El inicio de la historia de la Constitución de Cuba se remota al año 1812, aunque posteriormente se redactaron varias cuando la nación se declaró república.
Antes de seguir accede a continuación si lo que quieres es saber sobre el actual Proyecto de Constitucion Cubano del 2018
El constitucionalismo cubano actual es sucedido por varias Constituciones Mambisas o de La República en Armas.
Culminando en la redactada en 1976 que tras modificaciones posteriores es la que se ha mantenido vigente.
Para comprender mejor todo lo relacionado con este tema comencemos por entender que significado tiene esta palabra.
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Indice
El término Constitución proviene de la unión de dos palabras latinas “cum” y “stature”, que significan “con y establecer” respectivamente.
Es considerada la ley suprema o madre de todas las normas de un Estado mediante la cual se rigen una serie de elementos.
Estos elementos incluyen el funcionamiento, organización, estructura política, además de deberes y derechos de los ciudadanos.
La Constitución también llamada Carta Magna es el resultado del poder constituyente ejercido por el pueblo.
Es la encargada además de distinguir una nación políticamente organizada del resto de los estados y por lo general suele ser escrita.
Las normas establecidas por la misma actúan de acuerdo a los poderes constituidos entre el Estado y la sociedad, el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo y Poder Judicial.
Se trata de un órgano político representativo de la mayoría y la minoría, es el encargado de hacer las leyes, entre otras funciones.
En el caso de Cuba el Poder Legislativo recibe el nombre de Asamblea Nacional del Poder Popular.
Consiste en encargarse de todas las funciones políticas y Administrativas del Estado. Este comparte el mando con los otros dos poderes, el legislativo y el judicial.
En la República de Cuba el máximo órgano ejecutivo y administrativo es el Consejo de Ministros.
Por su parte el Poder Judicial es el encargado de aplicar las leyes generales que son dictadas por el Poder Legislativo.
Tiene la misión de administrar la justicia en un Estado y es de vital importancia que sea totalmente independiente del poder político.
El Tribunal Supremo Popular es la institución de máxima autoridad judicial en La Mayor de Las Antillas.
Las constituciones cubanas en su totalidad se encuentran divididas en tres grupos debido al estado (transición del sistema político) de la nación desde principios del siglo XIX.
En un primer grupo se encuentran las Constituciones Coloniales ya que la isla fue una de las colonias de España
Luego con autonomismo e independentismo se establecieron nuevas Constituciones de La República en Armas y posteriormente las Constituciones de la República.
Entre las Constituciones Coloniales se encuentra la de Cádiz redactada en 1812 durante la ocupación española.
La misma contenía un total de 384 artículos a través de los cuales resaltaba la importancia de la soberanía nacional y hacía hincapié en la intolerancia religiosa católica.
Al mismo tiempo que se refería al territorio y a la nación, además de a los Tribunales, a la Fuerza Militar, a las Cortes del Rey, Instrucción Política y Reformas Constitucionales.
Era considerada como la Carta Magna que proclamaba los derechos civiles y políticos de los ciudadanos mediante un acto de soberanía impuesto ante al poder real.
Calificando entre las Constituciones extensas, la de Cádiz establecía por vez primera el derecho a los cubanos de contar con dos diputados que representaran los intereses de la isla ante las Cortes españolas.
Aunque esta última reforma no se materializó debido a que los criollos adinerados no pretendían sacrificar sus intereses económicos si se abolía la esclavitud.
Posteriormente a esta Carta Magna se redactó el Estatuto Real el 5 de julio de 1834 que terminó sustituyéndola.
Así como otras Constituciones españolas se promulgaron en los años siguientes, 1837, 1845, 1856, 1869 y 1876.
Con el objetivo de estabilizar la situación económica existente en la isla, el 25 de noviembre de 1897 se promulga la Constitución Autonómica para las islas de Puerto Rico y Cuba.
Con ella se hacía extensiva la Ley Electoral de 1890 y se creaba simultáneamente un Parlamento Insular bicameral.
Además, se crearía un autogobierno bajo la administración de un Gobernador General nombrado por la Corona.
Esta Constitución Autonómica se mantuvo vigente hasta 1898, fecha en que se firmó el Tratado de Paris poniéndole fin a la Guerra Hispano-Americana.
Al mismo tiempo que las Constituciones Españolas se encontraban vigentes en la isla, surgieron otros proyectos constitucionales propios de Cuba.
Entre los mismos se puede mencionar el considerado como el primer proyecto separatista elaborado entre los años 1810 y 1812 por el abogado de Bayamo, Joaquín Infante.
Constaba de 100 Artículos y en su texto planteaba la modificación en la estructura de los tres poderes al incluir el poder Militar.
José Agustín Caballero fue un filósofo y sacerdote cubano que también desarrolló uno de estos proyectos en 1911.
Por otra parte, se encuentra proyecto de ley de Gabriel Zequeira, elaborado con el propósito de corregir la Constitución Española de 1812.
Este se consideró como el primer intento para crear una organización política independiente en Cuba.
Igualmente encontramos el proyecto de Narciso López de 23 Artículos, redactado justo antes de iniciar la Guerra de los 10 años.
En el texto de este último proyecto, Narciso López defiende que la República de Cuba sea libre e independiente y define las características de su bandera.
Existen un total de cuatro Constituciones decretadas durante el período que duró la lucha por la independencia.
Los cubanos debían regirse por un estado consolidado que los unificara en su lucha armada contra el colonialismo español.
Por tal motivo es que se crean a partir de este momento varios documentos oficiales que organizaran y fijaran los diferentes rangos de mandato y los métodos que se utilizarían para enfrentar la situación del país.
Pasado el 10 de octubre de 1868 fue necesario crear un estado nacional único que organizara y dirigiera a los cubanos.
De esta forma se pretendía lograr la fructificación del nuevo movimiento de liberación y descartar las diferencias políticas existentes.
Fue entonces cuando se tomó la decisión de convocar a la celebración de la Primera Constitución de Guáimaro el 10 de abril de 1869.
Durante los días que duró la Asamblea de Guáimaro se debatieron y aprobaron 29 artículos consignados a fijar los órganos esenciales del gobierno.
Esta fue la primera Constitución cubana que entraba en vigor dentro del propio territorio nacional.
En los días 10, 11 y 12 de abril de 1869 se estableció una sola Cámara como órgano principal del gobierno.
Este único organismo era el encargado de nombrar y destituir al Presidente de la República, al Ejecutivo y al General en Jefe del Ejército.
La Asamblea de Guáimaro contaba con proyecciones democráticas y antiesclavistas que marcaron el derecho a todos los cubanos de ser libres y la abolición definitiva de la esclavitud.
Sus ideas libertarias fueron plasmadas en el artículo 24 de esta Carta Magna el cual proclamó:
Que todos los habitantes de la República son eternamente libres.
Luego de su aprobación, el presente estatuto se modificó el 24 de febrero de 1870 para establecer el cargo de Vicepresidente de la República.
Pero no fue hasta marzo de 1872 que se acordó que el Presidente de la Cámara ostentase el Poder Ejecutivo en ausencia del Presidente y el Vicepresidente de la República.
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El 15 de marzo de 1878, tras finalizar la Guerra de los Diez Años se promulgó la siguiente Ley Fundamental cubana.
A tan solo ocho días después de la Protesta de Baraguá por el Mayor General Antonio Maceo, el 23 de marzo fue redactada La Constitución de Baraguá.
Aunque estuvo vigente por un breve período de tiempo (74 días) marcó el antecedente histórico de las constituciones posteriores durante la guerra de 1895.
Esta Constitución fue redactada en Mangos de Baraguá por Fernando Figueredo y sustituyó a la Carta de Guáimaro.
No contenía las formalidades de un texto constitucional y tan solo fueron redactados 5 artículos que reunían todas las funcione legislativas y ejecutivas.
En este nuevo contexto se eliminaba la concepción estructural acordada en Guáimaro que contaba con tres poderes.
Así mismo establecía en su Artículo 1 que el Gobierno Provisional estaría compuesto por cuatro individuos.
En este sentido el propio Gobierno nombraba al General en Jefe de operaciones militares y forjaba la paz bajo las bases de la independencia como se plasma en sus Artículo 2 y 3 respectivamente.
Años más tarde, el 16 de septiembre de 1895 se redactó la Constitución de Jimaguayú donde se unificó el poder revolucionario.
Esta ley reglamentaria cubana establecía que las funciones legislativas y ejecutivas se regían por el poder civil.
Mientras que el General en Jefe continuaba a cargo de las operaciones militares, además se adoptó la forma de gobierno republicana, distinta a la concretada en Guáimaro.
El Consejo de Gobierno era el máximo órgano de poder establecido en ese momento, compuesto por presidente, vicepresidente y cuatro secretarios de Estado.
El presente texto constitucional sería el que regiría la nación en los siguientes dos años y en el preámbulo de sus 24 artículos planteaba también que:
La Revolución se hacía por la independencia y creación de Cuba en República Democrática y declaraba solamente la separación de Cuba de la Monarquía española y su constitución como estado libre e independiente con gobierno propio.
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Vencido el plazo de lo estipulado en Jimaguayú fue necesario convocar a una nueva Asamblea Constitucional.
Al no haber culminado la contienda independentista los representantes de los seis cuerpos del ejército debían ratificar o modificar lo acordado en la Asamblea del 95.
El 10 de octubre de 1897 se reunieron 24 delegados representando los seis cuerpos de Ejército insurgente para iniciar la nueva Asamblea.
Esta fue la última de las Constituciones mambisas y se promulgó el 29 de octubre de 1897 frente a las tropas libertadoras.
La Constitución de la Yaya se confeccionó con 38 artículos agrupados en 5 títulos, certificando que los cubanos lograrían la independencia total y sin concesiones.
En esta Ley de Leyes se planteó por primera vez los requisitos para ser un ciudadano cubano y el deber del servicio militar.
Así mismo reguló los derechos civiles individuales como la libertad postal, de enseñanza y religiosa, habeas corpus, igualdad ante el impuesto, derecho de petición, de reunión y asociación.
Además, dio a conocer los requisitos para ser Presidente y Vicepresidente así como estableció que los asambleístas y miembros del Consejo y secretarios de estado obtendrían inmunidad parlamentaria.
Se establecieron también durante la Asamblea de la Yaya otros dos órganos de poder el General en Jefe y el Poder Judicial, totalmente independientes del Consejo de Gobierno.
Fue la constitución más extensa y completa hasta ese momento, aunque solo se mantuvo vigente durante un año debido a la retirada de España por la Intervención de Estados Unidos en la guerra.
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Debido al nuevo contexto independentista por el que atravesaban los cubanos se vieron obligados a redactar una nueva Constitución.
La intervención militar de los Estados Unidos en la guerra por la independencia conllevó a la retirada de España del territorio cubano.
Razón fundamental por la que los constituyentitas cubanos aprobaron la Constitución de 1901 inspirada en su antecesora Americana de 1789.
La nueva Ley de Leyes que regía en Cuba tenía un carácter liberal-democrático y contaba con 115 Artículos agrupados en 14 Títulos y 7 Disposiciones Transitorias.
Con ella apareció por primera vez en una Ley cubana la invocación a Dios y se incluyó e respeto a la moral cristiana y al orden público.
En cuanto a la división de poderes se estableció un régimen republicano y representativo, el poder Legislativo se componía del Senado y la Cámara de Representantes mientras que el Judicial tenía dependencia relativa.
Por otra parte, el poder Ejecutivo se concentraría a radicar el cambio ante problemas de instabilidad económica, analfabetismo, corrupción, desempleo, discriminación, entre otros.
El 12 de junio de 1901 se acordó incorporar el apéndice nombrado como Enmienda Platt a la Constitución.
Con esta nueva adición se reafirmaba la condición neocolonial de la nación y le proporcionaba a Estados Unidos el derecho de arrendar bases navales y carboneras en Cuba.
En la misma se establecían ocho cláusulas que alejaban a los independentistas cubanos de su propósito, lograr la soberanía nacional.
En 1928 el entonces presidente de la República, Gerardo Machado, con el objetivo de extender su mandato promovió una reforma de la Constitución de 1901.
Sin embargo, dicha reforma no obtuvo aceptación popular y fue abolida en 1933 con la caída de Machado.
Posteriormente, en 1934 tuvieron lugar otras reformas con ligeras modificaciones, pero sin transcendencia durante el mandato de Carlos Mendieta.
Ya en 1934 se derogó la Enmienda Platt por el gobierno revolucionario mediante la firma de un tratado que mantuvo la permanencia de la Base Naval de Guantánamo.
Seis años más tarde a la derogación de la Enmienda Platt se firmó en Guáimaro, Camagüey la Constitución de 1940.
Se firmó el 10 de octubre con un espíritu progresista y era la más avanzada de todas las Constituciones de América hasta la fecha.
La misma constaba de 286 Artículos agrupados en 19 títulos, además de Disposiciones Transitorias, Transitoria Final y Disposición Final.
Esta fue la entrada de algunas innovaciones a las constituciones anteriores ya que consagraba la igualdad entre los esposos y a la mujer.
Así como también estableció la obligación de los padres en la asistencia y educación con iguales condiciones para todos los hijos.
Otro aspecto importante de esta Carta Magna fue declarar la salud pública y educación gratuitas.
De igual manera, en el texto constitucional se introdujo el derecho al trabajo con salario mínimo establecido, duración de jornada máxima (8 horas), seguro social regulado, protección materna obrera y descanso retribuido.
La constitución de 1940 reflejó las luchas de clase recogidas en todas las medidas progresistas a lo largo de la causa revolucionaria de los años 30.
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El 7 de febrero de 1959 se realizó una trascripción de la Constitución de 1940 por parte del nuevo Gobierno de Cuba.
La Ley Fundamental de 1959 representó la máxima Legislación por la que debería regirse el país a partir de ese momento.
Los principales cambios estuvieron enfocados en la disolución del Congreso otorgándosele las funciones de Órgano Legislativo al Consejo de Ministros.
El Poder Judicial y el Poder Ejecutivo mantendrían las características y funciones de lo acordado en 1940.
Igualmente, el Consejo de Ministros realizó continuas modificaciones durante los años de vigencia de esta Ley.
La principales Reformas Constitucionales giraron en torno a la confiscación y expropiación de bienes, así como la declaración de la pena de muerte.
Luego de que los insurgentes lograsen el Triunfo de la Revolución fue necesario crear una nueva Ley de Leyes.
La Constitución de 1976 se proclamó el 24 de febrero de ese mismo año una vez que su anteproyecto fuera sometido a discusión ante más de seis millones de personas.
El anteproyecto de esta Carta Manga fue redactado por el Buró Político del Partido Comunista de Cuba (PCC) y el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros.
La comisión mixta encargada de la redacción plasmó entre sus capítulos todo el proceso de trasformación del país desde el triunfo revolucionario.
En el momento de su promulgación ya estaban creadas las condiciones para establecer un régimen estatal definitivo para Cuba.
Con un 97.7 por ciento de aprobación, la primera Constitución Socialista del hemisferio occidental consta de un Preámbulo y 141 Artículos divididos en 12 capítulos.
La nueva Constitución cubana asimiló casi íntegramente el modelo socialista e incluyó también algunos de los que formaban parte de la historia de la isla.
En este sentido el derecho constitucional español, así como el angloamericano y el latinoamericano formaban parte de esta Carta Magna. Descargar
Entre sus primeros artículos, la norma jurídica suprema del ordenamiento jurídico de 1976 de la República de Cuba establece que:
Cuba un Estado socialista de trabajadores, independiente y soberano, organizado con todos y para el bien de todos, como república democrática y unitaria, para el disfrute de la libertad política, la justicia social, bienestar individual y colectivo y la solidaridad humana.
La institucionalidad de la República erige el derecho de cada ciudadano al trabajo, a la salud y educación gratuitas, al deporte, la recreación y la educación física.
Además, expresa la libertad de palabra y prensa conforme a los fines de la sociedad socialista, así como establece la libertad de conciencia y de religión.
El texto constitucional de 1976 adopta los principios de un Partido martiano, marxista-leninista como órgano dirigente superior de la sociedad y del Estado.
En los artículos desde el 69 al 87 comprende que La Asamblea Nacional del Poder Popular es el único órgano de la República con autoridad constituyente y legislativa.
Igualmente, la Asamblea Nacional es la encargada de elegir el Consejo de Estado a partir de sus propios diputados.
El Consejo de Estado a su vez quedará integrado por un Presidente, un Primer Vicepresidente, cinco Vicepresidentes, un Secretario y otros 23 miembros.
La presente Carta Magna sufrió tres modificaciones posteriores en varios aspectos de acuerdo a la situación sociopolítica y económica de la isla.
Mediante la reforma del 28 de junio de 1978 La Asamblea Nacional en pleno uso de sus facultades constitucionales cambió el nombre de la isla de Pinos por el de la Isla de la Juventud.
Las nuevas condiciones económicas por las que atravesaba el país para el año 1992 trajeron consigo la necesidad de trasformar el texto constitucional.
El inicio de la nueva ley de reforma constitucional cubana estuvo dirigido a fomentar las bases del mantenimiento del régimen existente.
Durante la celebración del IV Congreso del Partido Comunista de Cuba se presentó al pueblo cubano la de la nueva reforma para su posterior análisis y aprobación.
La misma incluía nuevas formas de elección mediante el voto libre, secreto y directo para los delegados a la Asambleas Provinciales y Diputados a la Asamblea Nacional.
En 1992 se adicionaron algunas precisiones en cuanto a la gestión de las provincias y municipios por parte del Gobierno Cubano.
Más de ocho millones de electores firmaron públicamente durante los días 15,16 y 17 de junio la aprobación de la reforma del 2002.
De esta manera los cubanos evocaban y proclamaban la irreversibilidad del carácter socialista de la Revolución.
Promulgando el 12 de julio de ese mismo año la Nueva Ley de Reforma Constitucional mediante la aprobación por unanimidad del Acuerdo No 74 adoptado en una sesión extraordinaria de la V Legislatura.
En uno de sus artículos la presente Ley sostiene que sólo la Asamblea Nacional puede reformarla.
El planteamiento anterior sólo se cumpliría a través de la votación nominal de las dos terceras partes de sus integrantes.
Al final del texto de la reforma del 2002 se incluyeron tres apéndices que planteaban la derogación de las disposiciones que se opongan al cumplimiento de la misma.
Así mismo establecía que la presente Ley comenzaría a regir a partir de su fecha de publicación en la Gaceta Oficial.
El pasado 2 de junio se desarrolló en el Palacio de las Convenciones de La Habana la Sección Extraordinaria de la Asamblea Nacional del Poder Popular donde se anunció la creación de la comisión de diputados para redactar el nuevo Proyecto de Constitución de la República de Cuba.
La comisión está presidida por Raúl Castro Ruz e integrada por el actual presidente de Cuba Miguel Díaz-Canel Bermúdez y otros 31 diputados en representación de diversos sectores de la sociedad.
El anteproyecto de Constitución de Cuba será sometido a consulta popular del 13 de agosto hasta el 15 de noviembre de 2018.
En los debates sobre el nuevo texto pueden participar también los cubanos residentes en el exterior.
Luego de la consulta popular se realizará un nuevo análisis por parte de la Asamblea para redactar y presentar posteriormente la Reforma a un Referendo para que el pueblo dé su decisión final.
Te dejamos un enlace del Proyecto de Constitución de Cuba en PDF para que lo puedas Descargar.
Entre los principales elementos incluidos en el nuevo contexto Constitucional Cubano se encuentra la reafirmación el carácter socialista de la república.
Así mismo se mantendrá el legado martiano y la doctrina marxista-leninista como principal fundamento ideológico.
El Partido Comunista Cubano (PCC) continuará ejerciendo como órgano dirigente superior de la sociedad y el Estado.
Del mismo modo que se define al Estado cubano:
socialista de derecho, democrático independiente y soberano, organizado con todos y para el bien de todos, como república unitaria e indivisible, fundada en el trabajo, la dignidad y la ética de sus ciudadanos, que tiene como objetivos esenciales el disfrute de la libertad política, la equidad, la justicia e igualdad social, la solidaridad, el humanismo, el bienestar y la prosperidad individual y colectiva.
La nueva Carta Magna del 2018 consta de un Preámbulo y 224 Artículos divididos en 11 títulos, 24 capítulos y 16 secciones.
Contiene 87 Artículos adicionales en comparación con la Constitución actual, de la misma se mantienen 11 artículos, otros 113 fueron modificados y 13 eliminados.
En el nuevo Proyecto se reafirma la continuidad de los servicios de educación y salud gratuitos con algunas peculiaridades que pudieran definirse en el presente contexto.
Por otra parte, se mantienen los principios de propiedad socialista como sistema económico y se inserta el reconocimiento a las nuevas formas de propiedad no estatal, incluyendo la privada.
Se enfatiza en la importancia de la inversión extranjera para un mejor desarrollo económico y se reconoce a la empresa estatal como principal sujeto de la economía nacional.
En cuanto al derecho de igualdad se ratifica la no discriminación por color de la piel o sexo y se incorporan la no discriminación por discapacidad, orientación sexual e identidad de género.
Los derechos relativos a la libertad de profesar o no creencias ripiosas continuarán vigentes en el presente texto constitucional.
Se ratifica también el derecho al voto para ciudadanos mayores de 16 años de edad y al Consejo de la Administración Municipal como órgano que dirige la Administración Municipal.
Se conserva como órgano permanente de la Asamblea Nacional del Poder Popular al Consejo de Estado, siendo el presidente, vicepresidente y secretario las mismas personas en ambas instituciones.
A la vez que la Asamblea conserva su condición de órgano supremo del Estado, siendo la única con potestad constituyente y legislativa.
El Consejo de Ministros se ratifica como órgano supremo ejecutivo y administrativo, bajo la dirección del cargo que se prevé crear de Primer Ministro.
Las relaciones internacionales se mantendrán igualmente de acuerdo a los principios de la actual política exterior.
En este caso se incorporaron el respeto a derecho internacional, además del rechazo a la proliferación y el uso de armas nucleares.
Así como la protección y conservación del medio ambiente y la lucha contra el cambio climático.
Los 113 Artículos modificados agrupan varios sectores de la sociedad y el Estado entre los que se encuentran los siguientes aspectos.
El Presidente de la República debe ser diputado a la Asamblea Nacional y es elegido por la misma entre el resto de sus diputados.
El período propuesto para ejercer la condición de Jefe de Estado es de cinco años y puede hacerlo sólo hasta dos mandatos consecutivos.
Uno de los requisitos que debe cumplir un diputado para ejercer este cargo es haber cumplido los treinta y cinco (35) años, exigiéndose además que no exceda los sesenta (60) años para poder ser elegido.
Título VI, Capítulo III, Artículo 122
Para ser Presidente de la República se requiere haber cumplido treinta y cinco años de edad, hallarse en pleno goce de los derechos civiles y políticos, ser ciudadano cubano por nacimiento y no tener otra ciudadanía. Se exige además tener hasta sesenta años de edad para ser elegido en este cargo en un primer período.
Se eliminan las Asambleas Provinciales del Poder Popular y se establece en su lugar un Gobierno Provincial, el cual estará integrado por el Gobernador y un Consejo a ese nivel.
Mientras que se plantea extender el mandato de los delegados municipales por un período de cinco años, concediendo total autonomía al municipio en cuanto a su gestión.
De esta manera se agilizará la respuesta y atención a las principales inquietudes y reclamos de la localidad.
Se establece una novedad referente a los tribunales que consiste en:
la posibilidad de que las personas puedan acudir a los tribunales para reclamar la restitución de sus derechos o la reparación o indemnización por los daños o perjuicios generados por la acción u omisión de los órganos, directivos, funcionarios o empleados del Estado, en el ejercicio indebido de sus funciones.
Se modifica la no admisión de la doble ciudadanía acogiéndonos al principio de ciudadanía efectiva:
Título II Artículo 35
Los ciudadanos cubanos, en el territorio nacional, se rigen por esa condición y no pueden hacer uso de una ciudadanía extranjera
El actual concepto de matrimonio también se modifica en el presente texto definiendo que no solo es posible entre un hombre y una mujer, sino que es entre dos personas.
Capítulo III ARTÍCULO 68
El matrimonio es la unión voluntariamente concertada entre dos personas con aptitud legal para ello, a fin de hacer vida en común. Descansa en la igualdad absoluta de derechos y deberes de los cónyuges, los que están obligados al mantenimiento del hogar y a la formación integral de los hijos mediante el esfuerzo común, de modo que este resulte compatible con el desarrollo de sus actividades sociales.
En el presente proyecto se añadió que el Estado no permitiría la acumulación de riquezas por parte el sector privado:
Título II Artículo 22
El Estado regula que no exista concentración de la propiedad en personas naturales o jurídicas no estatales, a fin de preservar los límites compatibles con los valores socialistas de equidad y justicia social.
Para la entrada en vigor de los anteriores contenidos del Proyecto de la nueva Constitución cubana se prevén disposiciones especiales, transitorias y finales.
Además, se requiere de la ratificación final por parte de los ciudadanos en referéndum una vez que se haya redactado la nueva reforma al concluir el proceso de consulta popular.
Luego de aprobado el 24 de febrero del 2019 el nuevo referendo constitucional de Cuba se procedió a su proclamación.
La Constitución de Cuba se proclamó el miércoles 10 de abril del 2019 en una sesión extraordinaria de la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP).
El acto se realizó en saludo a los 150 años de la aprobación de la Constitución de Guáimaro, la primera Carta Magna de la República.
La misma quedó conformada por 229 artículos, 11 títulos, 2 disposiciones especiales, 13 transitorias y 2 finales.
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