Cuando un migrante llega a Estados Unidos lo hace cargado de sueños: una hamburguesa, una ración de Nutella y una película directa desde Netflix son las primeras aspiraciones. Los más sólidos deseos radican en poseer un lugar digno para independizarse y un auto para moverse.
Pero, para esta ambición, aparecen algunas limitantes en el estado de Florida, territorio que acoge a gran parte de la migración cubana. Desde el 23 de septiembre los requisitos para registrar los vehículos han sido endurecidos por el Departamento de Vehículos y Motores del estado.
La institución establece que una persona para poder registrar un vehículo a partir de ahora deberá presentar, además de la licencia de conducir, una identificación estatal o un pasaporte válido.
En el caso de las personas que posean un pasaporte de algún país extranjero deberán añadir al paquete a presentar algún documento adicional que valide su estatus migratorio dentro de los Estados Unidos.
Según Rosaly Chaviano, abogada especializada en temas de migración, “además del pasaporte, es necesario contar con un I – 94 vigente, una visa válida o una residencia en regla”.
Antes de la mencionada fecha, para registrar un vehículo bastaba con presentar una identificación válida y un seguro. El estatus migratorio no representaba un factor tomado en cuenta para lograr el acometido.
La decisión ya se cocinaba desde hace meses, cuando legisladores en Tallahassee debatían sobre lo que consideraban como un “vacío legal”, pues personas con estatus migratorio irregular podían registrar y circular por el país un vehículo, sin normativa estricta que los regulara, más allá de la necesaria licencia para conducir.
Muchas personas aprovecharon que la ley no especificaba claramente qué pasaporte era aceptable, y ahora estas opciones están siendo bastante restringidas.
relata la letrada Chaviano.
Las personas que se encuentran en Florida con un estatus migratorio irregular y ya poseen un auto registrado en el Departamento de Vehículos y Motores del estado no deben preocuparse.
Según explica la abogada, la normativa se enfoca en los nuevos registros, por lo que no se especifica sobre una necesaria renovación de los registros existentes con los nuevos requisitos planteados.
Por ahora, podemos interpretar que esto aplicará para registros nuevos, no para renovaciones.
asegura.
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