Gobierno Cubano Establece Nuevas Reglas para el Pago de Impuestos: ¿A Quiénes Afectan?

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La Resolución 202/2026 establece impuestos del 10 %, el 5 % y el 35 % para determinadas operaciones de los proyectos de desarrollo local en Cuba. Conoce a quiénes se aplican y cómo se calculan.

El Gobierno cubano estableció nuevas disposiciones sobre el pago de impuestos de los proyectos de desarrollo local mediante la Resolución 202/2026 del Ministerio de Finanzas y Precios, publicada en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, edición ordinaria número 87, el 21 de octubre de 2026.

La normativa establece reglas sobre las obligaciones tributarias, el financiamiento, los precios y la contabilidad de estas iniciativas, además de precisar los impuestos que deben pagar y las condiciones bajo las cuales pueden recibir bonificaciones o exoneraciones.

Entre las principales disposiciones figuran un impuesto del 10 % sobre las ventas y los servicios, un tipo del 5 % para determinados alimentos comercializados al por menor y un impuesto sobre utilidades del 35 %. Estas obligaciones corresponden a los proyectos de desarrollo local comprendidos en la regulación y no deben interpretarse como una modificación general de los impuestos aplicables a todos los negocios en Cuba.

En este artículo te explicamos qué establece la nueva resolución, quiénes deben cumplirla y cuáles son los porcentajes tributarios que deberán tener en cuenta los proyectos afectados.

¿Qué establece la nueva resolución del Gobierno cubano sobre los impuestos?

La Resolución 202/2026 del Ministerio de Finanzas y Precios establece el procedimiento para el financiamiento presupuestario del desarrollo territorial y regula el tratamiento tributario, financiero, de precios y contable aplicable a los proyectos de desarrollo local en Cuba.

La disposición, publicada en la Gaceta Oficial número 87, actualiza las reglas que deben cumplir estas iniciativas económicas y sustituye la Resolución 193 de 2024 y la Resolución 300 de 2023.

Uno de los aspectos más importantes es que los proyectos de desarrollo local deben cumplir sus obligaciones tributarias de manera independiente de las personas naturales o jurídicas que los integran. Para ello, deben formalizar su condición de contribuyentes ante la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT).

¿A qué actividades se aplican las nuevas reglas?

Las disposiciones están dirigidas específicamente a los proyectos de desarrollo local aprobados dentro del marco de la gestión del desarrollo territorial.

Estas iniciativas buscan contribuir al desarrollo económico y social de los municipios mediante la creación de empleos, el aumento de la capacidad productiva, la prestación de servicios y el aprovechamiento de los recursos disponibles en cada territorio.

Por tanto, la Resolución 202/2026 no establece una tabla tributaria general para todas las mipymes, los trabajadores por cuenta propia ni el resto de los actores económicos del país.

¿Qué relación tiene la resolución con el Decreto 174/2026?

La resolución desarrolla aspectos financieros y tributarios vinculados con el Decreto 174/2026, que regula la gestión estratégica del desarrollo territorial y los proyectos de desarrollo local.

Mientras el decreto establece el marco general para gestionar estas iniciativas, la resolución detalla cuestiones como los impuestos aplicables, el tratamiento de los ingresos, las obligaciones contables y los procedimientos para administrar sus recursos financieros.

El objetivo es establecer reglas para el funcionamiento económico de los proyectos aprobados, desde el cumplimiento de sus obligaciones fiscales hasta la administración de las utilidades obtenidas.

En la práctica, los titulares deben distinguir entre los impuestos que corresponden al proyecto y los que deben pagar personalmente por los ingresos que reciben. Esta diferencia resulta fundamental para calcular correctamente las obligaciones tributarias.

¿Cuánto deberán pagar de impuestos los proyectos de desarrollo local en Cuba?

La Resolución 202/2026 del Ministerio de Finanzas y Precios establece diferentes obligaciones tributarias para los proyectos de desarrollo local en Cuba. Entre ellas figuran el impuesto sobre las ventas y los servicios, el impuesto sobre utilidades y los tributos relacionados con los ingresos de sus trabajadores.

Los porcentajes varían según el tipo de impuesto y la actividad realizada. Por eso, es importante distinguir qué grava cada tributo y cómo debe calcularse antes de determinar cuánto dinero corresponde aportar al Presupuesto del Estado.

Impuesto sobre ventas y servicios: 10 %

El artículo 6 de la Resolución 202/2026 establece un tipo impositivo del 10 % sobre el total de las ventas y los servicios de los proyectos de desarrollo local, según corresponda.

Esto significa que el impuesto se calcula sobre las ventas y los servicios comprendidos en la regulación, y no directamente sobre las utilidades obtenidas después de descontar los gastos.

Por ejemplo, si un proyecto registra ventas gravadas por 100.000 pesos cubanos, el cálculo ilustrativo del impuesto al 10 % sería de 10.000 pesos. La cifra definitiva dependerá de las operaciones sujetas al tributo y de las reglas aplicables a su determinación.

Impuesto del 5 % para determinados alimentos

La normativa contempla un tratamiento específico para la comercialización minorista de producciones de alimentos provenientes de minindustrias, para la cual establece un tipo impositivo del 5 %.

Esta tasa no debe interpretarse como una reducción general para todos los negocios dedicados a la venta de alimentos. Su aplicación está vinculada al supuesto descrito expresamente en la resolución.

Por ejemplo, si las ventas minoristas comprendidas en esta disposición ascienden a 100.000 pesos cubanos, el impuesto calculado al 5 % sería de 5.000 pesos.

La diferencia entre ambas tasas depende de la actividad y de las condiciones previstas en la norma.

Impuesto sobre utilidades: 35 %

El artículo 7 regula el impuesto sobre utilidades de los proyectos de desarrollo local. La disposición fija el tipo impositivo en el 35 %.

A diferencia del impuesto sobre ventas y servicios, este tributo grava las utilidades conforme a las reglas aplicables para determinar la base imponible. Por tanto, no debe calcularse automáticamente sobre el total de los ingresos brutos.

Si la utilidad imponible de un proyecto fuera de 100.000 pesos cubanos, un cálculo ilustrativo al 35 % equivaldría a 35.000 pesos.

El importe real dependerá de la utilidad determinada según la normativa tributaria vigente.

¿Los impuestos se suman entre sí?

No deben sumarse los porcentajes como si todos se aplicaran sobre una misma cantidad.

El impuesto sobre ventas y servicios y el impuesto sobre utilidades tienen bases de cálculo diferentes. Además, los trabajadores y titulares pueden tener obligaciones tributarias personales que deben analizarse por separado.

Por eso, conocer el porcentaje de cada impuesto no basta para calcular la carga tributaria total de un proyecto: también hay que determinar las operaciones gravadas, las utilidades imponibles y las obligaciones correspondientes a las remuneraciones.

La resolución contempla, además, otros tributos y contribuciones en función de las actividades realizadas y de las obligaciones laborales de cada proyecto.

Para ampliar el contexto, puedes consultar las ventajas fiscales aprobadas en Cuba para contratar a personas con discapacidad, así como los cambios recientes en las regulaciones de las mipymes en Cuba. También explicamos cómo se presenta la declaración jurada del impuesto sobre utilidades en Cuba.

¿Qué significa para los cubanos en el exterior?

Para los cubanos residentes en Estados Unidos, España y otros países que mantienen vínculos económicos o familiares con pequeños negocios en la isla, es importante conocer el alcance real de esta resolución.

Las nuevas reglas no establecen un aumento general de impuestos para todos los negocios privados de Cuba. Su aplicación se limita a los proyectos de desarrollo local comprendidos en la normativa.

Si un familiar participa en una de estas iniciativas, conviene comprobar si el proyecto está sujeto al régimen tributario establecido por la Resolución 202/2026 y qué obligaciones corresponden al propio proyecto, a sus trabajadores y a sus titulares.

Los nuevos porcentajes podrían influir en los costos y en la rentabilidad de determinadas actividades económicas locales. Sin embargo, su impacto dependerá de las operaciones realizadas, las bases imponibles y las posibles bonificaciones o exoneraciones autorizadas.

Preguntas frecuentes sobre las nuevas reglas de impuestos en Cuba

¿Qué resolución establece las nuevas reglas para el pago de impuestos en Cuba?

La Resolución 202/2026 del Ministerio de Finanzas y Precios establece el procedimiento para el financiamiento presupuestario del desarrollo territorial y regula el tratamiento tributario, financiero, de precios y contable de los proyectos de desarrollo local.

¿A quiénes afectan las nuevas reglas tributarias?

Las disposiciones se aplican a los proyectos de desarrollo local aprobados que están comprendidos en la normativa. No constituyen una nueva tabla general de impuestos para todas las mipymes ni para todos los trabajadores por cuenta propia.

¿Qué porcentaje de impuestos deben pagar los proyectos de desarrollo local?

La resolución establece un tipo impositivo del 10 % sobre las ventas y los servicios, según corresponda. Para la comercialización minorista de producciones de alimentos provenientes de minindustrias, fija un tipo del 5 %. Además, establece un impuesto sobre utilidades del 35 %.

¿Cuándo se aplica el impuesto del 5 % sobre los alimentos?

El tipo del 5 % corresponde a la comercialización minorista de producciones de alimentos provenientes de minindustrias, en los términos establecidos por la resolución. No se trata de una tasa general aplicable a todos los establecimientos que venden alimentos.

¿Cómo se calcula el impuesto sobre utilidades del 35 %?

El impuesto sobre utilidades se calcula aplicando el tipo impositivo del 35 % a la base imponible determinada conforme a las disposiciones tributarias correspondientes. No debe confundirse con el impuesto sobre ventas y servicios, que grava operaciones diferentes.

¿Los trabajadores de los proyectos de desarrollo local también deben pagar impuestos?

Sí. Los empleados están sujetos al impuesto sobre ingresos personales por los ingresos que reciben del proyecto, de acuerdo con la escala progresiva aprobada. El proyecto realiza las retenciones correspondientes cuando efectúa el pago mensual de las remuneraciones.

¿Los titulares de los proyectos deben pagar impuestos personales?

Sí. Los titulares deben pagar el impuesto sobre ingresos personales por los ingresos personales que obtienen después de las utilidades, aplicando la escala progresiva y las disposiciones establecidas en la Ley Anual del Presupuesto del Estado.

¿Se pueden obtener bonificaciones o exoneraciones tributarias?

Sí. El Ministerio de Finanzas y Precios puede exonerar o bonificar el pago de los impuestos sobre ventas y servicios a solicitud de los consejos provinciales o de la Administración Municipal, teniendo en cuenta las características del proyecto y su contribución al desarrollo territorial. El beneficio no es automático.

¿La Resolución 202/2026 aumenta los impuestos para todas las empresas privadas de Cuba?

No. La resolución regula el tratamiento tributario de los proyectos de desarrollo local. Por tanto, no puede interpretarse como un aumento general de impuestos para todas las mipymes, cooperativas o personas que ejercen el trabajo por cuenta propia.

¿Qué normas anteriores quedan derogadas?

La Resolución 202/2026 deroga la Resolución 193 de 2024 y la Resolución 300 de 2023, que regulaban aspectos relacionados con el financiamiento presupuestario del desarrollo territorial y el tratamiento de los proyectos de desarrollo local.

Nota del editor: Este artículo tiene carácter informativo y recoge las disposiciones descritas en la Resolución 202/2026 del Ministerio de Finanzas y Precios. Los porcentajes y ejemplos presentados deben interpretarse conforme a las actividades y bases imponibles previstas en la normativa. Se recomienda consultar el texto oficial de la resolución y las orientaciones de la ONAT antes de adoptar decisiones tributarias. Última actualización: 22 de octubre de 2026, 9:46 a. m. (hora de Cuba).

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Redacción D-CUBA

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