En Cuba existe un aumento de la usurpación de viviendas desde el año 2022, según señala un reporte oficial sobre el tema.
La situación migratoria en el país que ha devenido en el más grande éxodo de su historia, unida a la crisis económica nacional, figuran como principales causas del panorama, aunque no se declaran las cifras.
La ciudad de Santa Clara tiene la mayor cantidad de casos de usurpación de viviendas en comparación con períodos precedentes, incurren en ese tipo de hechos generalmente mujeres y miembros de familias disfuncionales.
Dos casos se procesan en la provincia según un informe local, y a pesar de que las denuncias hechas en 2023 se radicaron como delito, algunos denunciantes que piden enfrentar tales situaciones no son los dueños legales de las casas, y ello amerita pruebas de titularidad del hogar y testigos.
Las autoridades judiciales explican que las usurpaciones anteriores a la entrada en vigor del nuevo Código Penal, se mantienen con tratamiento administrativo, conforme a la manera en que se trataba esa figura antes de convertirse en delito.
Algunas usurpaciones fueron con carácter forzoso, pero en otras influyó la decisión de los dueños del hogar, quienes confiaron el cuidado de la casa al usurpador y después obtuvieron la negativa al momento de abandonar el lugar.
Este tipo de procesos se puede radicar simultáneamente por la vía penal y administrativa, conforme a lo que establece el dictamen 471 del Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular.
Indice
¿Qué dice el nuevo código penal sobre la usurpación de viviendas?
La usurpación de viviendas está contemplada ya como un delito en los artículos 421 y 422 del nuevo Código Penal, instrumento jurídico que se actualizó en el año 2022 y fue aprobado por los legisladores.
El dictamen 471 del Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular, del 2 de marzo de 2023, a tenor con el nuevo Código Penal precisa los detalles del delito, y supone un documento para atender con mayor agilidad tales casos de usurpación de domicilio.
¿Qué se debe hacer ante un caso de usurpación de viviendas?
El procedimiento para que alguien abandone la vivienda que ha ocupado de manera ilegal, comienza por conminar a la persona a esa acción, y en caso de negativa del ciudadano, debe hacerse una denuncia en la estación policial, que posteriormente será notificada a la fiscalía.
Lo anterior generará investigación, para que accione el Ministerio del Interior y ejecute lo que se conoce como el plan de extracción, para sacar de la vivienda al ocupante ilegal.
Como parte del procedimiento se redacta una orden de registro y acta de detención, los derechos de los infractores contemplan la asistencia de un abogado.
Ante la fiscalía, se presenta el plan de extracción en un plazo de 24 horas, y existe un margen de 72 horas para la evaluación por parte de esta de la medida cautelar, que generalmente es prisión provisional.
A nivel de tribunal es radicada la causa, para determinar la sentencia mediante un juicio oral en el que se presentan los elementos de prueba de los hechos, aunque dicha sentencia puede apelarse.
Solo cuando la sentencia no sea apelable, se procede al desalojo de la persona o las personas ocupantes ante los miembros de la comunidad y autoridades, para devolverle la legalidad al domicilio.
Tales conductas delictivas pueden juzgarse con pena desde 6 meses de privación de libertad a dos años, también con multas de 200 a 500 cuotas, pueden existir agravantes relacionadas con hechos de ese tipo, que también repercutan en sanciones más severas.
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