Un problema real que ha afectado a millones de familias cubanas a lo largo de los años es precisamente la migración, la cual ha experimentado un aumento descontrolado en los últimos años debido a la crisis económica que sufre el país.
No pocos son los controles y las políticas existentes para frenar la ola migratoria ilegal desde Cuba a otros países, sin embargo, no ha sido suficiente. Este viernes, en el marco de la Asamblea Nacional del Poder Popular, se dio a conocer una nueva Ley de Migración.
El encargado de dar a conocer la Ley fue el primer coronel Mario Méndez Mayedo, jefe de la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería (DIIE) perteneciente al Minint.
En los datos aportados por el funcionario, solo en los últimos 10 años suman más de 2 millones la cantidad de cubanos que han viajado al exterior en varias ocasiones de manera permanente, mientras que la cifra de residentes en países extranjeros supera actualmente los 3 millones de personas, la mayor parte de estos, según comenta Méndez, mantienen su ciudadanía natal.
Otros datos arrojados por el coronel figuran que las dos ciudadanías que más presentan los cubanos en el exterior son precisamente la española y la norteamericana, siendo estos dos países junto a México los principales asentamientos de cubanos fuera del país, además, agregó que casi un millón de los pasaportes solicitados en los consulados cubanos se encuentran vigentes en la actualidad.
Entre los principales aspectos en los que el país se encuentra atrasado en su política migratoria, el funcionario destacó el límite de 2 años para permanecer en el exterior sin perder la residencia, el concepto de residente nacional, que no es el más adecuado al contexto que se vive en el país, la inexistencia de una legislación específica que desarrolle por completo el tema de la ciudadanía, así como la falta de un tratamiento adecuado a las personas que adquieren más de una ciudadanía.
Precisamente hace un par de semanas, la prensa comunicaba la eliminación de los 24 meses como tiempo máximo de estancia en el extranjero sin pérdida de la ciudadanía, por lo tanto, todo cubano que haya dejado el país después del 2013 y haya regresado en algún momento determinado, tiene derecho a mantener su residencia.
Según las autoridades, lo que se busca es la implementación de un sistema migratorio que sintetice la experiencia de los más de 45 años de legislación migratoria que existen en el país, así como una actualización de esta a los tiempos modernos que se viven, fortaleciendo los vínculos del Estado cubano con los ciudadanos que residen en el exterior desde su condición máxima de cubanos ante todo.
Esta ley cuenta con 53 propuestas aceptadas entre las 67 que se hicieran en la Asamblea, así como otras que se recibieron vía correo electrónico, consulados y otras oficinas de trámites migratorios. Se trata de una actualización de la Ley 1321 existente desde 1976, juntando a esta los decretos leyes 302 y 327 del año 2012 y 2015 respectivamente.
En su primer artículo, se ratifica esta propuesta como la única reguladora de los procesos migratorios de la isla y sus habitantes, con el objetivo de lograr una migración ordenada, legal, regulada y segura que se corresponda con los tratados internacionales. Esta, además, se aplica para ciudadanos extranjeros mientras radiquen en el país.
Sus objetivos, según comentó la autoridad, se basan en:
La ley, figura que es una obligación del Ministerio del Exterior brindar asistencia consular a los cubanos que radican fuera del país y a los extranjeros sujetos al cumplimiento de la Ley de Extranjería.
Figura además en el artículo 22, que las personas que deseen adquirir la residencia efectiva migratoria en Cuba deben radicar al menos un año en el país, y de no ser esto posible, pero aun así estar interesado en obtenerla, pueden apelar a ella mediante acciones que demuestren su interés de vivir en el país, y para conservar esta, la persona debe mantenerse bajo las condiciones en las que le fue otorgada.
Para los ciudadanos cubanos que residen en el exterior se dan las categorías de “residente en el exterior”, que no es más que aquellas personas que mantienen la mayor parte de su tiempo en territorio extranjero pero que aun así conservan su residencia en el país, “emigrado”, para aquellos que ya tenían esta condición anterior a la implementación de la nueva ley, e “inversores de negocios”, para aquellos que participan en el modelo económico cubanos mediante las medianas y pequeñas empresas.
En el texto, también se expresa que estos ciudadanos tienen derecho pleno sobre sus bienes en la isla así como a su disfrute y libre disposición. También, legisla que aquel que renuncie a su ciudadanía cubana será visto ante la ley como extranjero, por lo cual se verá sujeto a la ley visto de esa forma.
Entre los derechos que tienen los residentes cubanos en el exterior se encuentran el de viajar libremente a la isla, transitar, permanecer, salir y entrar en cualquier momento, así como solicitar la reunificación de su familia en el país donde resida.
Estos, además, se encontrarán bajo los derechos y deberes que recoge la constitución para con los ciudadanos cubanos, y sujeto a las leyes y normativas que rigen el comportamiento de todas las personas dentro de la isla, no existe una ley especial por residir fuera del territorio nacional.
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