Hace solo unas horas la Corte Suprema de Estados Unidos aprobó una solicitud para deportar migrantes hacia terceros países. ¿Cómo afectará a los cubanos? ¿Por qué adoptar esta decisión?
Para conocer los detalles de esta orden te invitamos a leer este artículo D-Cuba.
Según fuentes oficiales se trata de una solicitud de emergencia que fue presentada por el presidente Donald Trump para de esta manera retomar las deportaciones de migrantes.
En las informaciones se precisa que las deportaciones serían hacia países distintos a su nación de origen, incluyendo lugares como Sudán del Sur, con un aviso mínimo.
Esta decisión supone un “avance importante” para la administración de Trump, quien hizo referencia al momento en que un tribunal inferior interfirió en su orden.
Relacionado con ello argumentó que dicha instancia había despojado su autoridad al ordenar al Departamento de Seguridad Nacional (DHS) notificar por escrito a los migrantes sobre su destino y les permitiera presentar recursos si temían ser torturados.
Un total de tres juezas progresistas Sonia Sotomayor, Elena Kagan y Ketanji Brown Jackson expresaron su discrepancia con la resolución.
La orden suspendió la decisión del juez federal Brian Murphy, quien había determinado que las acciones del gobierno para deportar migrantes a terceros países sin el debido proceso constituían una violación clara de los derechos constitucionales.
La jueza Sotomayor criticó la decisión afirmando que la Corte “premia la ilegalidad”, señalando que la administración Trump había desobedecido órdenes judiciales previas.
La jueza agregó que la Corte “interviene para conceder al gobierno un alivio de emergencia sobre un mandato que ha sido desafiado en varias ocasiones”. La Corte no proporcionó una explicación formal sobre su decisión.
Expertos en derecho resaltan la relevancia de esta resolución. Steve Vladeck, analista de la Corte Suprema para CNN y profesor en Georgetown, comentó que este fallo, junto con otras recientes decisiones, facilita que la administración Trump pueda deportar a un gran número de migrantes,
Mencionó incluso que la cifra podría ser potencialmente hasta un millón sin facilitarles procesos adicionales, ni garantías sobre su trato en los países receptores.
El caso ha recibido atención adicional tras revelaciones de grupos de derechos migrantes, que indicaron que varios inmigrantes destinados inicialmente a Sudán del Sur estaban detenidos en una base militar en Yibuti sin acceso a abogados.
Entre los retenidos había personas de Cuba, Vietnam y Laos, en condiciones precarias, en contenedores adaptados.
Organizaciones humanitarias alertan sobre la grave situación en Sudán del Sur, que enfrenta inseguridad alimentaria, inestabilidad política y violencia lo que pudiera repetirse en otras naciones.
Las organizaciones señalaron que estos inmigrantes estaban incomunicados en Yibuti y en camino hacia un país que no conocían, como Sudán del Sur, donde nunca habían estado.
Indice
La Corte de Apelaciones del Primer Circuito en Boston ya rechazó en mayo pasado la solicitud del gobierno para suspender la política, en medio de planes para deportar a migrantes a Libia.
Este último país es muy criticado por las malas condiciones en los centros de detención y su inestabilidad política. Funcionarios libios negaron cualquier acuerdo para aceptar deportados.
El Gobierno de Trump argumentó que la orden del tribunal que exige ofrecer a los migrantes la oportunidad de alegar temor a la tortura “excede los límites legales y entorpece la política exterior”.
Asimismo, afirmó que muchos de los migrantes enviados a terceros países tienen antecedentes penales graves y representan lo peor de lo peor.
Sin embargo, los abogados de los migrantes refutaron estas afirmaciones, señalando que muchos detenidos no tienen siquiera condenas penales pendientes.
El núcleo de la disputa radica en la Convención contra la Tortura, ratificada por EE.UU. en 1994, que prohíbe la deportación a países donde exista la posibilidad de tortura.
Dicha ley presenta ambigüedades en cuanto a cómo determinar esa posibilidad y qué derechos de proceso corresponden a los migrantes. La administración Trump sostiene que, si recibe garantías del país receptor de que el migrante no será torturado, no es necesario notificarle antes de la deportación.
En ausencia de esas garantías, el DHS requiere que se notifique al migrante para que pueda presentar una reclamación de temor a la tortura de regresar a su país de origen.
Los grupos que defienden a los migrantes argumentan que en algunos casos esas notificaciones han sido de menos de 24 horas.
Murphy, designado por Biden, consideró insuficiente ese plazo y ordenó un proceso de 10 días para presentar reclamaciones y 15 días adicionales para impugnar negativas.
La administración Trump impugnó ese cronograma ante la Corte Suprema, alegando que interfería con esfuerzos diplomáticos y de seguridad nacional delicados.
Trump ha presentado más de una docena de apelaciones de emergencia ante la Corte Suprema, muchas de ellas exitosas, incluyendo decisiones que permitieron cancelar el estatus de protección temporal para venezolanos y eliminar el parole humanitario para migrantes de Cuba, Nicaragua, Venezuela y Haití.
Sin embargo, la Corte también ha bloqueado repetidamente otros intentos del gobierno de acelerar deportaciones sin seguir los procesos adecuados, como la prohibición de deportaciones bajo la Ley de Enemigos Extranjeros de 1798 sin permitir tiempo para la impugnación.
En Estados Unidos existen en estos momentos un grupo numeroso de ciudadanos de Cuba que no han podido regularizar su estatus migratorio quienes están en riesgo de ser deportados bajo estas condiciones.
Entre los nacionales de la mayor de las Antillas que están con riesgo de deportación están quienes poseen una “Orden de Liberación Bajo Reconocimiento” (I-220A) y aquellos que se les entregó un formulario I-220B u Orden de Supervisión.
Ambos documentos, no les ofrece garantía alguna para regularizar su estatus pues en el caso del primero (I-220A) deben presentarse ante una corte y solicitar asilo político.
Mientras los del segundo grupo (I-220B) estos tienen una orden final de deportación y por determinados motivos, no han podido ser expulsados del país.
Sin dudas esta nueva decisión del gobierno de Trump pone nuevamente a muchos cubanos al borde de la deportación y en este caso hacia una nación distinta a su país natal.
Las deportaciones hacia terceros países complican la situación de los cubanos indocumentados, afectando su bienestar, seguridad y derechos, además de tener repercusiones sociales y políticas en ambos lados de la frontera.
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