La información la suscribe el Ministro de Finanzas y Precios -Vladimir Regueiro Ale- en una publicación de edición extraordinaria de la Gaceta Oficial No. 46, reflejada en la Resolución no. 322, de este sábado 26 de octubre del año en curso.
La necesidad de extender el término de pago de los deberes tributarios se debe al complejo panorama que enfrenta la isla actualmente tras la emergencia energética del sistema eléctrico nacional acontecido a mediados de octubre, y aparejado al devastador paso del huracán Oscar por los municipios de San Antonio del Sur y Baracoa, pertenecientes a la provincia de Guantánamo.
El desastre natural ha ocasionado graves afectaciones en el orden material y en la infraestructura de comunicación y redes eléctricas, lo que consecuentemente impide que los contribuyentes, personas jurídicas y naturales, cumplan con el débito tributario correspondiente de acuerdo las fechas establecidas oficialmente.
Teniendo en cuentas estas razones, y según lo que dictamina la Ley No. 113 “Del Sistema Tributario” -de 23 de julio de 2012- que otorga facultades al Ministro de Finanzas y Precios para efectuar modificaciones en las formas y procedimientos de cálculo, pago y liquidación de los tributos conforme a las circunstancias económicas y sociales, se prorroga el plazo hasta el 31 de octubre de 2024.
Los impuestos en débito obedecían a una programación de cumplimiento para inicios del mes de octubre del año en curso, lo que ha resultado imposible dadas las condiciones en el país.
La norma dispone además, que la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT) queda responsabilizada de la asistencia a los contribuyentes para el correcto cumplimiento de lo que se dispone legislativamente y su implementación.
Por otra parte, los contribuyentes pueden usar los canales electrónicos de pago para obtener una bonificación del 3 por ciento del monto total a acreditar.
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