Aprueban Procedimiento para el ARRENDAMIENTO de LOCALES Estatales en Cuba

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El Ministerio de Comercio Interior, aprobó el procedimiento para la licitación del arrendamiento de locales estatales pertenecientes al patrimonio de comercio de subordinación local, a los nuevos actores económicos en Cuba.

La medida fue materializada a través de la Resolución 40/2022, la cual fue publicada en la Gaceta Oficial N. º 31 Extraordinaria, del 21 de abril de 2022.

La resolución aprobada por el MINCIN tiene como propósito esencial el incremento de la participación en la economía de estos actores que comprenden formas de trabajo estatal y no estatal.

Además de propiciar el desarrollo, la diversificación de la producción, encadenamientos productivos y su bienestar económico y social de las mismas.

En el presente artículo te estaremos ofreciendo detalles del procedimiento para la licitación de los locales estatales pertenecientes al Comercio por trabajadores correspondientes a las Formas Estatales y No Estatales de gestión o los nuevos actores de la economía cubana, como se conoce en el país.

¿Quiénes participan en la licitación del arrendamiento de locales estatales pertenecientes al Comercio en Cuba?

A partir del texto jurídico referido, en el procedimiento de licitación del arrendamiento de locales de la Empresa de Comercio, para proyectos de desarrollo local participan las personas que a continuación te relacionamos:

  • Trabajadores que laboran en el establecimiento que se licita
  • Trabajadores por Cuenta Propia
  • Los trabajadores de las Mipymes ( Micro, Pequeñas y Medianas Empresas)
  • Trabajadores pertenecientes a las Formas Productivas de la Agricultura
  • Actores locales de la economía.
  • Entidades Estatales
  • Proyectos de Desarrollo Local.
  • Los trabajadores pertenecientes a cualquier otra Forma de Gestión No Estatal considerados como los nuevos actores de la economía cubana.

¿Cuáles son los requisitos para el procedimiento de licitación de los locales estatales?

En la Resolución 40/2022, emitida por el Ministerio del Comercio Interior, se establecen los requisitos  para el procesamiento de la licitación de sus instalaciones, los que te exponemos a continuación: 

  • Los locales, que se decidan arrendar, estén funcionando o cerrados, deben estar anteriormente aprobados en el reordenamiento de la red minorista del Comercio Interior por la Asamblea Municipal del Poder Popular del territorio, pues, es en este organismo donde se establecen aquellos que se gestionan de forma estatal y los que pueden ser arrendados a otras formas.
  • El Consejo de la Administración Municipal o el Gobernador, según corresponda debe realizar la convocatoria del inicio del proceso de licitación del arrendamiento del local  en el territorio.
  • La convocatoria de la licitación se mostrará entre los diez primeros días hábiles del proceso de licitación de las instalaciones.
  • Para realizar la licitación de los locales se creará una comisión aprobada por el Gobernador o el Intendente de los consejos de la Administración Municipal, la cual estará integrada por un número impar de miembros entre los que estarán la dirección, las áreas  técnicas, económica-financieras y jurídicas de las empresas, el  sindicato y las autoridades correspondientes del municipio.
  • El procedimiento se realizará en un período de treinta días. En este período no se permite la realización de cambios en las condiciones específicas de la licitación que se establezcan por la entidad en el momento de convocarse la licitación.
  • Existencia de la necesidad de recuperar establecimientos de venta de bienes y servicios, incrementar las ofertas, así como mantener y potenciar la red de servicios básicos a la población.
  • La persona  a quien se autorice el arrendamiento de un establecimiento con actividad comercial podrá contratar a los propios trabajadores del establecimiento, y respecto a aquellos  trabajadores que no sean contratados por esa persona seleccionada, la entidad arrendadora deberá aplicar lo establecido en la legislación laboral vigente.
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Por otra parte, a partir de lo legislado en el artículo 16 de  la Resolución 40 /2000, la Comisión creada tiene dentro de sus prerrogativas, la decisión de seleccionar, entre las ofertas que se realicen  aquellas que aseguren mejores condiciones de:

  • Recuperación del local y los servicios que identifican el mismo
  • Generación de empleos
  • Promover la inclusión social, los precios, calidad, preparación técnica profesional y financiamiento
  • Que esté en correspondencia con los estudios de geo referencia de la red de Comercio Minorista.

¿Qué características deben tener las solicitudes?

En la Resolución 40/2022 se destacan las características que deben tener las solicitudes que se realicen para la licitación del arrendamiento de las instalaciones.

A continuación te las ofrecemos, para que las tengas en cuenta, si estás interesado en realizar con éxito, este tipo de trámite:

  • La solicitud de Licitación de los establecimientos debe presentarse en un sobre correctamente sellado.
  • Deben contener los datos personales.
  • Escribir detalladamente el nombre del Proyecto y el presupuesto.
  • Debe aparecer la descripción de las actividades que se pretenden realizar.
  • Se debe incorporar en la solicitud si se precisa de carteles u otras formas de publicidad.
  • Detallar los servicios artísticos y uso de música grabada o audiovisual.
  • En caso de que se vaya a realizar una reparación que conlleve transformaciones de la instalación a licitar, se debe incorporar el Proyecto de Obra.

¿Qué personas se excluyen para realizar la licitación?

A partir del texto jurídico existen limitaciones durante el proceso de licitación de las instalaciones, entre estas se encuentran:

  • Si el solicitante vive en una provincia diferente de donde se encuentra localizado el establecimiento a licitar.
  • Si el solicitante  ha cometido fraude o engaño en un proceso de licitación realizado anteriormente.
  • Si ha sido penalizado por la comisión de delitos contra la economía nacional o los derechos patrimoniales. En caso tal de no estar rehabilitado y reinsertado en la sociedad, o que expresamente en sentencia firme, como sanción accesoria, posea una prohibición de ejercer una actividad u oficio relacionado con el comercio interior u otra forma de actividad económica, siempre y cuando los antecedentes penales no hayan sido anulados.
  • Si al solicitante se le ha aplicado como medida disciplinaria, la separación definitiva de la entidad en el Sistema de Comercio Interior, sin estar rehabilitado de conformidad con la legislación laboral vigente, y presentarse a más de una convocatoria de licitación de establecimientos de forma simultánea. Este impedimento procede para las personas naturales.
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La aprobación del procedimiento de licitación de los locales, donde se responsabiliza tanto a la empresa estatal que administra el establecimiento como la que licita, favorecerá la recuperación de establecimientos en las actividades de ventas de mercancías y de bienes, de gastronomía y servicios.

Además que incrementará ofertas y servicios básicos a la población, sobre todo, las de interés público y más populares.

Finalmente, con la puesta en práctica de la presente Resolución 40 /2000, se dispone la derogación de la Resolución 48 del propio Ministerio de Comercio Interior, la cual estipula el  Procedimiento para la Licitación del Arrendamiento de Establecimientos y Bienes Muebles del Sistema de Comercio Interior, a Trabajadores por Cuenta Propia, del 8 de marzo de 2021, y firmada en ese momento por la  titular de este Organismo.

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