En Cuba, el cambio de nombre es un proceso legal que debe justificarse bajo ciertas condiciones establecidas en la legislación vigente. Según el artículo 101 del Reglamento de la Ley del Registro del Estado Civil (Resolución 249/2015 del Ministerio de Justicia), este trámite solo es permitido si:
- La persona es conocida socialmente por un nombre diferente al registrado.
- El nombre original tiene características poco comunes, inusuales o puede asociarse a objetos, animales o hechos.
- En el caso de personas trans, no es necesario haber realizado una cirugía de reasignación de género para solicitar el cambio de nombre.
El cambio de apellidos, en cambio, es un procedimiento más restringido, solo permitido en casos de error en la inscripción original o por reconocimiento de filiación.
Indice
Documentos necesarios para el trámite
Para solicitar el cambio de nombre, se requiere presentar los siguientes documentos ante la Oficina del Registro del Estado Civil:
- Certificación de nacimiento.
- Certificación de antecedentes penales.
- Certificación de matrimonio (si aplica).
- Certificación de nacimiento de los hijos (si aplica).
- Declaración jurada firmada ante notario, con la presencia de al menos dos testigos que confirmen que el solicitante es conocido por el nombre que desea adoptar.
- Pago de impuestos mediante sellos del timbre.
Pasos para cambiar de nombre en Cuba
- Preparar la documentación: Reunir todos los documentos mencionados anteriormente.
- Acudir a la Oficina del Registro del Estado Civil: Presentar la solicitud formal junto con los documentos.
- Esperar la resolución del registrador: La solicitud será evaluada y aprobada o denegada según la justificaciones presentadas.
- Obtener una nueva certificación de nacimiento: Si el cambio es aprobado, se emite una nueva certificación con la modificación.
- Actualizar documentos personales: Una vez modificado el nombre en el registro civil, se debe actualizar el carné de identidad y otros documentos legales.
Consideraciones importantes
- El trámite puede realizarse solo una vez en la vida, salvo excepciones en las que se haya efectuado un cambio previo durante la minoría de edad.
- El proceso puede demorar hasta 15 días hábiles, dependiendo de la carga de trabajo en las oficinas del Registro Civil.
- El costo varía según el estatus de residencia: Para ciudadanos cubanos residentes permanentes, el impuesto del timbre es de 20 pesos cubanos, mientras que para no residentes el costo es significativamente más alto.
Cambio de nombre para personas trans en Cuba
Desde 2022, la legislación cubana permite que las personas trans cambien su nombre sin necesidad de someterse a una cirugía de reasignación de género. Este cambio fue impulsado por el Ministerio de Justicia, eliminando una barrera que anteriormente limitaba el acceso al derecho a la identidad de las personas trans.
El proceso para personas trans es similar al de cualquier otro solicitante y también se gestiona a través del Registro del Estado Civil.
Preguntas frecuentes (FAQ)
Por regla general, solo se permite una vez en la vida. Un segundo cambio solo es posible si el primero se realizó cuando el interesado era menor de edad.
Para ciudadanos cubanos residentes, el costo es de 20 pesos cubanos en sellos del timbre. Para no residentes, el monto es considerablemente mayor.
El tiempo de resolución es de hasta 15 días hábiles tras presentar la solicitud.
El cambio de apellidos solo es permitido en casos de error en la inscripción original o por reconocimiento de filiación.
Sí, desde 2022 no se exige cirugía de reasignación de género para cambiar el nombre en Cuba
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