Cubanos podrán Optar por la Residencia en Argentina

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Un importante número de cubanos salen del país diariamente en busca de nuevas oportunidades y mejoras económicas, optar por la Residencia en Argentina podría ser una buena opción para los que quieran asentarse en ese país.

Recientemente Argentina ha establecido un Régimen Especial de Regulación Migratoria que puede beneficiar a muchos latinos, incluidos los cubanos.

No son pocos los que a lo largo de estos años han emigrado a la Argentina desarrollando diversas actividades en la esfera económica y social de este país, pero no cuentan con la documentación que exigen las leyes migratorias del país.

Ante esta situación, el Boletín Oficial de este Gobierno, ha publicado el pasado 23 de mayo, una nueva resolución, la 941/2022, con la que emigrantes cubanos y de naciones del CARICOM podrán optar por residencia argentina.

El Régimen Especial de Regulación Migratoria para Extranjeros Nacionales de Países Miembros del CARICOM, República Dominicana y la República de Cuba, entrará en vigencia a partir de los diez días de la publicación en el Boletín Especial.

El plazo para acogerse a esta norma jurídica se extenderá por 90 días a partir de la fecha de entrada en vigor.

Para acogerse a esta ley, el cubano debe estar en Argentina con anterioridad a la publicación de la medida en el Boletín Especial.

Solo así los aprobados podrán optar por una residencia temporal al amparo del artículo 23 inciso m) de la Ley No. 25.871, con autorización de permanecer en el país por el término de tres años.

Los interesados deberán obtener un turno ante la Dirección Nacional de Migrantes.

¿Qué documentos se deben presentar?

Para optar por este tipo de residencia en Argentina, el día de la cita se deben aportar los siguientes documentos:

  • Pasaporte vigente o Certificado de Nacionalidad validado por un Consulado de Argentina en su país de origen
  • Constancia del último ingreso legal a Argentina, que demuestre la fecha anterior a la entrada en vigencia de la Disposición. En caso de no contar con constancia de ingreso legal, deberá manifestar la fecha y lugar de ingreso al país, teniendo ésta carácter de Declaración Jurada.
  • Residencia de hecho.
  • Certificado de carencia de antecedentes penales en Argentina.
  • Certificado de carencia de antecedentes penales del país donde residió al menos UN (1) año durante los últimos TRES (3) años anteriores.
  • Declaración Jurada que acredita Domicilio en el país.
  • Y comprobante de pago de la tasa correspondiente.
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