
Viajar a Cuba con equipaje acompañado, regalos o artículos para la familia es algo cada vez más común entre quienes residen en el exterior o regresan temporalmente al país. Sin embargo, al momento de entrar por el aeropuerto o por otra terminal, muchos viajeros se encuentran con el mismo problema: no saben si deben declarar, qué valor darle a sus artículos o qué pasa si llevan más de lo permitido. Esto puede generar demoras, pagos inesperados e incluso el decomiso de determinados bienes.
Para evitarlo, es necesario conocer cómo funciona la declaración de bienes en la Aduana de Cuba, quiénes están obligados a hacerla, cuáles son los límites libres de impuestos y qué herramientas existen hoy, como la plataforma D’Viajeros, para adelantar el trámite antes de llegar.
En esta guía explicamos el proceso paso a paso, con ejemplos prácticos y orientado a quienes viajan con artículos de valor, electrodomésticos, misceláneas en cantidad o mercancía que pudiera considerarse de carácter comercial.
Indice
Toda persona natural que ingrese al territorio cubano puede hacerlo con equipaje acompañado, bienes personales o artículos destinados a familiares. Sin embargo, no todos los viajeros están exentos de declarar. La normativa vigente establece claramente quiénes deben llenar el formulario de declaración y presentar sus bienes para revisión.
Un viajero debe realizar la declaración aduanera si cumple con alguna de las siguientes condiciones:
En estos casos, el viajero debe llenar el formulario de declaración y presentarlo ante los funcionarios al llegar al aeropuerto o puerto de entrada.
No están obligados a declarar quienes transporten:
Aun así, es recomendable conservar las facturas o comprobantes de compra de los artículos más costosos, para evitar confusiones en la valoración al momento de la inspección.
Declarar los bienes en la Aduana de Cuba es un proceso que puede resultar sencillo si el viajero se prepara con antelación y sigue las etapas establecidas. A continuación, se explica cada paso de manera detallada para garantizar un trámite rápido y sin contratiempos.
Antes de abordar el vuelo, es importante revisar con detenimiento la lista de artículos permitidos y los valores de referencia que aplica la Aduana. Esto ayuda a evitar imprevistos al llegar.
Por ejemplo, un televisor de 32 pulgadas puede tener un valor de referencia de 250 USD, mientras que un refrigerador doméstico puede alcanzar los 300 USD.
También conviene separar los objetos personales de aquellos destinados a terceros o con fines no estrictamente familiares.
Al ingresar al país, los viajeros deben llenar el Formulario de Declaración de Aduana.
En él se consignan los datos personales, el número de vuelo o embarcación, la relación de bienes transportados y el valor aproximado de cada artículo. Este formulario puede solicitarse en papel al arribar o completarse de manera digital mediante la plataforma D’Viajeros, que se explicará más adelante.
El viajero debe entregar:
Durante la revisión, los funcionarios comparan los valores declarados con los listados de referencia y verifican que los bienes coincidan con lo descrito.
El agente aduanero puede solicitar abrir el equipaje para comprobar la naturaleza, cantidad o valor de los artículos.
En caso de diferencias significativas entre lo declarado y lo encontrado, se aplicarán las correcciones o sanciones correspondientes.
Si los artículos exceden los límites establecidos, el funcionario determinará el monto a pagar por derechos arancelarios.
Los primeros 30 USD o 3 kg de misceláneas están exentos del pago de impuestos. A partir de ese límite, se aplica una tarifa del 30 % sobre el valor excedente.
El pago se realiza directamente en el punto de control aduanero y puede hacerse en moneda nacional o mediante las formas de pago autorizadas. Una vez realizado el abono, el viajero recibe un comprobante oficial con el detalle de los bienes declarados y los importes pagados.
El comprobante que emite la Aduana certifica que el viajero cumplió con la declaración y el pago correspondiente.
Se recomienda conservarlo durante toda la estancia en Cuba, especialmente si los bienes importados serán registrados, instalados o revendidos posteriormente.
Desde finales de 2022, Cuba implementó el sistema D’Viajeros, una plataforma digital diseñada para facilitar la entrada al país y reducir el tiempo de espera en los puntos de control. A través de este sistema, los pasajeros pueden realizar su declaración aduanera, sanitaria y migratoria en línea antes de llegar, lo que agiliza de forma significativa el proceso al arribo.
D’Viajeros es un portal electrónico oficial que permite a los viajeros registrar sus datos personales, el motivo del viaje, los bienes que transportan y los valores declarados. Su uso se ha vuelto cada vez más extendido, especialmente entre quienes ingresan con equipaje voluminoso o artículos de alto valor.
El sistema genera un código QR único, que funciona como comprobante digital y se presenta directamente al personal de Aduana al llegar al aeropuerto.
La Aduana de Cuba establece límites claros sobre los valores exentos de impuestos y las tarifas que se aplican a los artículos que superen esos montos. Conocer estos límites antes del viaje es fundamental para evitar sanciones, demoras o pagos inesperados al llegar al país.
Cada viajero tiene derecho a importar hasta 30 USD en valor o 3 kilogramos de misceláneas sin pagar aranceles. Dentro de este rango se consideran artículos de uso personal, ropa, calzado, alimentos o productos de aseo.
Una vez superado ese límite, se debe abonar un impuesto sobre el excedente.
El pago de derechos arancelarios se calcula aplicando una tarifa del 30 % sobre el valor excedente de los bienes declarados.
Este cálculo se basa en los valores de referencia oficiales, que sirven de guía para determinar el monto estimado de cada artículo, incluso cuando el viajero no presenta factura.
Por ejemplo:
La Aduana clasifica ciertos bienes con valores estándar para unificar criterios. Entre ellos destacan electrodomésticos, equipos tecnológicos y misceláneas.
A continuación, una tabla con ejemplos orientativos:
#advanceampadstable0#Se aconseja no fraccionar el equipaje entre varios acompañantes con el fin de evitar superar los límites permitidos, ya que las autoridades pueden considerar esta práctica como intento de evasión.
Asimismo, los valores de referencia pueden actualizarse periódicamente, por lo que es recomendable revisarlos antes de cada viaje.
Comprender cómo se calculan los impuestos y qué situaciones suelen presentarse en los puntos de control aduanero puede ayudar a los viajeros a evitar errores. A continuación, se presentan dos casos prácticos que ilustran cómo aplicar los límites, tarifas y procedimientos al momento de declarar.
Un viajero llega a Cuba con los siguientes bienes:
Cálculo del impuesto:
El valor total de los artículos es 550 USD.
Se descuentan los 30 USD exentos.
El excedente queda en 520 USD, sobre el cual se aplica la tarifa del 30 %.
Monto a pagar: 156 USD.
En este caso, el viajero debe presentar las facturas o justificar los valores declarados, abonar el importe correspondiente y conservar el comprobante emitido por la Aduana. Los artículos serán registrados con su descripción y número de serie.
Otra pasajera transporta 10 kilogramos de ropa y calzado, artículos considerados misceláneas.
La Aduana permite 3 kilogramos exentos de impuesto, por lo que hay un excedente de 7 kilogramos.
El valor de referencia de las misceláneas es de 10 USD por kilogramo, lo que equivale a 70 USD de exceso.
Se aplica la tarifa del 30 % sobre ese monto.
Monto a pagar: 21 USD.
Esta situación es frecuente entre viajeros que llevan regalos familiares o donaciones, por lo que es recomendable pesar y valorar las misceláneas antes del viaje para conocer con precisión el monto estimado.
Un estudiante cubano residente en el extranjero viaja con una laptop de 250 USD y un teclado adicional de 20 USD.
El valor total asciende a 270 USD.
Restando los 30 USD exentos, el excedente es de 240 USD.
El impuesto del 30 % equivale a 72 USD.
El estudiante paga ese monto en el aeropuerto y obtiene su comprobante, lo que le permite ingresar ambos equipos sin inconvenientes.
A continuación se responden las dudas más comunes de los viajeros que ingresan a Cuba con bienes personales, regalos o artículos de valor. Estas preguntas reflejan las situaciones más habituales que pueden presentarse en el control aduanero y las mejores prácticas para evitar inconvenientes.
Si un viajero omite declarar un artículo que por su valor o cantidad se considera de carácter comercial, la Aduana puede decomisar el bien y aplicar sanciones económicas. En los casos más graves, la falta puede derivar en multas o la pérdida del derecho a importar temporalmente.
En general, se permite ingresar hasta dos unidades del mismo tipo de artículo cuando se trate de equipos electrodomésticos, tecnológicos o electrónicos. Superar esa cantidad puede interpretarse como importación con fines comerciales y requerir autorización adicional o pago de mayores aranceles.
Sí, siempre que sean para uso personal y en cantidades razonables. En el caso de fármacos controlados o de prescripción, es obligatorio presentar la receta médica o un documento que justifique su necesidad terapéutica.
Se agrupan bajo esta categoría artículos como ropa, calzado, alimentos, utensilios domésticos, artículos de aseo y productos similares. La Aduana aplica un valor promedio de 10 USD por kilogramo para calcular los posibles aranceles.
No. La declaración debe realizarla el titular del equipaje o del pasaporte que porta los bienes. Si otra persona viaja con objetos pertenecientes a un tercero, se considerará que son de su propiedad a efectos de la revisión y del pago de impuestos.
El viajero debe guardar el comprobante de pago y la declaración aduanera firmada, ya que ambos certifican que los bienes fueron legalmente ingresados. Estos documentos pueden ser solicitados posteriormente en caso de inspecciones o reclamaciones.
Si el funcionario determina que el valor real de un bien es superior al declarado, se aplicará el valor de referencia oficial para calcular el impuesto. El viajero tiene derecho a solicitar una revisión, pero debe abonar el monto correspondiente mientras se resuelve la discrepancia.
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