Cuba adoptó una nueva norma que actualiza el cálculo del pago de impuestos sobre ingresos personales y la Contribución Especial a la Seguridad Social.
El procedimiento se ampara en la Resolución No. 41 del 31 de marzo de 2023 del Ministerio de Finanzas y Precios.
Para el caso del pago de impuesto por las remuneraciones salariales, la distribución de utilidades y los fondos de estimulación hasta 15.000 pesos al mes, se mantendrán las mismas cuantías de pago, rige el mismo criterio también para el pago de la contribución especial a la seguridad social.
Los cambios están dados para cantidades específicas de pago de la Contribución Especial a la Seguridad Social y el Impuesto sobre los Ingresos Personales, para el caso de los trabajadores por la obtención de ingresos de empleo.
Lo anterior contempla los salarios y las utilidades distribuidas, así como los pagos de los fondos de estimulación en el sector de la inversión extranjera, se incluye además la remuneración por su participación en proyectos de investigación cuando se sobrepase la cifra de 15.000 pesos al mes.
En tal sentido se establece para el pago de la Contribución Especial a la Seguridad Social un tipo impositivo del 10 por ciento para quienes excedan los 15.000 pesos mensuales
Para el caso del pago de impuestos sobre los ingresos personales, atendiendo a los diferentes conceptos mencionados se aplicará el cálculo del siguiente modo:
Ingresos por mes | Cantidad impositiva |
El exceso de 15.000 hasta 20.000 | 7.5 % |
El exceso de 20.000 hasta 25.000 | 10 % |
El exceso de 25.000 hasta 30.000 | 15 % |
El exceso de 30.000 | 20 % |
El nuevo método se define como aplicación de una escala progresiva para el pago de dichos impuestos, y según ha informado el Ministerio de Finanzas y Precios, es una medida que se dicta en consonancia con la capacidad económica de los contribuyentes.
La nota del ministerio precisa además que la resolución se fundamenta en los principios tributarios de equidad, progresividad en el pago de los tributos y justicia. Las recaudaciones se mantendrán mediante los sistemas de retenciones que existen a nivel de las entidades empleadoras.
Aquí puede acceder a la Resolución No. 41 del 31 de marzo de 2023 del Ministerio de Finanzas y Precios.
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