Comenzará a partir del cuarto trimestre del presente año 2019 la inscripción de ciclomotores en Cuba.
El proceso se inscripción general de los ciclomotores se establecerá según lo estipulado en la resolución 35/2019 del MININT, publicada en la Gaceta Oficial No.79 ordinaria.
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Indice
Según lo concertado en la Gaceta Oficial todos los nacionales (personas naturales o jurídicas) que posean ciclomotores deberán inscribirlo en las Unidades Territoriales de Trámites para permitirles la circulación.
El proceso de inscripción se realizará según el cronograma de ejecución que se implementará en el cuarto trimestre de este 2019.
Si es una persona natural para hacerlo se necesitará:
En caso de que la persona a cargo, no pueda asistir a las unidades territoriales para realizar este proceso deberá acreditar a otra persona mayor de 18 años mediante un poder notarial para hacer la inscripción.
Por el contrario, si se trata de una persona jurídica es necesario:
Los documentos que se consideran acreditados para comprobar la posesión legal del ciclomotor son, por ejemplo:
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Si el poseedor no dispone de los documentos que lo acreditan como tal, no es problema porque lo único que necesita hacer para inscribir el ciclomotor es una declaración jurada.
La declaración jurada es suficiente para acreditar la posesión lícita del mismo y debe hacerse ante el funcionario del Registro de Vehículo de las Unidades Territoriales de Trámites.
Así quedará registrada la forma de adquisición, además de la fecha y demás datos registrales del ciclomotor.
Si los documentos del ciclomotor están a nombre de otra persona, de igual forma, se debe hacer una declaración jurada, tal y como explicábamos en los párrafos anteriores.
Es importante tener en cuenta que esta declaración jurada no validará la adquisición del mismo por actos ilegales.
Los funcionarios tendrán la responsabilidad de verificar los datos aportados por los proveedores que indiquen su posesión y así lo harán constar en el expediente registrado.
Todos los ciclomotores que se importen o adquieran para el 2020 solo podrán ser inscritos por la persona natural o jurídica que haya realizado la importación o a quien sea emitido el certifico de la misma, el modelo de inscripción o la factura de contrato de compraventa, según corresponda.
Con la implementación de esta nueva resolución, los ciclomotores comenzarán a usar chapas en todo el país.
El sistema de chapas se realizará del mismo modo al establecido para el resto de los vehículos en la actualidad y en caso de pérdida, se repondrá la chapa con una nueva numeración luego de pagar los impuestos correspondientes.
En este sentido se aplicarán los mismos principios generales en cuanto a los colores, así como el estilo de los caracteres.
Las combinaciones para las nuevas chapas de ciclomotores serán de una letra y cinco dígitos con una dimensión de 240 mm x 140 mm y la palabra CUBA en su extremo izquierdo en posición vertical.
Cada poseedor de ciclomotor debe contar con una licencia de circulación y la chapa fijada de color azul.
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