Nuevas Tarifas para el Cobro de Servicios de la Aduana de Cuba

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La Aduana General de la República de Cuba anunció la entrada en vigor de nuevas tarifas para el cobro de los servicios.

A través de la Resolución 232/2023 del Ministerio de Finanzas y Precios (MFP), fueron legisladas las nuevas medidas relacionadas con el máximo ente aduanero de la mayor de las Antillas

Dicha resolución establece las tarifas en pesos cubanos (CUP) que deben pagar tanto las personas naturales como jurídicas por los diferentes servicios técnicos – productivos que presta el máximo ente aduanero de la mayor de las Antillas, con lo cual son modificadas un grupo de tarifas establecidas con anterioridad y se incluyen nuevos servicios. 

La nueva disposición con fecha 4 de octubre de 2023, firmada por Vladimir Regueiro Ale, Ministro de Finanzas y Precios, y publicada en la Gaceta Oficial de la República de Cuba el 19 de octubre del mismo año, deroga la Resolución No. 38 de la Ministra de Finanzas y Precios, de 16 de marzo de 2021. 

La Resolución 232/2023 incluye un listado oficial de las tarifas máximas en CUP, entre los que se incluyen los servicios de oficio y los servicios a solicitud del usuario, las cuales serán implementadas a partir del venidero 19 de noviembre del año en curso.

¿Cuáles son las nuevas tarifas?

En el caso de los servicios de oficio está incluido el Despacho mercantil sobre el valor en aduana por operaciones de importación, con un costo de 0.20 CUP %, que en la anterior normativa aparecía reflejado bajo la categoría de Despacho del valor en Aduana, con un 0.10 cup  %, por lo que en la actual, aparece duplicado su precio.

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Este consiste en una revisión de las declaraciones aduanales relacionadas con las mercancías comerciales y no comerciales de los importadores, las cuales serán cobradas antes del levante, sobre el valor de aduana de las mercancías que fueron declaradas.

Además se incorporó el Despacho no comercial para personas naturales como categoría de servicio, incluyendo como subcategoría el “Importe por cada operación de importación y exportación sin carácter comercial, en correspondencia con el valor en Aduana en el momento que se realiza”, estos precios oscilan desde 50.00 CUP por unidad, cuando el valor es hasta 200; y hasta 800.00 CUP cuando el valor es superior a los 10.000

Dentro de este servicio se encuentran el despacho del equipaje acompañado y no acompañado, menajes de casas, a los cuales se les “aplica la tarifa de servicio, en correspondencia con el monto del valor en aduana en el momento en que se realiza la operación”.

De igual forma se agrega el servicio de Inspección de vehículos con dos subdivisiones: Personas jurídicas (50.00 CUP por unidad) y Personas naturales (300.00 por unidad)

Por otro lado, en relación a los Servicios a solicitud del usuario, se incorpora la revisión o reconocimiento de las mercancías por contenedor, con la especificidad de 20 pies (1000.00 por unidad) y de 40 pies  (1500.00 por unidad)

El cobro de los servicios que fueron facturados antes de la entrada en vigor de la presente resolución, de los cuales algunos concluyen con posterioridad, y los que estén en proceso actualmente antes de la citada fecha, se regirán por lo establecido en la Resolución No. 38 del 16 de marzo de 2021.

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Los precios establecidos son variables. Si quieres conocerlos en detalle puedes descargar la Gaceta Oficial desde aquí.

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Angel Ramirez Moran

Médico e investigador con artículos publicados en revistas científicas. Docente y apasionado por la lectura y los sucesos nacionales e internacionales, lo que le brinda una perspectiva profunda en diversos temas.