El 8 de enero inició en Cuba la Campaña de Declaración y Pago de Tributos que cada año desarrolla la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT), mediante la misma se gravan los ingresos obtenidos durante el año 2023.
La ONAT alertó el desfavorable comportamiento de la Campaña, haciendo un llamado a cumplir con este importante deber cívico a las personas naturales y jurídicas convocadas antes del 28 de febrero.
Mary Blanco Ortega Barredo, jefa de la ONAT en entrevista ofrecida expresó que este proceso es uno de los más importantes que desarrolla la entidad ya que involucra a la mayoría de los contribuyentes.
Mary Blanco también señaló que el monto correspondiente al pago de los tributos constituye la principal fuente de ingreso del Presupuesto del Estado, y este año se planificó recaudar 338 mil 999 millones de pesos que provienen de impuestos, tasas y contribuciones.
Todos estos tributos según explicó la jefa de la ONAT garantizan el desarrollo y sostenimiento de la salud pública, la educación, la asistencia social, la cultura y el deporte.
Este proceso involucra a más de 810 mil contribuyentes, concentrando su mayor actividad en el primer trimestre del año.
Teniendo en cuenta el comportamiento de la Campaña de Declaración y Pago de Tributos en el año 2023 con respecto al año en curso dentro de los sectores más atrasados se encuentran: las Unidades Básicas de Producción Cooperativa (UBPC), Cooperativas No Agropecuarias (CNA), y sociedades mercantiles de capital ciento por ciento cubano.
La Habana, Cienfuegos, Sancti Spíritus, Ciego de Ávila, Holguín, Santiago de Cuba y Guantánamo son las provincias que muestran resultados desfavorables.
Con respecto al año anterior el sector de la cultura evidencia un comportamiento inferior, aunque según expresó Ortega Barredo es una situación reiterada cada año.
Mary Blanco Ortega Barredo calificó de preocupante los resultados del sector agropecuario en la declaración jurada, de un potencial de 163 mil 5558 obligados a declarar, solo han cumplido 10 mil 324, para un 6.3 % de cumplimiento.
Ante el incumplimiento de la declaración jurada la Administración Tributaria tiene la facultad de imponer sanciones, en correspondencia con lo establecido en las vigentes disposiciones tributarias.
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