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España Aprueba un Nuevo Reglamento de Extranjería Que Regulará a Casi un Millón de Migrantes

El Gobierno de España aprobó este martes 19 de noviembre un nuevo Reglamento de Extranjería con el propósito de regular la actual situación migratoria, bajo la propuesta del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. ¿De qué trata esta reforma política y a quiénes beneficia?

¿Qué estipula el Reglamento de Extranjería?

El nuevo Reglamento aborda tres elementos principales: trabajo, formación y familia, a la vez que responde a las nuevas necesidades laborales y demográficas de España.

Con ello se simplificarán trámites, se agilizarán los procesos y especialmente, se facilitará la regularización de los inmigrantes, puesto que la llegada de nuevos habitantes extranjeros al país en busca de un mejor futuro asciende casi a los 7 millones, y con ello los retos demográficos aumentan, por lo que se hace necesario establecer nuevas normativas acorde a las necesidades del mercado laboral.

El nuevo texto “cumple con el derecho de la Unión Europea a través de la transposición de directivas pendientes y la aplicación de los reglamentos comunitarios”, declara el documento oficial.

La Ministra de Inclusión Elma Saiz ha declarado al respecto que se trata de la reforma más ambiciosa e integral que se ha realizado en 13 años, desde la entrada en vigor durante el 2011.

Este reglamento representa un equilibrio entre la extensión y protección de los derechos de las personas migrantes y el rigor jurídico y la atención a las necesidades de España. Aporta seguridad jurídica, simplifica trámites y protege derechos, pero además ofrece nuevas posibilidades a las personas que hayan decidido desarrollar su proyecto de vida en España, a ellas y a sus familias.

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¿Qué novedades establece la nueva normativa en cuanto a los visados?

El Reglamento de Extranjería incluye una cláusula específica para los visados “que clarifica el esquema de autorizaciones, los requisitos y los trámites en general”. En cuanto a ello, se estipula que todas las autorizaciones iniciales serán de un año y las renovaciones, serán de cuatro años.

Consecuentemente, se evitarán situaciones de “irregular sobrevenida”, lo que a su vez pretende simplificar los trámites para el cambio de una situación de residencia a otra. De manera que, no es necesario abandonar el país para obtener la residencia de larga duración luego de haber tenido una residencia temporal.

Los cambios de estatus serán en lo adelante mucho más fáciles, aplicable a los estudiantes que viajen a España a realizar estudios y decidan luego incorporarse al mercado laboral, o aquellos familiares reagrupados que deciden obtener un permiso de trabajo propio.

Por otra parte, se extiende el visado para la búsqueda de empleo a un año, que previamente tenía una autorización de solo 3 meses. La inserción laboral en determinadas ocupaciones y ámbitos territoriales ahora tienen un plazo de 12 meses que facilitará en gran medida encontrar las opciones laborales adecuadas según el perfil profesional.

¿Qué cambia en los tipos de arraigo?

Elma Saiz aclara en este aspecto lo siguiente: “Somos el único país de la Unión Europea que dispone de una figura específica para regularizar a las personas día a día a través del arraigo, con cinco modalidades: el social, sociolaboral, familiar, socioformativo y de segunda oportunidad, que es una de las novedades más importantes de este nuevo Reglamento”. 

La nueva modalidad (arraigo de segunda oportunidad) va dirigida a aquellas personas que han obtenido en los últimos dos años una autorización de residencia y no se ha renovado por disímiles razones. El propósito es ampliar y reforzar las vías de acceso a la regularización de los migrantes, en inclusión de derechos y deberes.

“Estas figuras se homogeneizan y se reduce el tiempo de permanencia en España de 3 a 2 años. Asimismo, se flexibilizan los requisitos a cumplir y se habilita a trabajar tanto por cuenta ajena como propia desde el primer momento”. Estas autorizaciones serán de un año, a excepción de la familiar, que será de 5 años.

Tres factores de inclusión: trabajo, formación y familia

El Reglamento de Extranjería incluye tres elementos fundamentales que antes no se contemplaban de esta manera, y refiere la formación, el empleo y la familia, con especiales exigencias en cuanto a requisitos jurídicos y derechos humanos.

Trabajo

Por lo general, las autorizaciones reguladas en la nueva normativa habilitan el derecho al trabajo desde el primer momento, sin necesidad de solicitar de forma expresa una previa autorización inicial de trabajo por cuenta ajena. 

En inclusión abarca, por tanto, a aquellas personas que entran al país a realizar estudios, y que ahora tienen el potencial derecho de trabajar hasta 30 horas a la semana fomentando la inclusión del migrante y su integración en la sociedad.

También se ha creado una autorización específica de residencia y trabajo, respecto a las actividades de temporada, que facilitan la contratación tanto a nivel individual como colectivo. 

Los derechos de los trabajadores se amplían y ahora se incluyen cuestiones como obtener información concreta y escrita en un idioma comprensible y que dominen, referente a condiciones laborales, de estancia y correspondientes gastos. 

Las condiciones de habitabilidad y seguridad laboral mejoran considerablemente desde que el ciudadano sale de su país y hasta que se da de alta en la Seguridad Social en España. 

Se amplifica la posibilidad de cambio de empleador en situaciones de abuso u otras causas que interfieran en el correcto desarrollo de la relación laboral incluyendo el fallecimiento del empleador, plagas en la cosecha, entre otros elementos.

Formación

En este ámbito, los estudiantes podrán contar con una autorización de estancia por estudios con una durabilidad correspondiente a su tiempo de formación, además que se facilita un método más eficiente y rápido para concatenar con una autorización laboral una vez que culmine la formación.

Se incluye además la autorización de trabajo durante el periodo de estudios con un máximo de 30 horas semanales, independientemente de la formación que estén cursando.

Familia

El nuevo texto también mejora y amplifica la reagrupación familiar con el objetivo de la inclusión, y en aras de ello se creó una autorización de residencia para familiares de ciudadanos españoles, y donde se amplía la edad de los hijos hasta los 26 años, cuando antes era solo hasta los 21.

Con estas nuevas estipulaciones se contemplan realidades que hasta el momento no se incluían ni se consideraban, tal es el ejemplo de la posibilidad de incluir a las parejas no registradas formalmente para que se pueda acreditar una relación afectiva análoga. 

Los mayores beneficiarios de este reglamento son aquellos residentes que han obtenido la nacionalidad española durante los últimos años y pueden llevar a su familia a España, puesto que también se amplía el concepto de “familiar reagrupado a los hijos y progenitores de víctimas de trata, violencia sexual o de género”.

Este nuevo Reglamento de Extranjería, que ya ha sido aprobado gubernamentalmente entrará en vigor seis meses después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Hiara Rodríguez

Periodista digital con conocimientos en el mundo del arte y la investigación cultural.

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