Regla Final Provisional para Migrantes Anunciada en Estados Unidos

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Con la nueva Regla Final Provisional sobre el Procesamiento de Temor Creíble que anunció el Servicio de Ciudadanía e Inmigraciñon de Estados Unidos se acelera el proceso de asilo para las personas elegibles que se encuentren en centros de detección de la frontera de México.

Su implementación se hará de forma gradual a partir del 31 de mayo del 2022, comenzando el proceso por un reducido número de solicitantes cuyo alcance se incrementará en cuanto la USCIS aumente su capacidad operativa.

Todo este trámite de asilo pasará por 3 fases principales y una extra, muy específica para los casos que quedarán pendientes por el hecho de no ser elegibles para recibir asilo en Estados Unidos al no demostrorar que tienen temor de persecución o tortura, o temor de regresar a su país de origen.

En ese sentido las fases que incluyen el proceso de la Regla Final Provisional son las siguientes: 

  1. Colocación de Remoción Expedida
  2. Entrevista de Temor Creíble
  3. Referido para Entrevista de Méritos de Asilo
  4. Procedimientos de Remoción Simplificados 

En la primera fase, denominada Colocación de Remoción Expedida, se clasificarán del resto de detenidos en las Oficinas de Aduanas y Protección Fronteriza, las personas que declaren tener temor de persecución o tortura y se trasladarán a un centro de ICE.

Luego de esto, en el nuevo centro de detención se procederá a la Entrevista de Temor Creíble donde los oficiales de asilo determinarán si la persona solicitante es elegible o no.

Según lo establece el procedimiento actual, antes de la entrevista todas las personas tendrán la oportunidad de acceder a proveedores del Programa de Orientación Legal y de no ser declarada elegible, luego puede solicitar además una revisión de la decisión por parte de los jueces de inmigración.

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En la tercera fase, todas las personas que hayan pasado con éxito las dos interiores serán remitidas a USCIS para una Entrevista de Méritos de Asilo.

En este punto se revisará con determinación caso por caso teniendo en cuenta la presentación de pruebas que demuestren el motivo de su solicitud.

De igual forma, el solicitante deberá expresar su intención de residir en una de estas seis ciudades norteamericanas: San Francisco, Boston, Los ángeles, Newark, Nueva York y Miami.

Si USCIS determina que la persona es elegible su registro positivo se considera como solicitud de asilo cuya fecha de notificación se convierte en la fecha de presentación de la misma para que la entrevista correspondiente tenga lugar entre los 21 y 45 días de haber sido anunciada la determinación positiva de temor creíble. 

Durante este período las personas serán liberadas y colocadas al mismo tiempo en alternativas a la detección para garantizar que cumplan con sus obligaciones de informar, entrevistar y atender. De no presentarse se tomarán las medidas correspondientes. 

Del mismo modo, cada solicitante tendrá hasta 7 días antes de su entrevista para presentar más evidencia así como modificar o corregir su registro.

Es importante señalar que este período de 7 días solo es válido si se presenta personalmente, mientras que si desea hacerlo por vía correo, el tiempo validado es de hasta 10 días antes de la entrevista. 

Una vez que culmine la entrevista y USCIS determina que la persona es elegible para recibir asilo, enviará una carta con la respuesta positiva e informando sobre el procedimiento a seguir así como los beneficios agregados. 

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De lo contrario, si la persona no es elegible se procederá a remitir el expediente a la Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración para que los jueces revisen una vez más cada caso y sus evidencias.

Aquí se aprobarán de manera independiente los que consideren que sí demostraron elegibilidad para alivio o protección y los restantes expedientes pasarán a procedimiento de remoción para su posterior deportación de forma inmediata

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