¿Eres cliente de gas licuado de petróleo en Cuba? Te contamos que la empresa CUPET ha modificado el reglamento para este vital servicio a la población. En este artículo te damos todos los detalles que debes conocer al respecto.
En una publicación en Facebook, la comercializadora de combustibles en Cuba, CUPET, informó que estos cambios responden a la estrategia de la isla para potenciar el uso eficiente de la energía y los combustibles.
Estas adecuaciones también responden a la política migratoria del país, ya sea por salidas definitivas o temporales de los clientes del país.
Indice
¿Cuáles son los principales cambios?
El nuevo reglamento está contenido en la Resolución No. 18/2025, que fue aprobada por Edrey Rocha González, Director General de CUPET.
La Unión Cuba Petróleo establece que si el titular del contrato está fuera del país de manera temporal y quedan miembros de la familia en la vivienda, el servicio se mantiene por dos años.
Si el titular se queda en el exterior se procede a tramitar el contrato a nombre de otro habitante de la casa.
Para hacer efectivo ese traspaso es necesario presentar ante la Casa Comercial u oficina de Trámites de CUPET, un documento de Inmigración y Extranjería que declare que el titular del contrato reside en otro país.
Si entre los convivientes del hogar no llegan a un consenso, se otorgará el derecho al contrato a quien tenga la propiedad de la vivienda a su nombre.
Si coincidiera con el titular que emigró, entonces se establece un orden de prioridades sanguíneas, dígase cónyuge, padre, hijo, hermano, abuelo, nieto, tío, sobrino, primo, suegro y cuñado, en ese orden.
Si el actual titular ya reside en el extranjero
En este caso se realiza contrato a nombre de otro familiar de manera provisional por dos años, debe coincidir con el jefe de núcleo de la tarjeta de abastecimiento.
Igualmente procede para quien viva en el domicilio, aunque no sea familiar del titular del contrato. Ese servicio será otorgado de manera excepcional sin estar obligado a presentar libreta de abastecimiento.
Luego de dos años ese contrato puede prorrogarse 12 meses más. Al finalizar este período si el titular del contrato no quiere renunciar a su derecho de propietario del servicio, el mismo quedará en calidad de depósito de CUPET hasta su regreso al país.
Si expresa conformidad con ceder la titularidad del contrato a otra persona, ese documento de propiedad se tramitará de provisional a definitivo. Para concretar ese proceso debe presentar la solicitud por escrito ante la Casa Comercial u Oficina de Trámites de la entidad, según corresponda en su caso.
Si el titular del contrato está sancionado en prisión
En este caso, si está recluido en un centro penitenciario o bajo medida cautelar de prisión provisional, el contrato quedará en estado pasivo y se reactivará cuando extinga su sanción privativa de libertad. Esto solo aplica para esos titulares que residan solos en la vivienda.
Si habitan otros familiares en la vivienda, se hará contrato provisional para mantener el servicio a nombre de uno de ellos. Esta medida temporal concluye cuando el titular oficial cumpla su sanción o se modifique por una sin internamiento.
Cuando no vivan familiares en la casa y algún allegado se encargue del cuidado del inmueble, puede acceder a este beneficio temporal sin presentar libreta de abastecimiento.
En caso de mudanza o traslado a otro sitio de residencia
Las personas que posean un contrato activo para la venta de gas licuado liberado podrán trasladarlo hacia cualquier municipio o provincia del país.
Se le mantiene al titular la entrega semestral de este producto, a quienes tienen esta modalidad del servicio, siempre que exista disponibilidad en el municipio adonde se trasladen.
Cesión de titularidad
Quienes tengan contrato de dos cilindros de 10 kg podrán ceder ese derecho a un familiar hasta el cuarto grado de consanguinidad: padres, hijos, hermanos, abuelos, nietos, bisabuelos, bisnietos, tíos, sobrinos, primos, sobrinos nietos y tíos abuelos.
También a quienes tengan segundo grado de afinidad: cónyuge, hijos políticos, suegros, abuelos del cónyuge y cuñados.
En este caso se gesta un nuevo contrato a favor de la persona beneficiada con esta cesión de titularidad.
Venta de la vivienda
Si el titular del servicio de gas licuado vende su vivienda y no traspasa ese contrato al nuevo propietario o hacia la residencia donde se mudará, de ser el caso, CUPET hará un contrato provisional al nuevo morador del inmueble por dos años.
En ese término el propietario del servicio debe ejercer ese derecho de traslado o cesión de titularidad. De no hacerlo, quedará definitivamente a nombre del propietario de la vivienda, transcurridos dos años.
Al cierre de la nota informativa la Empresa Cuba Petróleo resalta que recogerá el cilindro y cerrará el contrato de los clientes que no cumplan con lo establecido en el nuevo reglamento.
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