El próximo lunes 6 de enero iniciará la Campaña de Declaración Jurada, liquidación y pago de impuestos sobre ingresos personales en Cuba.
Hasta el 30 de abril es el plazo establecido para que todos los contribuyentes entreguen este documento y hagan sus pagos por las ganancias obtenidas en el año fiscal 2024.
En esta ocasión la Ley 174 del Presupuesto del Estado en la isla contiene modificaciones a la escala progresiva, mediante la cual se define el monto a pagar por la liquidación anual del impuesto sobre ingresos personales. Este cambio responde a la premisa de que quien más gana más aporta.
El artículo 65 de dicha norma jurídica, aprobada en el último período de sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular, establece que están obligados a presentar Declaración Jurada todos los trabajadores por cuenta propia, comunicadores sociales, diseñadores, artistas e intelectuales, periodistas, cooperativas no agropecuarias y las conocidas MIPYMES.
Igualmente aquellos que reciben pagos por laborar en sucursales de firmas comerciales extranjeras, compañías financieras no bancarias, oficinas de representación de bancos y otras entidades extranjeras acreditadas en Cuba.
A ellos se suman los que trabajan en sedes diplomáticas, agencias de prensa y representaciones de organismos internacionales. Para todos estos sujetos obligados a declarar se aplicará la escala progresiva expresada en CUP (moneda nacional cubana).
Indice
Lo primero que debes tener claro es el total de ingresos que obtuviste en el año fiscal 2024, los cuales deben constar en el registro de ingresos y gastos que exige la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT) a cada contribuyente.
En el modelo DJ 08, que ya está disponible en la página oficial de la ONAT en formato Excel y PDF, podrás ir llenando las casillas donde se solicita toda la información para su Declaración Jurada y determinar el monto a pagar, luego de hacer las deducciones aprobadas por la ley.
Del total de ingresos obtenidos en el año fiscal 2024 se descuenta un mínimo exento de 39 mil 120 pesos. También tienes derecho a descontar el 100 por ciento de los gastos asociados a tu actividad o negocio, siempre que puedas justificar documentalmente el 80 por ciento de ellos.
También se deducen de los ingresos totales anuales el pago de los diferentes impuestos, como la utilización de fuerza de trabajo, ventas y servicios, anuncios comerciales o carteles, contribución a la seguridad social y otros.
Se incluyen los pagos por arrendamiento y los aportes para restauración y preservación de las zonas donde ejerces tu actividad o negocio.
Luego de esos descuentos se aplica la escala progresiva a los ingresos restantes. Esa nueva escala establece cuanto debe pagar cada contribuyente de acuerdo a sus ganancias anuales. A mayores ingresos mayor porcentaje a aplicar para definir el monto a pagar.
Las autoridades tributarias en la isla manifiestan que la nueva escala tiene algunos beneficios como la disminución del tipo impositivo para cada rango de tramos, incremento del número de tramos y el valor de los rangos de ingresos gravados, entre otros.
Además cuando le da el importe a pagar puede descontar las cuantías que abonó por adelantado por concepto de impuesto sobre ingresos personales.
Del total a pagar por su liquidación anual también se le descontaría un 5 por ciento si hace el pago antes del 28 de febrero y un 3 por ciento si utiliza los canales digitales como parte del proceso de bancarización.
En la página oficial de la ONAT podrá descargar el modelo DJ 08 y otros necesarios para su Declaración Jurada, igualmente hay un instructivo sobre cómo llenar ese documento oficial que deberá entregar entre el 6 de enero y el 30 de abril del presente año.
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