El nuevo mandato de Donald Trump en los Estados Unidos, tal como prometió durante su campaña, será intransigente con la migración. Miles de cubanos que llegaron de forma ilegal a Estados Unidos temen por su seguridad y, sobre todo, temen ser deportados.
Quizás los más preocupados sean aquellos que poseen formularios I-220A e I-220B, pues su estatus irregular podría costarles regresar a Cuba. Expertos en migración analizan la situación y lanzan un mensaje para esclarecer las dudas de los cubanos afectados.
¿Qué implicaciones tienen estos formularios y cómo podrían influir en el futuro de quienes lo poseen? Lee este artículo hasta el final para que conozcas el tema, desde la perspectiva de un abogado de inmigración.
Indice
Las diferencias entre los formularios I 220-A e I 220 B, son muy marcadas en el contexto migratorio de los Estados Unidos.
Quienes poseen un I 220-A tienen una Orden de Libertad Bajo Palabra, se otorga a personas que han sido detenidas por las autoridades de migración y posteriormente liberadas. Estas personas deben asistir a audiencias en la corte de inmigración y mantener una buena actitud social mientras resuelven su situación.
No se considera un “parole” y, en algunos casos, mientras se encuentran con este estatus no pueden solicitar la residencia permanente a través de la Ley de Ajuste Cubano, por lo cual deberían solicitar asilo político con una base sólida.
Esto ha suscitado que los cubanos soliciten una revisión de esta ley, y se considere este estatus como un parole o libertad condicional.
El I- 220 B, por su parte, es una Orden de Supervisión que se otorga a personas que han tenido un proceso de corte y no fueron aceptados. Quienes poseen este formulario pueden permanecer y trabajar en el país, pero deben estar bajo supervisión, reportarse periódicamente ante las autoridades y se encuentran en riesgo de ser deportados en cualquier momento.
Las declaraciones de Donald Trump respecto a la migración han sembrado el miedo de los cubanos que se encuentran en Estados Unidos sin residencia permanente o ciudadanía.
Mayron Gallardo, abogado experto en migración, explicó a medios independientes cubanos qué posibilidades tienen los cubanos de ser deportados según su estatus.
Aquellos que se encuentran ya en trámites para obtener su residencia no tienen riesgo de ser deportados. Quienes ingresaron al país con visa de turismo pueden, igualmente, esperar al año y un día para solicitar su residencia o solicitar asilo político si poseen una base legal para hacerlo.
Por otra parte, quienes se encuentran en proceso de apelación no pueden ser deportados mientras esté en curso este proceso. Las personas que se encuentren con un proceso de asilo abierto tampoco pueden ser deportadas.
Todo aquel que esté esperando a aplicar a la Ley de Ajuste Cubano debe mantener un perfil bajo y evitar cualquier incidente o proceso legal que pudiera interferir en su estatus migratorio.
Las personas con formulario I-220A no corren peligro de deportación. Una vez se haya solicitado asilo ante la Corte de Inmigración o el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU (USCIS, por sus siglas en inglés), están protegidos por la legislación vigente.
En cambio, aquellos que poseen un I-220B sí están en riesgo de ser deportados por el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) en cualquier momento. Se estima que son cerca de 42 mil los cubanos con orden de deportación que no han sido enviados a la isla porque el gobierno cubano no los acepta.
Mayron Gallardo recomendó, además de mantener perfil bajo y evitar delitos, portar siempre toda documentación que demuestre su solicitud de asilo, ya sea ante USCIS o la Corte de Inmigración, como, por ejemplo, copias de los recibos de su solicitud.
Esta recomendación va dirigida especialmente a quienes viven cerca de la frontera sur, pues si la Patrulla Fronteriza detiene a alguien que no posea su documentación podría asumir que permanece indocumentado en el país.
Aquellos que entraron a Estados Unidos como beneficiarios del programa de parole humanitario deben esperar a aplicar a la Ley de Ajuste Cubano, para la solicitud de su residencia, aunque si poseen motivos legales podrían solicitar asilo político.
Por último, el abogado desmintió que los cubanos sin antecedentes penales o historial delictivo pudiesen ser deportados hacia la Base Naval de Guantánamo. Aseguró que quienes serán trasladados a este centro penitenciario son personas con antecedentes criminales graves o con presuntos nexos con grupos delictivos como el Tren de Aragua o cárteles de droga.
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