En Cuba, vender o comprar un carro entre particulares ya no es solo cuestión de un papel firmado y un apretón de manos. Hoy, la transferencia de propiedad de un vehículo tiene que pasar por pasos muy claros: escritura notarial, pago de impuestos y cambio oficial de propietario en el Registro de Vehículos. Si alguno de esos pasos se hace mal o no se hace, el carro puede seguir apareciendo legalmente a nombre del dueño anterior, y eso abre la puerta a problemas serios.
Este artículo explica, de forma práctica y entendible, cómo hacer la transferencia legal de un carro en Cuba entre particulares, basada en la normativa vigente y en los procedimientos que aplican realmente en las notarías y oficinas de registro. El objetivo es que tanto el vendedor como el comprador sepan qué documentos preparar, qué pagar, a qué oficinas acudir y qué revisar del vehículo antes de firmar.
Si estás pensando en vender tu carro, comprar uno de segunda mano o terminar de poner en orden un vehículo que hasta ahora se ha manejado “de palabra”, aquí encontrarás un paso a paso completo, con los requisitos, costos, tiempos y advertencias que deberías tener en cuenta.
Cuando me indiques, seguimos con la sección 1: quién puede comprar y vender un carro en Cuba hoy y en qué condiciones.
Indice
- Quién puede comprar y vender un carro en Cuba hoy
- Documentos del vendedor y del vehículo necesarios para hacer la transferencia
- Documentos del comprador y requisitos que debe cumplir ante la notaría
- Paso a paso de la transferencia ante notario
- Costos reales de la transferencia de un carro en Cuba
- Honorarios y tarifas notariales
- Gastos asociados al Registro de Vehículos
- Cambio de propietario en el Registro de Vehículos
- Checklist: qué revisar del vehículo antes de firmar la escritura
- Casos especiales frecuentes en la compraventa de carros en Cuba
- Costos reales de la transferencia de un carro en Cuba
- Preguntas frecuentes sobre la transferencia de un carro en Cuba
Quién puede comprar y vender un carro en Cuba hoy
La transferencia de propiedad de un vehículo entre particulares está permitida en Cuba, pero solo si se realiza mediante escritura pública ante notario y luego se inscribe oficialmente el cambio de propietario. Esto significa que no basta con un contrato privado ni con un acuerdo verbal: la operación solo existe legalmente cuando queda recogida en un documento notarial válido.
Personas naturales que pueden vender un vehículo
Pueden vender un carro:
- Cualquier persona natural cubana que figure como propietaria en el Registro de Vehículos.
- Extranjeros con residencia permanente en Cuba.
- Dos o más copropietarios, siempre que todos participen en la firma o autoricen a uno mediante escritura notarial.
Si el vehículo es un bien común del matrimonio, el cónyuge del propietario también debe comparecer o dar autorización expresa.
Quiénes pueden comprar un carro
Pueden comprar:
- Personas naturales cubanas mayores de edad con identificación vigente.
- Extranjeros residentes permanentes.
- Personas jurídicas no estatales, siempre que el vehículo sea para uso autorizado.
El comprador debe declarar la procedencia lícita del dinero y asumir los trámites de inscripción del vehículo una vez concluida la escritura.
Ventas mediante representante o apoderado
Cuando el propietario no puede estar presente en Cuba o no puede asistir a la notaría:
- Puede autorizar a otra persona mediante poder notarial especial para vender el vehículo.
- Ese poder debe otorgarse con los datos exactos del carro y con facultades suficientes para formalizar la operación.
- Si el poder se firma en el extranjero, debe cumplir los requisitos de legalización para que tenga validez en Cuba.
Casos en los que la compraventa no es directa
Hay situaciones en las que la venta requiere un paso previo:
- Herencias: si el dueño falleció, primero debe resolverse la adjudicación legal antes de poder vender.
- Vehículos adquiridos por importación o a entidades: el documento de origen debe estar correctamente inscrito para permitir la transferencia.
- Cambios recientes en la normativa: algunos vehículos procedentes de comercializadoras autorizadas tienen requisitos documentales adicionales.
En resumen, cualquier compraventa entre particulares es posible siempre que intervenga un notario, se cumplan los requisitos legales y se acredite adecuadamente la propiedad del vehículo.
Documentos del vendedor y del vehículo necesarios para hacer la transferencia
Para que una compraventa de vehículo sea válida en Cuba, el vendedor debe demostrar que es el propietario legítimo y que el carro está en condiciones legales para ser transmitido. La notaría no podrá redactar la escritura si falta alguno de estos elementos, por lo que es importante revisarlos con antelación.
A continuación, se detalla todo lo que debe reunir el vendedor antes de solicitar la cita notarial.
Documento de identidad del vendedor
El vendedor debe presentar:
- Carné de identidad, si es ciudadano cubano residente en el país.
- Pasaporte y carné de residencia, si es extranjero residente permanente.
La identidad debe coincidir exactamente con los datos que aparecen en la documentación del vehículo.
Documento que acredite la propiedad del vehículo
Este es el requisito central. El vendedor debe entregar un documento válido que pruebe que es el dueño actual. Puede ser:
- Escritura pública de compraventa anterior.
- Contrato notarial de donación o permuta.
- Documento de adjudicación de herencia o sentencia judicial.
- Contrato emitido por entidad comercializadora autorizada.
- Certificación del Registro de Vehículos donde conste el titular y los datos del carro.
Si el vendedor aparece como propietario en el Registro, pero no conserva los documentos anteriores, la certificación actualizada puede sustituirlos.
Licencia de circulación del vehículo
Se debe presentar la licencia de circulación vigente del carro. En caso de pérdida, el vendedor debe solicitar un duplicado en la oficina del Registro de Vehículos antes de gestionar la escritura.
Pago de impuestos establecidos
Para formalizar la compra, el vendedor debe acreditar que:
- Está al día con los impuestos relacionados con el vehículo.
- En caso de transmisión, corresponde pagar el impuesto aplicable antes de la firma notarial o según indique la notaría.
No presentar el comprobante actualizado puede retrasar o impedir el otorgamiento de la escritura.
Si el vendedor es copropietario o está casado
Cuando el carro pertenece a más de una persona, se debe presentar:
- Documento de identidad de todos los copropietarios.
- Firma de todos en la escritura, o autorización notarial expresa si alguno no puede asistir.
Si el vehículo forma parte de los bienes comunes del matrimonio:
- El cónyuge debe comparecer o autorizar la venta en escritura notarial.
Cuando el propietario está fuera de Cuba
Si el propietario vive en el extranjero o no puede asistir a la notaría:
- Debe otorgar un poder notarial especial donde autorice a un representante a realizar la venta.
- El poder debe incluir datos completos del vehículo y facultades específicas para vender.
- Si el poder se emite fuera de Cuba, debe cumplir con el proceso de legalización correspondiente para que sea válido en el país.
Sin un poder válido, la notaría no podrá autorizar la operación.
Casos especiales
Hay situaciones en las que se requiere documentación adicional:
- Herencias: si el dueño falleció, debe existir una adjudicación de herencia o documento equivalente antes de vender.
- Vehículos con modificaciones técnicas: se deben presentar certificaciones que acrediten la legalidad de los cambios.
- Vehículos no inscritos correctamente: se debe regularizar la inscripción antes de hacer la transferencia.
Documentos del comprador y requisitos que debe cumplir ante la notaría
Aunque el vendedor es quien aporta la mayor parte de la documentación técnica del vehículo, el comprador también debe cumplir requisitos específicos para que la escritura de compraventa pueda otorgarse sin contratiempos. Estos documentos y declaraciones sirven para acreditar identidad, capacidad legal y procedencia lícita del dinero utilizado en la operación.
A continuación, se detallan todos los requisitos del comprador, explicados de forma clara y aplicable a la práctica real en notarías y oficinas de registro en Cuba.
Documento de identidad vigente
El comprador debe presentar:
- Carné de identidad si es ciudadano cubano.
- Pasaporte y carné de residencia si es extranjero residente permanente.
La identidad debe coincidir con la que se registrará como propietario del vehículo en el cambio posterior de titularidad.
Declaración jurada de procedencia lícita del dinero
La notaría exigirá que el comprador declare:
- Que el dinero utilizado para pagar el vehículo proviene de fuentes lícitas.
- Que conoce las responsabilidades fiscales que asume como nuevo propietario.
- Que entiende las obligaciones posteriores de inscripción en el Registro de Vehículos.
Esta declaración es obligatoria y se incorpora directamente en la escritura pública.
Relación de otros vehículos a su nombre
El comprador debe declarar si posee uno o varios vehículos registrados a su nombre. Esto permite a la notaría y al Registro verificar:
- Cantidad de vehículos asociados al contribuyente.
- Posibles obligaciones tributarias o actualizaciones pendientes.
No limita la compra de un nuevo vehículo, pero sí asegura que la información registral esté actualizada.
Estado civil del comprador
Si el comprador está casado y el matrimonio está bajo régimen de comunidad:
- La compra puede implicar la participación del cónyuge.
- En algunos casos, la notaría puede solicitar su presencia o firma para dejar constancia de que conoce la operación.
Si el comprador es soltero o tiene régimen de separación de bienes, bastará con su declaración.
Datos exactos del vehículo que adquiere
El comprador debe conocer y declarar en la escritura:
- Marca, modelo y año.
- Número de motor y chasis.
- Matrícula vigente.
- Estado general del vehículo.
La notaría verificará esta información con los documentos aportados por el vendedor antes de redactar la escritura.
Pago de los gastos de compraventa
Aunque los costos pueden repartirse como ambas partes acuerden, es común que el comprador asuma:
- Gastos notariales.
- Sellos de timbre requeridos.
- Costos de inscripción en el Registro de Vehículos.
Lo importante es que quede aclarado antes de la firma para evitar retrasos.
Obligación de inscribir el vehículo a su nombre
Una vez firmada la escritura:
- El comprador es responsable de acudir al Registro de Vehículos.
- Debe hacerlo dentro del plazo legal establecido.
- Tiene que presentar la escritura, la licencia de circulación anterior y el comprobante del pago de impuestos.
Hasta que no se complete esta inscripción, el cambio de propietario no está formalizado oficialmente, aunque exista la escritura.
Paso a paso de la transferencia ante notario
La notaría es el punto central del proceso de compraventa. Allí se valida la identidad de las partes, los documentos del vehículo y se deja constancia legal de la transferencia. Esta sección explica exactamente qué ocurre antes, durante y después de la firma, para que ninguna de las partes llegue sin preparación o cometa errores que puedan invalidar la operación.
Antes de ir a la notaría: preparativos esenciales
Antes de solicitar o asistir a la cita notarial, vendedor y comprador deben asegurarse de cumplir varios pasos previos:
Revisar toda la documentación
- El vendedor debe tener en orden: documento de identidad, prueba de propiedad del vehículo, licencia de circulación y comprobantes de impuestos.
- El comprador debe tener su documento de identidad y estar listo para la declaración de procedencia lícita del dinero.
Acordar precio y forma de pago
Aunque la operación es libre entre particulares, deben dejar claro:
- El precio final del vehículo.
- Cómo se realizará el pago.
- Qué parte asume los gastos notariales, timbres e inscripción.
Esto evitará rectificaciones en la escritura y retrasos innecesarios.
Confirmar si participan cónyuges o apoderados
- Si el vehículo pertenece a un matrimonio o hay varios titulares, deben estar presentes en la notaría.
- Si el propietario está fuera de Cuba, debe existir un poder notarial especial correctamente legalizado.
Verificar que el vehículo no tenga problemas legales
Antes de la cita es recomendable comprobar:
- Que el vehículo no tenga multas pendientes.
- Que los datos en la documentación coincidan con los del vehículo real.
- Que no haya conflictos de herencia o titularidad dudosa.
En la notaría: así se desarrolla el proceso real
El día de la cita, ambas partes comparecen con sus documentos. El procedimiento suele llevarse a cabo en el siguiente orden:
Verificación de identidad
El notario comprueba que:
- Los documentos de identidad son válidos y coinciden con los datos declarados.
- El vendedor coincide con el titular inscrito en el Registro de Vehículos o en el documento de propiedad.
Revisión de la documentación del vehículo
El notario confirma:
- Que el vehículo está correctamente identificado.
- Que la licencia de circulación corresponde al carro en cuestión.
- Que la propiedad está acreditada de forma legal y sin inconsistencias.
Revisión de impuestos y requisitos fiscales
Antes de redactar la escritura, el notario debe verificar:
- Que el impuesto aplicable a la transmisión ha sido pagado o se pagará según el procedimiento indicado.
- Que no existen impedimentos legales para transmitir la propiedad.
Redacción de la escritura pública
La escritura incluirá:
- Datos completos del vehículo: marca, modelo, matrícula, motor, chasis.
- Identificación de vendedor y comprador.
- Precio declarado y condiciones de pago.
- Declaraciones jurídicas obligatorias, incluyendo procedencia del dinero.
- Participación de cónyuges o apoderados, si corresponde.
Lectura y firma
El notario lee la escritura en voz alta.
Luego firman:
- Vendedor.
- Comprador.
- Cónyuges, si aplica.
- Apoderado, si se utiliza representación.
- El propio notario, que valida el acto.
Con la firma, la transferencia queda formalizada legalmente, aunque aún falta un paso crucial.
Después de la firma: qué debe hacer el comprador
La compraventa no termina en la notaría. Tras firmar:
Entrega de la copia autorizada
El notario entrega al comprador la copia autorizada de la escritura. Este es el documento que permite tramitar el cambio oficial de propietario.
Inscripción en el Registro de Vehículos
El comprador debe acudir a la oficina correspondiente a su domicilio para:
- Inscribir el vehículo a su nombre.
- Entregar la escritura y la licencia de circulación anterior.
- Realizar los pagos correspondientes al registro.
Hasta que este trámite no se complete, el vehículo todavía aparece legalmente a nombre del vendedor.
Actualización de documentos
Una vez aprobado el cambio, el comprador recibe:
- Nueva licencia de circulación a su nombre.
- Documentación actualizada según el procedimiento vigente.
Costos reales de la transferencia de un carro en Cuba
Transferir legalmente la propiedad de un vehículo en Cuba implica varios gastos obligatorios. Algunos se pagan antes de la firma notarial, otros al momento de inscribir el carro a nombre del nuevo propietario. En esta sección se explican de forma clara los costos que deben prever comprador y vendedor, y cómo suelen repartirse en la práctica.
Es importante entender que los montos pueden cambiar según la normativa vigente, la complejidad del caso o los trámites previos que necesite cada parte.
Impuesto por la transmisión del vehículo
Antes de firmar la escritura, es obligatorio pagar el impuesto correspondiente a la transmisión de la propiedad.
Este impuesto se calcula tomando como referencia el valor que se declare en la operación y los parámetros fiscales aplicables al tipo de vehículo.
Sin este comprobante, la notaría no puede autorizar la compraventa.
Sellos de timbre para la escritura notarial
La escritura pública de compraventa requiere sellos de timbre que se adquieren previamente.
El valor del sello depende:
- Del tipo de acto notarial.
- Del valor declarado en la compraventa.
- De si intervienen apoderados o cónyuges (lo que puede añadir trámites adicionales).
Honorarios y tarifas notariales
El otorgamiento de la escritura tiene una tarifa establecida que debe pagarse directamente en la notaría.
Los honorarios pueden variar según:
- La complejidad de la operación.
- El número de personas involucradas (copropietarios o apoderados).
- Si hay que revisar documentación adicional de herencias o adjudicaciones previas.
En la práctica, muchas veces comprador y vendedor acuerdan quién asume estos costos, aunque tradicionalmente los cubre el comprador.
Gastos asociados al Registro de Vehículos
Una vez firmada la escritura, el comprador debe pagar los costos derivados del cambio de propietario:
- Sellos para solicitar la inscripción.
- Actualización de la licencia de circulación.
- Cualquier certificación adicional que solicite la oficina del Registro.
Estos pagos se realizan en la oficina del Registro correspondiente al domicilio del comprador.
Gastos adicionales según el caso
Algunas operaciones generan costos extra, por ejemplo:
- Certificación de propiedad del Registro si el vendedor no la tiene actualizada.
- Duplicado de licencia de circulación si se extravió.
- Legalización de poder notarial si el propietario está en el extranjero.
- Documentos para resolver herencias o adjudicaciones previas.
- Inspección técnica según el estado o historial del vehículo.
Estos gastos no son fijos; dependen de las condiciones particulares de cada vehículo y cada propietario.
Quién paga qué: acuerdos habituales
No existe una regla obligatoria sobre cómo repartir los costos. Sin embargo, en la práctica ocurre lo siguiente:
- El vendedor asume:
- Regularización de documentos previos.
- Pagos atrasados o multas pendientes, si existen.
- Impuestos que recaen sobre la propiedad previa.
- El comprador suele asumir:
- Sellos de timbre.
- Honorarios notariales.
- Gastos de inscripción en el Registro.
- Costos de obtener documentos adicionales para completar su expediente.
Lo importante es que el reparto quede acordado antes de llegar a la notaría para evitar atrasos o rectificaciones en la escritura.
Cambio de propietario en el Registro de Vehículos
La firma en la notaría no es el final del proceso. Para que la compraventa tenga plena validez y el nuevo dueño pueda circular sin problemas, el vehículo debe inscribirse oficialmente a nombre del comprador en la oficina del Registro de Vehículos correspondiente a su domicilio. Mientras ese paso no se realice, el carro seguirá apareciendo legalmente a nombre del vendedor anterior.
A continuación, se detalla cómo funciona este trámite, qué documentos se exigen y cuáles son los tiempos habituales.
Dónde se hace el trámite
El cambio de propietario se realiza en la oficina del Registro de Vehículos del MININT que corresponda al domicilio del comprador.
No se puede escoger una oficina de otra provincia o municipio salvo casos excepcionales donde existan criterios territoriales muy específicos.
Documentos que debe presentar el comprador
Para inscribir el vehículo a su nombre, el comprador debe presentar:
1. Escritura pública de compraventa
- Debe ser la copia autorizada entregada por la notaría.
- Es el documento que prueba la transmisión legal de la propiedad.
2. Licencia de circulación del vehículo
- Se entrega la licencia anterior emitida a nombre del vendedor.
- Si fue extraviada, se debe gestionar un duplicado antes de inscribir.
3. Comprobante de los impuestos pagados
- Debe demostrarse que se cumplió con el impuesto aplicable a la transmisión.
- En algunos casos se requieren pagos adicionales vinculados al registro.
4. Identificación del comprador
- Carné de identidad vigente o documentación equivalente para residentes.
5. Documentos complementarios si aplica
- Certificación del Registro de Vehículos actualizada si la exige la oficina.
- Documento que acredite modificaciones técnicas autorizadas.
- Permisos especiales si el vehículo procede de una entidad comercializadora o fue importado recientemente.
Procedimiento en la oficina
El trámite suele seguir este orden:
- Entrega de documentos en ventanilla y verificación por parte del funcionario.
- Revisión del historial del vehículo, comprobando que no existan impedimentos, deudas o incongruencias.
- Confirmación de la identidad del comprador y relación con la escritura firmada.
- Registro del cambio de titularidad en el sistema interno.
- Emisión de la nueva licencia de circulación, ya a nombre del comprador.
Tiempo estimado del trámite
El plazo puede variar según la oficina, pero en general:
- El comprador debe inscribir el vehículo lo antes posible tras la firma notarial.
- El tiempo de procesamiento depende de la demanda local y de si la documentación está completa.
- Algunos trámites se entregan el mismo día; otros pueden tardar varios días hábiles.
Mientras el vehículo no esté inscrito oficialmente a nombre del comprador, existen riesgos administrativos y legales, por lo que no se recomienda circular sin haber completado esta fase.
Qué pasa si no se inscribe el vehículo a tiempo
No registrar el cambio de propietario puede causar:
- Multas administrativas.
- Dificultades para renovar documentos, pagar impuestos o contratar seguros.
- Problemas si el vehículo sufre un accidente o un hecho delictivo.
- Complicaciones futuras para venderlo nuevamente.
El registro es obligatorio y es el paso que cierra definitivamente la transferencia de propiedad.
Errores frecuentes que pueden retrasar la transferencia
- Declarar un valor muy bajo que no coincide con el precio real y puede generar observaciones en la notaría.
- No inscribir el vehículo en el Registro de Vehículos dentro del plazo establecido.
- Ignorar multas o deudas pendientes del vehículo antes de firmar.
- Usar un poder notarial genérico o mal redactado cuando el propietario está en el extranjero.
- Firmar sin verificar motor y chasis, lo cual puede impedir el registro posterior.
- Comprar sin revisar documentación técnica o modificaciones no autorizadas.
Checklist: qué revisar del vehículo antes de firmar la escritura
Antes de comprometerse en la notaría, el comprador debe verificar cuidadosamente el estado legal y físico del vehículo. Este paso es fundamental porque, una vez firmada la escritura, cualquier problema oculto se convierte en responsabilidad del nuevo propietario. A continuación se presenta un checklist completo con los aspectos que se deben revisar.
Coincidencia de datos del vehículo
Antes de pagar o firmar, verifica que todos los datos coincidan entre el vehículo y sus documentos:
- Número de chasis.
- Número de motor.
- Matrícula.
- Marca, modelo y año.
- Color registrado, si aplica.
Si algún dato no coincide, es indispensable aclararlo y corregirlo antes de la compraventa.
Estado legal del vehículo
Comprobar que el vehículo no tenga:
- Multas de tránsito pendientes.
- Procesos administrativos sin resolver.
- Reportes de pérdida, robo o conflictos judiciales.
- Restricciones o prohibiciones para transmitir la propiedad.
Un problema legal puede detener la escritura o impedir el registro después.
Historial de propiedad y documentos anteriores
Es recomendable revisar:
- Cómo y cuándo se inscribió el vehículo por primera vez.
- Si hubo traspasos previos sin completar.
- Si existe alguna inconsistencia entre documentos antiguos y actuales.
Esto evita sorpresas como herencias sin adjudicar o ventas parciales mal registradas.
Estado técnico del vehículo
Aunque la compraventa es un acto legal, la condición técnica es clave para evitar gastos imprevistos:
- Frenos y sistema de dirección.
- Estado de neumáticos y batería.
- Luces, claxon y sistema eléctrico.
- Fugas o ruidos anormales.
- Prueba de manejo si es posible.
Un técnico o mecánico de confianza puede detectar problemas que no son evidentes a simple vista.
Modificaciones técnicas
Si el vehículo ha recibido:
- Cambios de motor.
- Modificaciones estructurales.
- Adaptaciones no estándar.
El comprador debe confirmar que esos cambios están legalmente autorizados y registrados. De lo contrario, puede enfrentar sanciones o la imposibilidad de inscribir el carro.
Verificación de que no esté comprometido
Antes de firmar la escritura, asegúrate de que el vehículo:
- No esté embargado.
- No tenga litigios pendientes.
- No esté sujeto a medidas cautelares.
Si existe cualquier afectación legal, la transmisión puede ser rechazada.
Prueba final de documentación
Antes de acudir al notario, ambas partes deben asegurarse de que:
- El vendedor tiene todos los documentos originales.
- El comprador entiende qué está firmando.
- No hay discrepancias que obliguen al notario a detener el trámite.
Un pequeño detalle mal revisado puede retrasar o invalidar completamente la operación.
Casos especiales frecuentes en la compraventa de carros en Cuba
Aunque la mayoría de las transferencias se realizan entre un vendedor presente y un comprador dentro del país, existen situaciones particulares que requieren pasos adicionales, documentos especiales o aclaraciones previas para que la notaría pueda autorizar la operación sin contratiempos. A continuación se presentan los escenarios más comunes y cómo manejarlos correctamente.
Cuando el propietario vive fuera de Cuba
Este es uno de los casos más frecuentes. Si el dueño del vehículo no puede estar físicamente en Cuba para firmar, la ley permite que otra persona lo represente, pero con condiciones estrictas:
Cómo se hace correctamente
- El propietario debe otorgar un poder notarial especial donde autorice la venta de ese vehículo en específico.
- El poder debe incluir: datos exactos del carro, facultades explícitas para vender y autorización para firmar la escritura.
- Si el poder se otorga en el extranjero, debe cumplir el proceso de legalización para que sea válido en Cuba.
Problemas que suelen retrasar el trámite
- Poderes mal redactados o demasiado generales.
- Datos incompletos del vehículo.
- Poderes no legalizados según las normas cubanas.
Sin un poder válido, la notaría no podrá autorizar la compraventa.
Ventas entre familiares directos
Es común que padres, hijos, hermanos o cónyuges realicen transferencias de vehículos. Aunque exista confianza, el proceso legal es el mismo:
Aspectos clave
- Debe hacerse mediante escritura pública.
- Se exigen los mismos documentos que en una compraventa regular.
- El precio puede ser simbólico, pero debe declararse y cumplir con los requisitos fiscales.
Por qué no se debe evitar la formalización
Las ventas informales dentro de la familia generan problemas cuando:
- El familiar quiere vender el carro a un tercero.
- Hay fallecimientos y el vehículo no está debidamente traspasado.
- Se requiere demostrar propiedad en un registro o proceso legal.
Vehículos adquiridos por herencia
Cuando el dueño fallece, el vehículo no puede venderse hasta que se concluya la adjudicación legal.
Qué debe hacerse primero
- Completar el proceso legal de herencia.
- Obtener la resolución, escritura o documento que identifique al heredero o herederos como nuevos propietarios.
Errores comunes
- Intentar vender con un documento antiguo donde aún figura el propietario fallecido.
- No inscribir la herencia antes de acudir al notario.
Hasta que el heredero no figure legalmente como propietario, la venta no puede realizarse.
Vehículos con varios copropietarios
Si el carro pertenece a dos o más personas:
- Todos deben estar presentes en la notaría o autorizar a uno mediante poder.
- El precio y la distribución del dinero entre copropietarios deben estar claros.
- Si un copropietario no aparece o no autoriza, el trámite queda detenido.
Vehículos comprados a entidades comercializadoras o importados
Los carros adquiridos bajo programas de importación o en entidades autorizadas necesitan un manejo especial:
Documentos clave
- Factura o documento de compra original.
- Certificados de importación y despacho aduanal, si aplica.
- Documento donde conste que el vehículo fue debidamente registrado a nombre del comprador inicial.
Por qué esto es importante
Si el vehículo no está correctamente inscrito desde su origen, el Registro de Vehículos puede rechazar el cambio de propietario.
Vehículos con modificaciones técnicas
Si el carro tuvo:
- Cambio de motor.
- Sustitución de piezas fundamentales.
- Modificaciones estructurales.
El comprador debe asegurarse de que cada modificación esté legalmente autorizada y registrada. De lo contrario, el Registro puede impedir la inscripción hasta que se regularice.
Casos con conflictos previos
A veces el vehículo tiene antecedentes que complican la venta:
- Reclamos familiares no resueltos.
- Demandas o litigios civiles.
- Bloqueos administrativos.
- Traspasos antiguos sin concluir.
Antes de pagar o firmar, es crucial aclarar cualquier señal de alerta para no heredar problemas del dueño anterior.
Costos reales de la transferencia de un carro en Cuba
Transferir legalmente la propiedad de un vehículo en Cuba implica varios pagos obligatorios. Algunos se realizan antes de firmar la escritura, otros en la notaría y otros durante el proceso de inscripción en el Registro de Vehículos. Conocer estos costos permite planificar la operación sin sorpresas y evitar retrasos.
A continuación encontrarás los precios reales más habituales para este trámite, según las tarifas vigentes para servicios notariales y registrales.
Impuesto por la transmisión del vehículo
Para otorgar la escritura de compraventa, el impuesto aplicable debe estar pagado. El monto depende del tipo de vehículo y del valor que las partes declaren en la operación.
Este impuesto es obligatorio. Si no se presenta el comprobante el día de la firma, la notaría no puede autorizar la escritura.
Sellos de timbre para la notaría
La escritura pública requiere sellos de timbre. Los valores más frecuentes son:
- Sello de 5 pesos para la solicitud del trámite.
- Sellos adicionales cuyo monto varía según el valor declarado del vehículo.
En la práctica, las notarías informan la cantidad exacta de sellos necesarios al revisar la documentación antes de la firma.
Tarifas notariales
El otorgamiento de una escritura de transferencia de propiedad tiene un costo establecido, que varía según:
- El valor del vehículo declarado en la operación.
- Si intervienen apoderados, cónyuges o copropietarios.
- Si la notaría debe revisar documentos adicionales como resoluciones de herencia o adjudicaciones.
Como referencia:
- Una operación sencilla suele partir de tarifas alrededor de los 225 CUP o más, dependiendo de la escritura.
- Si el valor declarado es alto, la tarifa aumenta porque se aplica la escala de actos notariales con valor.
Sellos de timbre para el Registro de Vehículos
Al inscribir el cambio de propietario, el comprador debe presentar:
- Sello de 60 CUP para formalizar el traspaso.
- Sello de 40 CUP para la nueva licencia de circulación, cuando corresponde.
Estos valores se mantienen estables y son obligatorios para completar el proceso.
Costos adicionales según el caso
Hay gastos que no siempre aparecen, pero pueden ser necesarios dependiendo de la situación del vehículo o del propietario:
Poder notarial especial
Cuando el dueño está fuera de Cuba o no puede acudir, el poder notarial tiene un costo adicional. Su precio varía según la complejidad del documento y si se emite dentro del país o en el extranjero.
Duplicados de documentos
Si falta alguno de los documentos obligatorios (licencia de circulación, certificación registral, etc.), hay que obtener duplicados, lo que también implica:
- Pagos adicionales de sellos
- Tiempos de espera.
- Trámites previos a la compraventa.
Certificaciones especiales o trámites previos
Pueden generar costos extra:
- Regularización de documentos antiguos.
- Acreditaciones de modificaciones técnicas.
- Documentos de herencia o copropiedad.
¿Quién paga cada costo?
La ley no obliga a una distribución específica, pero en la práctica ocurre lo siguiente:
El vendedor suele asumir:
- Regularización de documentos previos.
- Pago de multas o pendientes asociados al vehículo.
- Cualquier costo relacionado con su propiedad anterior.
El comprador suele asumir:
- Honorarios notariales.
- Sellos de timbre para la escritura.
- Sellos para el Registro de Vehículos.
- Gastos de actualización de la licencia de circulación.
- Costos derivados de dictámenes técnicos adicionales si son necesarios.
Lo importante es que ambas partes acuerden claramente quién paga qué antes de llegar a la notaría.
Presupuesto estimado para una transferencia básica
Aunque cada caso es diferente, una transferencia sencilla suele incluir:
- Impuestos de transmisión: según valor declarado.
- Sellos de notaría: entre 5 y 20 CUP como base, más los sellos que exija la operación.
- Tarifa notarial: desde aproximadamente 225 CUP, aumentando según el valor del vehículo.
- Sellos para el registro: 60 CUP + 40 CUP.
En la mayoría de los casos, una transferencia simple se puede realizar con un presupuesto operativo de entre 300 y 400 CUP, sin contar el impuesto por transmisión ni gastos adicionales como poderes, duplicados o herencias.
Preguntas frecuentes sobre la transferencia de un carro en Cuba
A continuación, una lista de preguntas y respuestas diseñadas para resolver las dudas más comunes de compradores y vendedores al realizar una compraventa de vehículos entre particulares.
Sí, las partes pueden acordar libremente la forma de pago. Sin embargo, en la escritura notarial se debe declarar un valor en moneda nacional. Lo importante es que ambas partes dejen claro el acuerdo y puedan justificar la procedencia del dinero.
No existe un límite específico para la cantidad de vehículos que una persona puede poseer. Lo que sí debe hacer el comprador es declarar en la notaría cuántos carros tiene registrados a su nombre al momento de la operación.
La propiedad no se actualiza oficialmente. Esto significa que el vehículo sigue apareciendo legalmente a nombre del vendedor.
Además, el comprador puede enfrentar:
Multas.
Problemas para renovar documentos.
Dificultades para vender el vehículo después.
Riesgos legales en caso de accidentes o reclamaciones.
La inscripción es obligatoria.
Sí, siempre que el vendedor otorgue un poder notarial especial donde autorice expresamente la venta del vehículo y faculte al apoderado para firmar la escritura.
El poder debe tener los datos exactos del carro y estar debidamente legalizado si se emite en el extranjero.
Las multas deben ser pagadas antes de completar la transferencia.
Si no se resuelven, la notaría o el Registro pueden detener el proceso.
Sí, pero solo después de que se haya realizado el proceso de adjudicación de herencia.
El heredero debe figurar como propietario en la documentación antes de vender.
No se puede transferir un vehículo directamente desde el nombre de un fallecido.
Los esenciales son:
Documento que acredite la propiedad.
Licencia de circulación vigente.
Identificación del propietario.
Comprobante del impuesto por transmisión (cuando aplica).
Sin alguno de estos documentos, la notaría no podrá autorizar la escritura.
La operación se detiene.
Cualquier discrepancia debe aclararse antes: certificaciones, correcciones o trámites de regularización.
Firmar sin resolver esto puede impedir la inscripción del vehículo.
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