Modificaciones en la ley para el trabajo por cuenta propia en Cuba

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Autoridades cubanas informaron sobre algunas modificaciones en las nuevas normativas para el trabajo por cuenta propia en Cuba comenzarán a regir a partir del 7 de diciembre del 2018.

Margarita González, Ministra de Trabajo y Seguridad en el país se refirió el pasado a los cambios que ha realizado el gobierno hasta la fecha.

El primero manifiesta la modificación de la Resolución No.11 artículo 2 del 29 de junio del 2018.

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Se podrá tener más de una licencia de cuentapropista.

De acuerdo a la misma, los trabajadores del sector privado podrán ejercer mas de una actividad, es decir, que una misma persona estará autorizada a solicitar más de una licencia.

Por otro lado, la segunda modificación en las normativas que entrarán en vigor este 7 de diciembre, es la referida a la Resolución No.12 Anexo No 1, en la descripción al alcance de las Actividades No 86, 87 y 88, redactadas el 29 de junio del 2018.

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Se elimina el limite de sillas en establecimientos gastronómicos del sector privado

Donde se plantea que se eliminará el límite impuesto de solo 50 sillas a los establecimientos gastronómicos, como restaurantes, cafeterías y bares, quedando establecido que la cantidad de sillas será proporcional al tamaño de cada local

Concerniente también a la Resolución No 12, Anexo No 1 pero de la Actividad No 52, se añade a estas dos modificaciones la referente a los trabajadores con licencia de Panadero -Dulcero, estableciendo que la elaboración de panes, dulces y otros productos derivados de la harina y bebidas alcohólicas incluye la cerveza asociada a este servicio. Además deberá cumplir con las normas establecidas sobre la inocuidad de los alimentos y requerirán Licencia Sanitaria.

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Al mismo tiempo se implementó una disposición especial que mantiene suspendida la entrega de nuevas licencias en la actividad de Programador de equipos de cómputo, hasta que se concluya con la propuesta de funcionamiento para esta gestión en el sector privado.

Modificaciones en la cuenta bancaria fiscal de trabajadores por cuenta propia

En relación a la cuenta bancaria fiscal que deberá ser abierta por cuentapropistas, reflejada en la Resolución No 904 se dispuso que disminuirá el salario mínimo de tres a dos cuotas mensuales sobre los Ingresos Personales que deberán mantener trabajadores de las siguientes actividades:

  1. Servicio Gastronómico en Restaurantes
  2. Servicio Gastronómico en Cafeterías
  3. Servicio de Bar y Recreación
  4. Reparación y Mantenimiento de Inmuebles
  5. Arrendador de Vivienda, Habitaciones y espacios
  6. Servicios de Construcción

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En este cambio también se incluye el aumento del fondo efectivo por gastos menores e imprevistos, de manera que esta parte de los ingresos generados por el negocio no se depositará en las cuentas.

Así mismo, se incrementa de 20 a 35 por ciento el fondo de efectivo del cual podrán disponer de lo depositado el mes anterior. Por tanto, se reduce de 80 a 65 el porcentaje a depositar en el banco.

Según explica Margarita “la decisión de estos cambios en las normativas parten del principio de que no deben existir diferencias entre sector estatal y no estatal, y en el primero está permitido el pluriempleo”

A partir del viernes 7 de diciembre entrarán en vigor un total de 20 normas legales y 14 resoluciones complementarias dirigidas al trabajo por cuenta propia en Cuba.

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