
Una nueva decisión judicial en Estados Unidos ha vuelto a colocar en el centro del debate migratorio la situación de miles de cubanos que ingresaron al país y fueron liberados con un formulario I-220A. El fallo, emitido por el Tribunal de Apelaciones del Undécimo Circuito con sede en Atlanta, anuló decisiones previas que negaban automáticamente la posibilidad de ajustar estatus bajo la Ley de Ajuste Cubano a personas con ese documento.
La decisión no concede la residencia de manera automática ni redefine por sí sola el alcance del I-220A. Sin embargo, representa un giro importante porque ordena que los casos sean revisados nuevamente, lo que reabre una vía legal que hasta ahora había sido cerrada por interpretaciones administrativas.
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El tribunal federal determinó que sí tiene jurisdicción para revisar este tipo de casos y revocó fallos emitidos por la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA), que había sostenido que el I-220A no constituye una “admisión” ni un “parole” válido para efectos de solicitar la residencia permanente.
Hasta ahora, ese criterio había sido determinante. Bajo la Ley de Ajuste Cubano, uno de los requisitos esenciales para solicitar la residencia después de un año y un día en territorio estadounidense es haber sido “admitido” o haber recibido “parole” al ingresar. La BIA entendía que el I-220A —una orden de libertad bajo supervisión— no cumplía con ese requisito.
El Undécimo Circuito no afirmó que el I-220A equivalga automáticamente a un parole. Lo que hizo fue anular las decisiones que descartaban de plano esa posibilidad y devolver los expedientes para un nuevo análisis. En términos prácticos, esto significa que el debate jurídico sigue abierto.
El formulario I-220A es un documento que se entrega a migrantes que, tras ser detenidos en la frontera, son liberados bajo supervisión. No implica una admisión formal al país ni una concesión de parole humanitario. Establece obligaciones como comparecer ante autoridades migratorias y mantener dirección actualizada.
En los últimos años, miles de cubanos que llegaron por la frontera sur recibieron este documento tras ser liberados por el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE). Muchos de ellos pensaban que, al cumplir un año y un día en Estados Unidos, podrían acogerse a la Ley de Ajuste Cubano. Sin embargo, comenzaron a enfrentar negativas basadas en la interpretación de que su entrada no había sido considerada “admisión” ni “parole”.
Esa interpretación dejó a numerosos migrantes en un limbo legal: físicamente presentes en el país, con procesos abiertos, pero sin acceso claro a la residencia permanente.
El reciente fallo ha sido interpretado por abogados migratorios como una victoria parcial. No resuelve definitivamente el estatus de quienes tienen I-220A, pero elimina el obstáculo que representaba la negativa automática basada en decisiones anteriores.
La corte subrayó que los tribunales federales pueden revisar este tipo de controversias y que los casos deben ser analizados con mayor profundidad. Esto implica que la BIA deberá reconsiderar los expedientes devueltos y emitir nuevas determinaciones.
Para miles de cubanos, la decisión significa que sus solicitudes no quedan cerradas definitivamente y que existe la posibilidad de un nuevo examen legal.
Desde 2021, el aumento del flujo migratorio cubano hacia Estados Unidos ha generado una acumulación de casos bajo distintos esquemas migratorios. El uso del I-220A en liberaciones tras detenciones fronterizas se volvió frecuente, creando un grupo numeroso de personas que no recibieron parole formal.
La incertidumbre ha sido una constante. Algunos migrantes han esperado durante meses o años una definición sobre su elegibilidad para ajustar estatus. Otros han enfrentado detenciones posteriores o procesos de remoción mientras intentaban regularizar su situación.
El fallo del Undécimo Circuito no elimina esa incertidumbre, pero sí ofrece un nuevo escenario legal. La revisión ordenada podría dar lugar a criterios distintos o, al menos, a análisis individualizados en lugar de rechazos automáticos.
El siguiente paso recae en la Junta de Apelaciones de Inmigración, que deberá reconsiderar los casos a la luz de la decisión judicial. Dependiendo de cómo se reinterprete el alcance del I-220A y su relación con la Ley de Ajuste Cubano, podrían establecerse precedentes que impacten a miles de expedientes pendientes.
También es posible que el debate continúe en otras instancias judiciales. Dado que el tema afecta a un número significativo de migrantes, no se descarta que futuras decisiones en distintos circuitos federales puedan ampliar o limitar el alcance de este fallo.
Mientras tanto, quienes poseen un I-220A y cumplen el requisito de permanencia de un año y un día deberán esperar cómo evoluciona la interpretación administrativa y judicial.
Uno de los puntos más importantes del fallo es que no concede un beneficio automático. La residencia permanente bajo la Ley de Ajuste Cubano sigue requiriendo el cumplimiento de todos los requisitos establecidos por la ley. La decisión judicial no modifica esos requisitos, sino que cuestiona la interpretación que excluía de manera categórica a quienes ingresaron con I-220A.
Por ello, aunque la resolución representa un avance para los demandantes, no equivale a una aprobación masiva de ajustes de estatus. Cada caso deberá ser evaluado individualmente.
El debate sobre el I-220A se ha convertido en uno de los temas más sensibles para la comunidad cubana en Estados Unidos. La combinación de interpretaciones administrativas restrictivas y la expectativa generada por la Ley de Ajuste Cubano creó una situación de alta tensión jurídica.
La reciente decisión del Tribunal de Apelaciones del Undécimo Circuito no cierra el litigio, pero sí cambia el panorama. Al devolver los casos para nueva revisión, el tribunal impide que la puerta quede definitivamente cerrada.
Para miles de cubanos, el fallo representa una oportunidad procesal que no existía hace apenas semanas. El desenlace final dependerá de cómo la Junta de Apelaciones de Inmigración y, eventualmente, otras cortes federales interpreten el alcance del I-220A en el marco de la legislación migratoria vigente.
En un contexto migratorio complejo y en constante cambio, esta decisión mantiene viva la batalla legal por la residencia permanente de quienes llegaron con I-220A y esperan una definición clara sobre su futuro en Estados Unidos.
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