A través de un comunicado, el Servicio Nacional de Migración (SNM) de Panamá informó que comenzará a otorgar el permiso temporal de protección para extranjeros, entre los que se encuentran los cubanos.
La medida ofrece la posibilidad de optar por un Permiso Temporal de Protección a todas las personas de cualquier nacionalidad, incluida la cubana, que se encuentren residiendo en Panamá y cumplan ciertos requisitos.
Para conocer en detalle quiénes pueden acogerse a este permiso y cuáles son los requisitos a cumplir, continúa leyendo el artículo hasta el final.
Indice
El otorgamiento de este permiso permite ofrecer protección legal a todos los migrantes irregulares que se encuentren en Panamá, como forma de evitar que estén expuestos al tráfico ilícito de personas, lo cual no constituye en ningún caso una invitación a emigrar a este país, según aseguró el comunicado
La medida, permitirá que la persona resida en Panamá de forma legal durante un período de 2 años no prorrogables, tiempo en el que deberá cumplir con todas las obligaciones tributarias, referentes a seguridad social, sanitarias y de forma general las legales.
Podrán solicitar el permiso los extranjeros que lleven viviendo en territorio panameño de forma irregular e ininterrumpida durante al menos un año, sin mantener algún proceso migratorio vigente.
La nota divulgada aclara que solo pueden aplicar los migrantes que estuvieran viviendo en Panamá antes del 13 de julio de 2023, fecha en que fue promulgado el Decreto Ejecutivo Número 112.
Otro aspecto señalado fue que a los extranjeros cuyo pasaporte haya caducado, pero cumplan los requisitos, se les ofrecerá también la posibilidad de optar por el permiso, así como a todas aquellas personas cuyo ingreso a ese país se produjo sin usar puestos fronterizos, en cuyo caso deberán demostrar la fecha de entrada mediante declaraciones notariales.
Entre los documentos que los interesados deben presentar se encuentran:
En caso de que el extranjero que solicite el permiso temporal de protección sea un menor de edad, el poder debe ser otorgado por uno de los padres o el tutor legal, adjunto al documento que acredite el parentesco con el menor.
A partir del 17 de julio se comenzará la recepción de solicitudes hasta el 19 de julio de 2024.
Sin embargo, la implementación del permiso y la atención a los usuarios, comenzará a realizarse desde el 1 de agosto de 2023.
Además de cumplir los requisitos y contar con la documentación requerida, los solicitantes serán sometidos a una entrevista y evaluación.
Los interesados deberán acudir personalmente al SNM si pretenden optar por este permiso, se aclara que no son admitidos dependientes.
Una vez que este permiso esté próximo a vencerse, los beneficiarios tendrán que optar por un cambio de estatus acorde a las diferentes categorías migratorias existentes en el país.
Para conocer los costos de los diferentes servicios y obtener mayor información sobre el proceso de solicitud del permiso temporal, puede acceder al Decreto Ejecutivo 112 de la Gaceta Oficial de la República de Panamá desde aquí.
En caso de estar interesados, las autoridades migratorias recomiendan que hagan su solicitud de cita accediendo a la página web del SNM, a la cual puede acceder pulsando aquí.
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