Las citas ante la Corte de Inmigración de Estados Unidos tienen varios requisitos obligatorios y si olvidas asistir estás incumpliendo uno de ellos. Entonces, ¿Qué pasa si no acudes?
Generalmente, no asistir a la cita con el juez de inmigración conlleva que este dictamine sentencia por ausencia y si ello pasa, podrías encontrarte en una situación compleja.
¿Quieres saber qué deberías hacer si se te pasó la fecha de la cita con la Corte y no asististe? Aquí te lo contamos.
Indice
Los abogados especializados en el tema advierten que la no presentación a la corte el día establecido es “grave” y termina en orden de deportación por ausencia.
La apelación es posible y se entrega un formulario para presentarla si se tienen bases legales para demostrar que la ausencia ocurrió por una razón válida.
El abogado José Guerrero, radicado en Miami, explica que la hospitalización o la enfermedad grave de la persona, así como asuntos familiares que puedan ser comprobados debidamente son razones legales que permiten apelar.
No obstante, razones de menor peso, como el olvido o la confusión con el día de la cita no constituyen fundamentos válidos para presentar la apelación.
Guerrero explica que, teniendo la razón fundamentada, es recomendable buscar asistencia legal antes de llenar el formulario EOIR-26.
El plazo para presentarlo ante la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) es de 30 días luego de impuesta la sentencia por el juez.
El estatus legal de los cubanos en caso de apelar o perder ese recurso es delicado, explica el abogado.
Por un lado, es posible que los arresten, pero no serán deportados. A menos que tengan récord criminal.
También explicó que las personas pueden ser liberadas, aunque la Oficina de Aduanas y Control Fronterizo impondrá vigilancia anual sobre ellas.
Es posible que la orden de deportación por ausencia sea rescindida si se presenta una moción para ello una vez se reciba.
Esta opción, explica el abogado José Guerrero, requiere a su vez de dos razones para fundamentar que la derogación se lleve a cabo.
La primera, señala, es que la persona no haya sido notificada para acudir a la corte o que la notificación contuviera errores.
La segunda es que existieran circunstancias excepcionales para no asistir, como enfermedades o accidentes graves.
Nuevamente, afirma Guerrero, olvidar la fecha de la cita no es razón suficiente para evitar la sentencia de deportación.
No presentarse a la corte de Inmigración en la fecha establecida por la citación o Nota de Comparecencia (NTA) se interpreta como “abandono del caso”, refieren expertos legales.
Si bien mediante el apoyo de abogados es posible apelar o derogar la sentencia, para hacerlo debe tenerse en cuenta que el Formulario EOIR-26 para la apelación tiene un costo de $126.
En 2020 muchos de los documentos relacionados con esto, como el propio formulario EOIR-26 o el EOIR-40 (Solicitud de Suspensión de Deportación, de $100 a $305) costaban mucho más, pero a partir del pasado año el precio ronda los 100 dólares para casi todos.
El requisito esencial que señalan los abogados es que la tarifa debe pagarse o el tribunal rechazará la solicitud e impondrán otras medidas por demoras que podrían dificultar el estatus legal del solicitante.
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