Varios negocios asentados en el tiempo, por su estabilidad y clientela, hoy se encuentran cerrados en el centro de Cuba. En Villa Clara, ya no son novedad las rutinarias inspecciones de precios, pero cada vez dejan a más trabajadores por cuenta propia sin empleo, y al pueblo sin opciones, como si las esporádicas ‘curitas’ pudieran zanjar la herida de una crisis sistémica.
Algunos resultados son muy razonables y ciertamente cumplen con la consigna de defender los intereses públicos y derechos de los consumidores. Tal es el caso de la venta de latas de leche condensada vencida, en el Reparto José Martí, de Santa Clara.
Pero otras inspecciones se mueven entre lo necesario y lo absurdo. Este redactor dejará el análisis en mano de los lectores.
Detectaron en la venta de tres libras de arroz, realizada por un Trabajador por Cuenta Propia (TCP), el faltante de un cuarto de libra. En otro TCP que despachó diez libras de arroz, faltaba una.
También encontraron la venta de pollo de 4.54 kilogramos (diez libras) a 3 500.00 CUP, cuando debía ser a 3 128.00 CUP, así como las salchichas de 340 gramos a 450.00 CUP, debiendo ser a 355.00 CUP.
En otros casos a algunos TCP les faltaban las pasarelas de pago para el cobro de los productos, o no habían realizado la declaración jurada de ventas.
También el caso de un vendedor en el ya mencionado Reparto José Martí que ofertaba alimentos variados, como refrescos enlatados, cervezas, galletas, chucherías y energizantes sin poseer proyecto de trabajo.
Fueron varios los casos detectados de vendedores del llamado plátano burro a sobreprecio; lo expedían a 20 pesos la libra cuando lo estipulado es a 10 CUP por libra. También hubo irregularidades detectadas en el precio de la calabaza, la malanga, el ají.
Ante tales violaciones se procedió a multar a los responsables bajo el amparo legal del Decreto 30 de 2021, referente a las contravenciones personales por infracciones de la política de precios y tarifas minoristas, cuyas cuantías oscilan entre 5000 CUP y 10000 CUP.
Para los incumplidores de la Resolución 93 sobre la obligación de poseer pasarelas de pago se aplicaron sanciones con importes de entre 7500 CUP y 15 000 CUP, según establece el Decreto 67 de 2022.
Además, como medidas accesorias, realizaron de inmediato las ventas forzosas y las correspondientes solicitudes de cancelación de proyectos de trabajo de los TCP.
Relacionado a las ventas forzosas hubo un caso en el municipio de Caibarién que fue mucho más allá y llamó la atención de todas las personas.
Desde un camión con tres dependientes ilegales se expedía a la población 222 pomos de 500 mililitros (mlt) de jugo de limón, 71 Pomos de 1500 mlt de puré de tomate,19 con pulpa de tamarindo de 1590 mlt, 38 pomos de 1500 mlt con pulpa de mango, 129 pomos de 500 mlt de vinagre, 103 pomos de 330 mlt de picantes, 893 botellas de puré de tomate, 20 pomos de 1500 mlt de salsa vita nova, entre otros productos.
Como el titular del negocio no tenía licencia, como ninguno de sus tres vendedores, se les aplicaron multas y el decomiso inmediato de toda la mercancía. Los productos embargados fueron a parar a un centro estatal para la inmediata venta a la población.
Entonces, como le proponíamos analizar al lector al inicio de este trabajo, ¿considera oportuna la inspección radical a todos los vendedores? ¿Es justo o absurdo? ¿Hasta dónde puede entenderse esta como la solución? Te leemos en comentarios.
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