Teniendo en cuenta las estadísticas de reportes de agresiones sexuales, los medios oficiales de prensa declaran este preocupante fenómeno, manifestando que los territorios con mayor incidencia son Las Tunas, Jobabo y Puerto Padre.
Lisbet Pavón Marchán, fiscal jefa del Departamento de Proceso Penales advirtió que en las zonas rurales son mucho más frecuentes estas situaciones, lo que no minimiza a la ciudad, pero sí resulta un tema en el que se debe poner la máxima atención en las familias, ya que recalcó que la mayor responsabilidad recae en los padres y tutores legales de infantes.
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¿Cuántos casos de abuso sexual se registran en Las Tunas en este 2024?
En la oriental provincia se han procesado hasta el mes de noviembre de 2024, un total de 11 casos de abusos y 27 agresiones sexuales a menores de edad, lo que deriva en nueve reportes por encima de las estadísticas del 2023.
Durante el pasado año se registraron 13 abusos y 18 agresiones sexuales, por lo que las actuales cifras del año en marcha resultan preocupantes cuando ni siquiera ha finalizado el año.
La diferencia entre agresión sexual y abuso se define, desde el punto de vista legal, en la penetración que está dada por el abuso, y que además contempla tocamientos siendo los menores de edad las víctimas más frecuentes.
¿Cuáles son las alarmas familiares en la detección de abusos?
Lisbet Pavón Marchán afirma que, según el estudio de los casos, la mayoría de estos delitos los cometen personas allegadas a las víctimas, logrando un “exceso de confianza” tanto con los padres como los niños.
En muchas ocasiones se detecta un rechazo de los infantes a sus abusadores, sin embargo, no son capaces de contar los incómodos sucesos por el temor a ser castigados, regañados, o reprimidos por sus propios padres.
Los agresores sexuales, la mayoría de las veces, tienen normal comportamiento social y pueden ser tan cercanos como tíos, primos, padrastros, abuelos, vecinos… Resulta muy difícil para las víctimas contar lo que sucede, casi nunca lo dicen a sus padres, sino a sus abuelos o primos. Todos los procesos no se parecen, pero en la totalidad están dados por el exceso de confianza y la poca percepción del riesgo.
afirma la fiscal.
¿Qué sanciones estipula el código penal cubano frente a este delito?
El fiscal jefe del Departamento de Organización y Planificación, Norge Nosley Sastre García, señala que el nuevo Código Penal nombra varios fenómenos con un peso significativo en víctimas de todos los sexos y edades.
Con ello se estipula cuáles son las conductas que atentan directamente contra la libertad e indemnidad sexual, las familias y el desarrollo integral de los menores. Al respecto, Nosley Sastre declara:
“Ante la necesidad de cubrir la totalidad de ofensas graves, eliminar criterios discriminatorios por el tratamiento diferente de mujeres y hombres, así como la edad de las víctimas, el nuevo cuerpo legal crea el delito de agresión sexual. Concentró, en una única causa, los elementos que antes conformaban los delitos de violación, pederastia con violencia y algunos supuestos abusos lascivos. El término abuso sexual se designó para las conductas que se limitaran a los tocamientos”.
El Código Penal vigente contempla el delito de abuso sexual en el artículo 396.1 y determina que los individuos que lo cometan son condenados a sanción de privación de libertad de 6 meses a 2 años, o multas de 200.00 a 500.00 cuotas o ambas.
Solo bajo algunas circunstancias específicas se extiende el periodo de cárcel hasta 5 años la privación de libertad y se eleva el monto de las multas, penalidades casi risibles frente a la magnitud de tales eventos.
La ley cubana carece de rigor, severidad y vehemencia con delitos de esta índole que mancillan almas inocentes y que incluso puede llegar a provocar traumas psicológicos tan perpetuos que inducen a suicidios.
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