requisitos:
- Presentación de pasaporte vigente (al menos por el periodo de estancia y fecha de salida de México).
- Presentación de visa expedida, vigente y válida.
- Para los casos donde sea aplicable: tarjeta de residencia o autorización en la condición de estancia de visitante regional, visitante trabajador o visitante por razones humanitarias.
- Presentación de Forma Migratoria Múltiple únicamente aplicable a los ingresos por vía terrestre, puesto que en los aeropuertos internacionales no es necesario presentarlo porque se ingresa a través de la intervención directa de la autoridad migratoria.
- Las autoridades migratorias pueden solicitar otros documentos adicionales según la condición particular del visitante extranjero para la comprobación del motivo de viaje.
¿Qué documentos se acreditan como comprobación del motivo de viaje?
En el punto de ingreso, las autoridades migratorias deberán comprobar el motivo de visita a México (que debe estar en correspondencia con el tipo de visa), la duración de la estadía en el país, el comprobante de su alojamiento, y el mecanismo de solvencia económica durante los días de estancia.
Conforme a ello, se solicitan los documentos que a continuación detallamos, resaltando que la autenticidad y veracidad de cada uno de estos certificos serán verificados por migración en prevención de fraude o sospecha de posible migrante.
- Reservación de hotel, boletos de regreso, boletos de tours (itinerario).
- Carta mandato en español de la empresa matriz, filial o subsidiaria extranjera que avala que la persona extranjera está empleada y que el pago de los servicios que prestará en el territorio nacional correrán por cuenta de la misma.
- Carta de invitación por la organización o institución pública o privada donde se acredita que la persona extranjera será partícipe de alguna actividad no remunerada en territorio nacional, además de manifestar el objeto de la visita y el tiempo estimado de estancia. En caso de que la organización o institución sufrague los gastos de viaje y permanencia de la persona extranjera en el territorio mexicano, se deberá adjuntar una carta responsiva.
- Carta de invitación o aceptación de alguna institución perteneciente al Sistema Educativo Nacional para la realización de cursos, estudios o proyectos investigativos o de formación profesional por una temporalidad máxima de 180 días.
- Información y datos personales que se requieran según el caso.
- Lugar de residencia habitual o de procedencia.
- Acreditación de domicilio y tiempo de estancia en el territorio mexicano.
- En casos que lo requieran: nombre, denominación o razón social y domicilio de la persona física o moral que empleará o realiza la invitación.
- Actividades a las que se dedica el visitante en su país o lugar de procedencia y las que realizará en el territorio mexicano.
- Los medios de subsistencia durante su estancia en el territorio nacional, salvo el caso de las personas extranjeras que porten visa mexicana.
- Vía de transporte que utilizará para efectuar su salida del país (dentro de la reglamentación máxima de estadía en el país)
¿Es necesario acreditar vacunación actualizada?
De acuerdo a la normativa vigente no se requiere que los extranjeros acrediten la actualización de vacunas.
¿Está permitido viajar a México con mascotas?
Sí está permitido viajar a México con mascotas, siempre que no existan riesgos sanitarios, para lo cual se realizará una inspección física además de la presentación de un Certificado de Buena Salud -con vigencia máxima de 15 días de expedido- o cartilla de vacunación animal.
Es necesario señalar que, si se detectan ectoparásitos en el animal, las autoridades implementarán las medidas correspondientes y los gastos que se generen correrán a cargo del titular de la mascota.
Para ampliar detalles en cuanto a este tema puedes acceder a este enlace.
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