
Hace unos meses que en Cuba se ha iniciado lo que vendría a ser una cuenta regresiva en cuanto a la declaración jurada para pagos de impuestos por parte del sector particular, artistas, músicos y demás ciudadanos naturales que deban hacerlo.
También los artistas en general y productores agropecuarios deben comparecer ante la Oficina de Administración Tributaria para realizar esta gestión.
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La fecha que se ha manejado hasta el momento es el 30 de abril. Antes de este día, todos los implicados deben acercarse a las oficinas de la ONAT más cercanas para realizar su declaración jurada.
Vladimir Regueiro Ale, ministro de Finanzas y Precios, explicó a la prensa oficialista que se han realizado algunos cambios en los horarios de las oficinas para agilizar las gestiones. Una de las facilidades que empezarán a brindar será el de atender a la población en un horario extendido.
Además, confirmó la existencia de un “acompañamiento” de las oficinas de la ONAT en casi todos los municipios del país. Esta trámite también se podrá realizar en las sucursales bancarias y, además, han habilitado un portal tributario con la actualización pertinente y los modelos descargables.
La ONAT cuenta dentro de sus “medidas disciplinarias” el pago de multas y recargos para los ciudadanos naturales que deben realizar estos pagos y declaraciones juradas. El régimen sancionador tributario, entidad dedicada a velar por el cumplimiento de declaraciones y pagos, no desea, según declaraciones a la prensa cubana, verse en la obligación de sancionar a ningún ciudadano.
Han dedicado todos sus esfuerzos, según afirma Regueiro, a alertar de forma constante a cada ciudadano para que realice sus trámites antes del 30 de abril. La declaración jurada y el posterior pago de impuestos se trata, al decir del titular, de una obligación ciudadana que se contempla en la Constitución.
Por otra parte, con este aporte “simbólico” podrán colaborar con el presupuesto general para los gastos públicos del país. No obstante, la población reconoce que el país no ha tenido ninguna mejoría pese a los años en los que se han mantenido contribuyendo con sus impuestos.
A continuación, se presenta una lista de aspectos a respetar al momento de confeccionar la declaración jurada para la que se tendrá solo hasta el 30 de abril para su presentación:
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