Cubano Sorprendido en Aduana de España en Supuesto Delito de Contrabando

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Recientemente trascendió la retención de un cubano en el Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid – Barajas de España por un supuesto delito de contrabando.

El mismo fue retenido por los guardias civiles de la aduana del país ibérico, luego de que en el control aduanal de entrada le fuesen detectados varios paquetes considerados sospechosos en su equipaje.

Durante la revisión se pudo constatar que este transportaba varias cajetillas de cigarros, así como un total de 224 puros de dos tamaños diferentes, los cuales estaban distribuidos en 4 paquetes envasados artesanalmente.  

Según las declaraciones del cubano, el cual radica desde hace dos años en España, los puros eran de los que se venden en la isla sueltos a 2.00CUP, los cuales no iban a ser usados con fines comerciales sino en rituales de la religión yoruba.

Los agentes le dieron la oportunidad al joven de decidir entre salir de la zona de tránsito del aeropuerto con dos cajas o 50 unidades de los puros, dejando de esta forma el resto decomisada en la instalación, o proceder a firmar un acta de contrabando con las respectivas sanciones que implica

La opción aceptada en este caso fue la primera, ya que según agregó el cubano, no contaba además con los medios económicos suficientes para pagar por este producto.

Desde el año 2022, Cuba permite que los viajeros puedan sacar de la isla como parte de su equipaje y sin necesidad de presentar factura, un total de 20 unidades de tabaco torcido suelto o 50 unidades de los que son torcidos por completo a mano en su estuche original.

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También contemplan que no existe límite en el caso de los puros cuya elaboración es a mano y se usen con fines exportables, en cuyo caso sí deberán estar contenidos en sus envases originales y con la factura establecida oficialmente en la red de tiendas autorizadas al efecto. 

En el caso de España, es permitida la entrada a su territorio, desde fuera de la Unión Europea, hasta 200 cigarrillos o también 100 puros con peso límite de 3g/unidad, o de 50 puros o 250 gramos de tabaco para fumar.

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