
En Cuba dan a conocer la manera de efectuar el pago a los trabajadores que laboran 10 de octubre, día declarado de Conmemoración Nacional. ¿Qué se debe conocer en este sentido? ¿Cuáles precisiones realizaron las autoridades? Todo lo que debes conocer en este trabajo D-Cuba.
Varias publicaciones periódicas y en redes sociales han informado del tratamiento salarial a los cubanos a propósito de este día de Conmemoración Nacional.
El propio Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) dio a conocer lo reglamentado por el Código de Trabajo vigente para efectuar una correcta aplicación de la legislación con relación al día 10 de octubre en la isla caribeña.
En ese sentido el MTSS informó en una nota informativa que el tratamiento salarial estaba regido por el artículo 94 de la Ley 116 del 2013 establecido en el Código del Trabajo de la República de Cuba.
Dentro de las principales especificaciones la nota se refirió a que “recesan todas las actividades laborales” exceptuando las siguientes:
Indice
En el caso de aquellos trabajadores que sus labores no están comprendidas en las señaladas anteriormente el pago se realiza de la forma siguiente:
En este caso también la ley establecida tiene una forma de abonarle un salario, en este caso se procede de la manera siguiente:
En Cuba siempre se prevén este tipo de días ya sean feriados o de Conmemoración Nacional y se establecen los pagos según lo establecido por el Código de Trabajo de la República de Cuba.
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