Límite para pagos en efectivo en relaciones contracturales en Cuba

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El Banco Central de Cuba ha establecido un nuevo límite para los pagos en efectivo en las relaciones contracturales que se establezcan en Cuba, según se ha informado en una nota de la propia institución.

Estas relaciones contracturales, incluyen las que puedan existir entre las personas jurídicas estatales cubanas y las personas jurídicas extranjeras con personas naturales que estén autorizadas a ejercer el trabajo por cuenta propia y con las formas de gestión no estatal.

Según Resolución 140, del 13 de abril del 2021 del Banco Central de Cuba, el límite de pago en efectivo que existía para esas relaciones contracturales era de 500 pesos cubanos, quedando derogada la misma con la nueva norma establecida.

Con las transformaciones que se han producido en la economía cubana en los últimos tiempos, los aumentos de salarios y de los precios de los servicios, se ha decidido incrementar el valor del límite de pago en efectivo para los servicios de contratación al sector no estatal.

¿Cuál es el nuevo límite establecido para este tipo de pagos en efectivo?

El Banco Central de Cuba ha estipulado como nuevo límite máximo el valor de 2500 pesos cubanos para los pagos en efectivo que realicen las empresas estatales y extranjeras a los trabajadores por cuenta propia en remuneración a los servicios prestados.

De manera general se les ha asignado a los bancos cubanos llevar el control para garantizar el cumplimiento de esta normativa y proceder con el conocimiento de los clientes al monitoreo de sus operaciones.

Está en el deber de identificar e informar las operaciones que resulten sospechosas de lavado de dinero o financiamiento de actividades terroristas o algún otro tipo de delito grave.

Solo se excluyen de este límite de pago, a las empresas y unidades empresariales de base del Comercio Interior, que se subordinen a los órganos locales del Poder Popular.

Los cuales se rigen por la Resolución 99 del 15 de julio de 2019, donde quedaron eliminadas las limitaciones en las relaciones de las empresas con las formas de gestión no estatal.

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