
Desde el 1 de enero de 2026 comenzó a aplicarse en Cuba un ajuste clave para propietarios y poseedores de vehículos: cambiaron las cuotas del Impuesto sobre el Transporte Terrestre. Esto no es un detalle menor. Para muchas personas, este impuesto se paga “como rutina” una vez al año, pero con las nuevas cuantías conviene entender dos cosas desde el inicio: cuánto toca pagar según tu tipo de vehículo y qué beneficios puedes aprovechar si pagas temprano o por vía electrónica.
El cambio forma parte de las disposiciones asociadas al Presupuesto del Estado para 2026, que actualiza los importes del impuesto según la clasificación del vehículo. En la práctica, esto significa que ya no basta con “saber que hay que pagar”, sino que necesitas ubicar tu medio de transporte en el grupo correspondiente (por ejemplo, motocicletas, autos de hasta cinco asientos, camionetas, ómnibus o camiones por peso bruto) para conocer la cuota exacta.
Además, el calendario y los incentivos importan. El impuesto es anual y tiene un término voluntario que vence el 30 de septiembre. Pero también se mantiene un estímulo por pronto pago: si liquidarás el impuesto hasta el 28 de febrero de 2026, puedes obtener una bonificación del 5% sobre la obligación tributaria. Y, como incentivo adicional, el pago electrónico aplica un descuento del 3%. Son porcentajes que, sumados, pueden marcar diferencia, sobre todo para quienes tienen vehículos con cuotas más altas.
Indice
El Impuesto sobre el Transporte Terrestre es un tributo anual que deben pagar en Cuba las personas naturales y jurídicas que sean propietarias o poseedoras de vehículos terrestres registrados oficialmente. No se trata de un pago por uso ni por circulación diaria, sino de un impuesto asociado a la tenencia del medio de transporte, independientemente de que el vehículo se utilice con frecuencia o permanezca parado durante parte del año.
Este impuesto forma parte del sistema tributario vigente y se liquida una vez al año, tomando como referencia el tipo de vehículo, su capacidad, su peso bruto o su clasificación técnica, según corresponda. La obligación nace desde el momento en que el vehículo está debidamente inscrito en los registros establecidos y se mantiene mientras conserve esa condición.
Deben pagar el impuesto:
La obligación no depende de si el vehículo genera ingresos o se usa con fines personales. Un auto de uso familiar, una motocicleta particular o un camión de trabajo están sujetos al impuesto mientras estén legalmente registrados.
El impuesto alcanza a la mayoría de los medios de transporte terrestre motorizados, entre ellos:
Cada uno de estos grupos tiene asignada una cuota anual específica, que para 2026 fue actualizada y reorganizada en nuevas escalas.
Sí. El impuesto es obligatorio y recurrente, y debe pagarse cada año fiscal dentro del plazo establecido. El período voluntario de pago se extiende desde el inicio del año hasta el 30 de septiembre, y el incumplimiento puede generar recargos, multas y otras consecuencias administrativas.
Por esa razón, conocer con exactitud si estás obligado a pagar, en qué categoría cae tu vehículo y cuál es la cuota vigente en 2026 es clave para evitar errores y pagos fuera de término.
A partir del 1 de enero de 2026, entraron en vigor nuevas cuotas para el Impuesto sobre el Transporte Terrestre, lo que supone una actualización directa de los importes que deben pagar los propietarios y poseedores de vehículos en Cuba. El cambio no altera la naturaleza del impuesto ni su carácter anual, pero sí modifica las cuantías según el tipo y la clasificación del vehículo.
Este ajuste busca ordenar y unificar los pagos en función de criterios técnicos más claros, como la cantidad de asientos en los vehículos de pasajeros o el peso bruto en el caso de los vehículos de carga. Por eso, una de las novedades prácticas más importantes en 2026 es que el contribuyente debe identificar correctamente la categoría en la que se encuentra su vehículo antes de pagar.
El principal cambio consiste en la actualización de las tarifas fijas que se aplican a cada grupo de vehículos. En 2026:
Esto significa que dos vehículos similares pueden pagar cuotas distintas si pertenecen a categorías diferentes, incluso cuando su uso sea parecido.
Aunque las cuotas cambian, el sistema mantiene incentivos económicos para quienes cumplen temprano con la obligación tributaria:
Estos beneficios son acumulables y se aplican directamente sobre el importe a pagar, por lo que conviene planificar el pago dentro de los primeros meses del año si se desea reducir el monto final.
En cuanto al calendario, se mantiene la estructura habitual:
Es importante aclarar que:
Las cuotas del Impuesto sobre el Transporte Terrestre para 2026 están organizadas por categorías de vehículos, atendiendo a su uso, capacidad o peso bruto. Identificar correctamente el grupo al que pertenece tu vehículo es clave para pagar el importe exacto y evitar errores.
A continuación, te detallo las cuotas anuales vigentes en 2026, explicadas de forma clara y ordenada.
Las motocicletas mantienen cuotas diferenciadas según su configuración:
Estas cuotas aplican tanto a motocicletas de uso personal como a las registradas a nombre de personas jurídicas, siempre que no estén incluidas en una exención específica.
En el caso de los vehículos destinados al transporte de personas, el criterio principal es la cantidad de asientos:
Esta clasificación incluye vehículos de uso familiar, particular o administrativo, independientemente de que se utilicen o no de forma regular durante el año.
Los medios de transporte de mayor capacidad destinados al traslado de pasajeros se agrupan en una misma categoría:
La cuota es fija y no depende del número exacto de asientos, sino de la clasificación general del vehículo dentro de este grupo.
Para los vehículos destinados al transporte de carga, el impuesto se calcula según el peso bruto en toneladas, aplicando tramos progresivos. Las cuotas vigentes en 2026 son las siguientes:
En estos casos, el cálculo final depende del peso bruto autorizado del vehículo, por lo que es importante revisar la documentación técnica antes de pagar.
Antes de realizar el pago del impuesto en 2026, conviene comprobar:
Un error en la identificación de la categoría puede llevar a pagar de menos o de más, lo que después puede generar trámites adicionales.
Aunque el Impuesto sobre el Transporte Terrestre es obligatorio para la mayoría de los propietarios y poseedores de vehículos en Cuba, no todos los medios de transporte están sujetos al pago. La normativa vigente contempla exenciones específicas y tratamientos especiales que es importante conocer para no pagar indebidamente un impuesto que no corresponde.
En 2026, están exentos del pago del impuesto los siguientes tipos de vehículos:
En estos casos, la exención se aplica por la función social o de servicio público que cumple el vehículo, no por su valor ni por su antigüedad.
Existen situaciones en las que el vehículo no queda totalmente exento, pero recibe un tratamiento específico dentro del sistema tributario:
En estos supuestos, la cuota a pagar depende de cómo esté registrado oficialmente el vehículo, no de su uso real en el día a día. Por eso, dos vehículos iguales pueden tributar distinto si están inscritos bajo categorías diferentes.
Un punto que genera dudas frecuentes es si se debe pagar el impuesto cuando el vehículo:
La respuesta general es que el impuesto se mantiene mientras el vehículo esté registrado. La falta de uso no elimina la obligación tributaria. Para dejar de tributar, deben cumplirse procedimientos formales, como la baja del registro, según corresponda.
Si el vehículo se vende, transfiere o da de baja, es importante tener en cuenta:
Por eso, antes de vender o comprar un vehículo, conviene verificar si el impuesto está al día.
El pago del Impuesto sobre el Transporte Terrestre en Cuba se realiza de forma anual y debe efectuarse siguiendo los canales habilitados por la administración tributaria. Conocer el procedimiento correcto es clave para evitar errores, retrasos o recargos innecesarios.
El impuesto puede pagarse a través de las oficinas municipales de la administración tributaria, así como por las vías electrónicas autorizadas. El pago queda registrado a nombre del contribuyente y del vehículo correspondiente.
En todos los casos, el pago debe identificarse con el código del tributo del transporte terrestre, que permite que la obligación se impute correctamente en el sistema.
En 2026, el sistema mantiene la posibilidad de realizar el pago de forma electrónica, una opción cada vez más utilizada por su rapidez y comodidad. Este método no solo agiliza el trámite, sino que además ofrece un descuento adicional del 3% sobre el importe del impuesto.
El pago electrónico es válido siempre que se realice por los canales habilitados y se introduzcan correctamente los datos del contribuyente y del vehículo.
Quienes prefieran o necesiten realizar el trámite de manera presencial pueden hacerlo en las oficinas correspondientes, cumpliendo con los procedimientos habituales. En estos casos, es importante:
Antes de realizar el pago, conviene verificar y tener disponibles:
Una revisión previa evita errores que luego pueden requerir correcciones administrativas.
Una vez realizado el pago, es fundamental:
Este comprobante puede ser necesario para trámites posteriores relacionados con el vehículo.
Conocer el calendario del Impuesto sobre el Transporte Terrestre es tan importante como saber cuánto debes pagar. En 2026, se mantienen fechas claras, descuentos por cumplimiento temprano y consecuencias para quienes no pagan dentro del plazo establecido.
Para el año 2026, el cronograma del impuesto es el siguiente:
Cumplir dentro de estos plazos permite organizar mejor el gasto y evitar problemas posteriores.
El sistema tributario mantiene dos incentivos económicos importantes:
Estos beneficios pueden acumularse, lo que reduce el monto final a pagar. Para muchos contribuyentes, especialmente quienes poseen vehículos con cuotas más elevadas, esta diferencia no es menor.
El incumplimiento del pago dentro del período voluntario puede generar:
Aunque el vehículo no se utilice durante el año, la obligación se mantiene mientras esté registrado.
Para evitar contratiempos:
Planificar el pago con antelación es la forma más sencilla de cumplir sin sobresaltos.
Sí. El impuesto se paga por la tenencia del vehículo, no por su uso. Mientras el medio de transporte esté registrado oficialmente, la obligación se mantiene, aunque el vehículo no circule o esté fuera de servicio.
El impuesto corresponde al titular registrado en el período fiscal. Para que la obligación cambie de persona, la transferencia debe quedar formalmente inscrita. Si el impuesto no está al día, pueden generarse atrasos que afecten el trámite.
No. El impuesto sobre el transporte terrestre se paga en un solo pago anual, dentro del plazo establecido.
Un pago incompleto puede considerarse insuficiente, lo que genera diferencias pendientes, recargos y la obligación de regularizar el importe correcto.
La categoría se determina según los datos técnicos del registro oficial, como la cantidad de asientos o el peso bruto autorizado. Estos datos aparecen en la documentación del vehículo.
Sí, siempre que el pago se realice dentro del período de bonificación y por la vía correspondiente. No es necesario solicitarlos aparte.
El incumplimiento genera recargos, multas y deudas acumuladas que deben saldarse antes de realizar trámites como transferencias, bajas o actualizaciones del registro.
Sí. Mientras estén registrados como vehículos terrestres, tributan según su clasificación, independientemente del tipo de energía que utilicen.
Sí. Es recomendable conservar el comprobante durante todo el año fiscal, ya que puede ser necesario para verificaciones o trámites posteriores.
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